LEY 12642
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de
LEY
Art. 1° - Transfiérase a título gratuito a la Comisión Provincial por la Memoria creada por la Ley 12483, la administración, explotación, uso y goce, por el término de noventa y nueve (99) años el edificio ubicado en la calle 54 No 487 entre calles 4 y 5 de la ciudad de La Plata, identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección E, Manzana 358, Parcela 12 a , cuyo dominio pertenece a la provincia de Buenos Aires, en el que funciona la Dirección General de evaluación de información para la prevención del delito dependiente de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y donde funcionara la Dirección de Inteligencia de la provincia de Buenos Aires.
Art. 2° - La Comisión Provincial por la Memoria deberá utilizar el inmueble transferido:
Art. 3° - La Comisión Provincial por la Memoria deberá arbitrar todos los medios necesarios para la conservación del inmueble transferido.
Art. 4° - El inmueble se transfiere en el estado en que se encuentra con todo lo edificado, plantado y adherido al suelo y sus mejoras.
Art. 5° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.