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Fundamentos de El presente proyecto de ley,
dedicado a un importante sector de promoción y difusión de la cultura del
país, y en especial de nuestra Provincia, pretende dar solución a dos
importantes problemas: por un lado, avanzar, dentro del marco legal que
brinda la plena vigencia de las instituciones democráticas, lo referido al
manejo eficiente de los recursos provenientes de las actividades
desarrolladas por organismos dependientes de 1. En lo que hace a la primera de
estas cuestiones nos encontramos con la existencia de una norma dictada por
el gobierno de facto en el año 1978: el Decreto-Ley 9.113, por la que se
autoriza al Poder Ejecutivo, a través de La sola lectura de la frase
Ministerio de Educación, evidencia la desactualización
absoluta de las disposiciones de la norma, originada en la ruptura del orden
constitucional. Afortunadamente, desde hace más de quince años se encuentra
en plena vigencia la carta fundamental de Como es sabido la principal política aplicada durante los gobiernos de ipso, es la centralización, garantizando a unos pocos la decisión sobre la cosa pública, principio que va a contramano de las bases del sistema democrático. Por ello, el presente proyecto se enmarca en la política de descentralización de misiones y funciones que esta nueva gestión de gobierno ha encarado, desde la concepción de acercar el poder de decisión al problema, con el fin de dar una eficiente y rápida respuesta al mismo. 2. Con referencia a la segunda de
las problemáticas planteadas, creemos necesario, a fin de hacer más eficiente
y comprometida la gestión y manejo de los bienes públicos, permitir que cada
museo dependiente de Por supuesto, ello se enmarca en
la autarquía que goza En la actualidad, y debido al
hecho que los directores de los museos no manejan fondos, y que los museos se
encuentran ubicados en distintos puntos del territorio provincial,
generalmente distantes de la sede del gobierno, cada gasto por ínfimo o
urgente que sea (arreglar un caño averiado, cambiar una cerradura, pintar una
pared, etcétera) origina la formación de un expediente para que la autoridad
superior – No encontramos ninguna objeción a esta innovación, y sí muchas ventajas, a saber: a) En primer lugar, nadie mejor que el director o responsable de cada establecimiento para determinar el orden de prioridades para realizar cada gasto, que determinará en función de las necesidades del mismo. b) Por otra parte, es una forma de estimular a las autoridades y a las comunidades locales a trabajar por tener un mejor museo: los fondos que se consigan a través de su esfuerzo serán reinvertidos en su museo y en su comunidad, y no se esfumarán en una maraña de estructuras burocráticas centrales que, a veces, desconocen las reales necesidades de los administradores. Para ello se ve modificado el antiguo Decreto-Ley 9.113/78, que otorgaba un poder discrecional de decisión sobre los fondos generados a resultas de la profusa actividad artístico cultural, podían no ser devueltos a los museos, para la cobertura de sus innumerables necesidades y objetivos c) En cuanto a la administración y rendición de las sumas recaudadas, la misma debe necesariamente ser transparente, ya que es realizada por un funcionario público responsable –el director del museo-, que a la vez será controlado, además de por los órganos de control superior, por los ojos de toda la comunidad a la que pertenece. Se introduce en esta
proyecto un novedoso sistema de gestión de fondos, mediante el cual además de
preverse la obligación de respetar íntegramente la normativa contable de Por último, también se aclara, aunque en forma tal vez sobreabundante, que el hecho de que los museos puedan disponer de estos fondos, no significa que puedan ni deban restárseles recursos del presupuesto anual, dado que en realidad estos fondos son verdaderamente exiguos en comparación con el total de recursos que la actividad insume. No por el hecho que cada museo pueda disponer de algunas –limitadas- sumas de dinero, el Estado debe olvidar sus responsabilidades irrenunciables y sus inherentes obligaciones. Corresponde, según Estamos convencidos que la sanción del presente proyecto de ley, a la vez de dar solución a un problema grave y concreto por el que atraviesan nuestros museos, dará paso a una nueva perspectiva en lo que hace a la preservación y difusión de la cultura bonaerense, otorgando un protagonismo preponderante (y necesario) a la comunidad que, precisamente, es depositaria, destinataria y natural transmisora de los valores y tradiciones fundamentales que encierra nuestro acervo autóctono, y que constituyen su identidad: la de la gente que vive en esta provincia de Buenos Aires. Por todo lo expuesto, es que solicito a los señores diputados me acompañen con su voto favorable en el presente proyecto. |