Provincia de
Buenos Aires
MINISTERIO DE JUSTICIA
DIRECCION PROVINCIAL DE
PERSONAS JURIDICAS
Disposición Nº 70/08
La Plata, 15 de agosto de 2008.
POR 5 DIAS - VISTO que la Dirección Provincial
de Personas Jurídicas tiene a su cargo la legitimación, registración y
fiscalización de los entes societarios, de acuerdo a su Ley orgánica (Decreto
Ley N° 8.671/76, T.O. Decreto N°
8.525/86), su decreto reglamentario (Decreto N°
284/77) y legislación de fondo vigente en la materia, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución número 15 del 15 de enero de 2008, del Ministerio de
Justicia de la Provincia
de Buenos Aires, se estableció el reempadronamiento
obligatorio de las sociedades comerciales y asociaciones inscriptas con
anterioridad al 31 de diciembre de 2006 en la Dirección Provincial
de Personas Jurídicas.
Que por la citada Resolución N° 15/08, se dispuso que
la Dirección
Provincial de Personas Jurídicas determinara los requisitos,
plazos y modalidades que debían cumplir las sociedades y asociaciones para su reempadronamiento.
Que la Dirección
Provincial de Personas Jurídicas mediante Disposición 005 del
17 de enero de 2008, y en cumplimiento de la Resolución N° 15/08 del Ministerio de Justicia, dispuso que el plazo de
reempadronamiento fuera por ciento veinte (120) días,
a contar desde el 3 de marzo de 2008, venciendo el 25 de agosto de 2008.
Que los objetivos indicados en la Resolución N° 15/08 del Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos
Aires, permitirán desarrollar programas tendientes a reorganizar un padrón de sociedades
y asociaciones que desarrollen sus actividades normal y habitual, cumpliendo
con la esencia registral perseguida.
Que pera ello es necesario que a las sociedades y asociaciones se les conceda
ampliar el plazo para el cumplimiento de la manda del reempadronamiento.
Que administrados y profesionales, éstos inclusive a través de sus
organizaciones legales, han solicitado a la Dirección Provincial
de Personas Jurídicas, la prórroga del vencimiento del plazo;
Por ello;
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS
DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, DISPONE:
ARTICULO 1º - Prorrogar
el plazo de vencimiento, del reempadronamiento
obligatorio de las sociedades comerciales y asociaciones civiles, dispuesto por
Disposición N° 005/08 de esta Dirección, dictada en
cumplimiento de la
Resolución N°
15/08 del Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 2º - Determinar que la prórroga indicada en el artículo anterior,
vencerá el 28 de noviembre de 2008.
ARTICULO 3º - Registrar, comunicar, notificar a las Direcciones de
Legitimaciones, de Fiscalizaciones, de Registro y Técnico Administrativo,
publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar a Departamentos, Areas y
Oficinas Delegadas. Cumplido, archivar.
Pedro Enrique Trotta
Director Provincial
C.C. 7.427 / ago. 25 v. ago. 29