LEY 12642

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de

LEY

Art. 1° - Transfiérase a título gratuito a la Comisión Provincial por la Memoria creada por la Ley 12483, la administración, explotación, uso y goce, por el término de noventa y nueve (99) años el edificio ubicado en la calle 54 No 487 entre calles 4 y 5 de la ciudad de La Plata, identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección E, Manzana 358, Parcela 12 a , cuyo dominio pertenece a la provincia de Buenos Aires, en el que funciona la Dirección General de evaluación de información para la prevención del delito dependiente de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y donde funcionara la Dirección de Inteligencia de la provincia de Buenos Aires.

Art. 2° - La Comisión Provincial por la Memoria deberá utilizar el inmueble transferido:

  1. Para el mantenimiento y digitalización del Archivo de la ex Dirección de Inteligencia de la Policía de la provincia de Buenos que también se transfiere por esta Ley,
  2. Para hacer del archivo un centro de información con acceso público tanto para los afectados directos como para todo interesado en desarrollar tareas de investigación y difusión.
  3. Para el funcionamiento de la citada Comisión.

Art. 3° - La Comisión Provincial por la Memoria deberá arbitrar todos los medios necesarios para la conservación del inmueble transferido.

Art. 4° - El inmueble se transfiere en el estado en que se encuentra con todo lo edificado, plantado y adherido al suelo y sus mejoras.

Art. 5° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.