Provincia de Buenos Aires
JUNTA ELECTORAL
Resolución
La Plata, agosto 8 de 2017.
VISTO las atribuciones conferidas a esta Junta Electoral por el art. 63 de la Constitución Provincial, los comicios convocados por el Decreto 13E/17, las previsiones establecidas en los arts. 20, 98 y ss. de la Ley 5.109 y art. 15 de la Ley 14.086, lo normado en la Ley 11.700, la Resolución dictada por esta Junta Electoral con fecha 7 de abril del año 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 13E/17 convoca a Elecciones Primarias, Abiertas, Obligatorias y Simultáneas para la selección de candidatos a Senadores y Diputados provinciales, Concejales y Consejeros Escolares para el 13 de agosto del corriente año.
Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 63 inc. 3° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, los arts. 98 y cc. de la Ley 5.109 y el art. 15 de la Ley 14.086, corresponde a la Junta Electoral la realización del escrutinio definitivo de las mesas de electores extranjeros de la Provincia de Buenos Aires.
Que mediante Resolución dictada por este Organismo con fecha 29 de abril del año 2017 se aprobó el cronograma electoral correspondiente a las Elecciones Primarias, fijando como fecha de inicio para la realización de las tareas de escrutinio el 21 de agosto del corriente año.
Que conforme lo normado en el artículo 98 in fine citado, los apoderados y fiscales de los partidos políticos debidamente autorizados tienen derecho a asistir a las tareas atinentes al desarrollo del escrutinio definitivo.
Que en este sentido, resulta necesario, para un mejor orden, establecer el lugar y horario en el que funcionará el recinto de escrutinio de las mesas de electores extranjeros.
Que con el objeto de agilizar el funcionamiento de las tareas de referencia, es menester delegar en el Secretario de Actuación así como en los funcionarios y personal jerárquico de la Dirección General Electoral, las firmas de las Actas de Apertura y Cierre de las Urnas.
Que en este contexto, corresponde dictar la presente Resolución.
Por ello,
LA JUNTA ELECTORAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
1.- Ratificar como fecha de comienzo de las tareas de escrutinio definitivo de las mesas de electores extranjeros de la Provincia de Buenos Aires el 21 de agosto de 2017, a las nueve (9) horas. Establecer que la actividad de recinto se desarrollará en el horario de nueve (9) a trece (13) y de quince (15) a diecinueve (19), en las dependencias de este Organismo sitas en Avenida 13 esquina 520 de la ciudad de La Plata.
2.- Las asociaciones políticas intervinientes deberán acreditar a los fiscales autorizados para participar de las operaciones del escrutinio definitivo de referencia ante este Organismo, el día fijado para el comienzo del mismo, a las ocho (8) horas.
3.- Delegar en el señor Secretario de Actuación Dr. Guillermo O. Aristía, funcionarios y personal jerárquico de la Dirección General Electoral, la firma de las Actas de Apertura y Cierre de Urnas.
4.- Regístrese. Notifíquese a las fuerzas políticas intervinientes. Publíquese en el Boletín Oficial y en el sitio web del Organismo.
Hilda Kogan, Presidente; Eduardo Benjamín Grinberg, Vicepresidente; Eduardo Raúl Delbes, Vocal; Ana María Bourimborde, Vocal; Claudia Angélica Matilde Milanta, Vocal; Ante mí: Guillermo Osvaldo Aristía, Secretario de Actuación.
C.C. 9519