DECRETO 59/2011

La Plata, 25 de enero de 2011.

VISTO el Expediente Nº 2100-43103/09 por el cual tramita la ejecución de la Ley Nº 14.103, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley mencionada en el Visto declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación la fracción de campo ubicada en la localidad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, identificada catastralmente como Parcela 26 de la Circunscripción segunda rural y designada según plano 45-101-1958 que cita su título como Lote III con una superficie de 187 hs. 91 as, 01cs., cuyo dominio se encuentra inscripto en la Matrícula 91.996 del Partido de General Pueyrredón;

Que por esa norma se facultó al Poder Ejecutivo a donar a la Municipalidad de General Pueyrredón el inmueble expropiado, con cargo de afectar su destino a la ubicación de la nueva Estación Depuradora de Aguas residuales complementaria de la Planta de pretratamiento de efluentes “Ingeniero Baltar”;

Que asimismo, se autorizó al Poder Ejecutivo para establecer y acordar con el ente Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. las condiciones, formas y plazos bajo los cuales este último se obliga en forma exclusiva a sufragar los costos indemnizatorios que resulten necesarios para el cumplimiento de la misma, conforme Ordenanza autoritativa N° O-13.399 sancionada por el Departamento Deliberativo con fecha 5 de marzo de 2009;

Que por ello y con la finalidad de dar ejecución a lo dispuesto por la Ley mencionada en el Visto, la Provincia, el Municipio y Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. suscribieron un convenio a tales fines;

Que por tales razones corresponde por el presente aprobar el Convenio mencionado en el considerando precedente;

Que ha dictaminado Asesoría General de Gobierno (fojas 61), informado la Contaduría General de la Provincia (fojas 63) y tomado Vista el Señor Fiscal de Estado (fojas 62);

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la Ley Nº 14.103;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTÍCULO 1º. Aprobar el Convenio suscripto entre la Provincia de Buenos Aires, la Municipalidad de General Pueyrredón y Obras Sanitarias Mar del Plata S.E., que, como Anexo Único, pasa a formar parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2º. Encomendar al Señor Fiscal de Estado tomar intervención como parte expropiante en la causa iniciada bajo el Nº 12.786 de trámite por ante el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 del Depto. Judicial de Mar del Plata o bien promover la acción judicial expropiatoria, según corresponda, con el fin de solicitar en sede judicial, la incorporación al patrimonio fiscal del inmueble ubicado en la localidad de Mar del Plata, partido de General Pueyrredón, identificado catastralmente como Parcela 26 de la Circunscripción segunda rural y designado según plano 45-101-1958 que cita su título como Lote III con una superficie de 187 hs. 91 as, 01cs., cuyo dominio se encuentra inscripto en la Matrícula 91.996 del Partido de General Pueyrredón.

ARTÍCULO 3º. Autorizar al Señor Fiscal de Estado a ofrecer como indemnización el monto determinado por la Dirección Técnico Pericial de Fiscalía de Estado de PESOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 8.455.955) y a consignar, a cuenta de precio, el importe correspondiente a la valuación fiscal del bien referido en el artículo anterior determinado en la suma de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y UNO ($ 585.171).

ARTÍCULO 4º. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 5º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archivar.

Alberto Pérez Daniel Osvaldo Scioli

Ministro de Jefatura de Gobernador

Gabinete de Ministros

CONVENIO

Entre el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representado en este acto por el Sr. Gobernador Daniel Osvaldo Scioli, con domicilio constituido en Calle 6 entre 51 y 53 de la ciudad de La Plata, en adelante “LA PROVINCIA”; la MUNICIPALIDAD DE GRAL. PUEYRREDÓN, representada por el Sr. Intendente CP Gustavo Arnaldo Pulti, con domicilio constituido en calle Hipólito Yrigoyen Nº 1627 de la ciudad de Mar de Plata, en adelante, EL MUNICIPIO; y OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E., representada por el Ingeniero Mario Leonardo Dell’Olio, con domicilio constituido en calle French Nº 6737 también de la ciudad de Mar del Plata, en adelante “OSSE”,

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 14.103 declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación la fracción de campo ubicada en la localidad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, identificada catastralmente como Parcela 26 de la Circunscripción segunda rural y designada según plano 45-101-1958 que cita su título como Lote III con una superficie de 187 hs. 91 as, 01cs., cuyo dominio se encuentra inscripto en la Matrícula 91.996 del Partido de General Pueyrredón;

Que por esa norma se facultó al Poder Ejecutivo a donar a la Municipalidad de General Pueyrredón el inmueble expropiado, con cargo de afectar su destino a la ubicación de la nueva Estación Depuradora de Aguas residuales complementaria de la Planta de pretratamiento de efluentes “Ingeniero Baltar”;

Que asimismo, se autorizó al Poder Ejecutivo para establecer y acordar con el ente Obras Sanitarias Mar del Plata S.E., dependiente de la Municipalidad de General Pueyrredón, las condiciones, formas y plazos bajo los cuales este último se obliga en forma exclusiva a sufragar los costos indemnizatorios que resulten necesarios para el cumplimiento de la misma, conforme Ordenanza autoritativa N° O-13.399 sancionada por el Departamento Deliberativo con fecha 5 de marzo de 2009;

Que por Acuerdo Marco de fecha 07/07/2006 suscripto entre la Secretaría de Obras Públicas de la Nación y el Municipio de Gral. Pueyrredón para la construcción de Emisario Submarino, este último se comprometió a realizar todas las acciones necesarias para que la Planta de Pretratamiento Ing. Baltar de la ciudad de Mar del Plata se encuentre en condiciones operativas para el correcto funcionamiento del emisario. Estas condiciones de óptima operatividad estarán dadas con el completamiento de la Planta actual con la Nueva Estación Depuradora a instalarse en los terrenos a expropiar. Así, atento el avance en la ejecución de la obra “Emisario Submarino”, las partes reconocen la extrema urgencia que existe en la toma de posesión de las tierras objeto de expropiación, y la imperiosa necesidad de comenzar las obras tendientes a la instalación de tal Estación Depuradora;

Que, por ello, y con la finalidad de mejorar la calidad de vida de todos los habitantes de la Provincia de Buenos Aires, LA PROVINCIA, EL MUNICIPIO y OSSE, acuerdan el presente Convenio según las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: Atento la urgencia en la toma de posesión del bien en cuestión, OSSE se compromete en este acto a efectuar el depósito de la suma de Pesos QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y UNO ($ 585.171.-) en la cuenta fiscal Nº 1064/3 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, a nombre de Fiscalía de Estado, a la orden Director General y Director Contable. Dicha suma corresponde a la valuación fiscal del inmueble a expropiarse, conforme informe de Arba (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires) y será imputada a cuenta de la indemnización que resulte del proceso judicial, de conformidad a lo legislado en los Arts. 23. 38, 39 y ccdtes. de la Ley Nº 5708.

SEGUNDA: En cumplimiento con el art. 4, primer párrafo, última parte de la Ley Nº 5708, OSSE garantiza la cancelación de los fondos totales resultantes en concepto de “costos indemnizatorios de la expropiación”, mediante el depósito bancario pertinente de acuerdo al avance del proceso judicial; indicando que la suma de Pesos OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 8.455.955.-) determinada por la Dirección Técnico Pericial de Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires se encuentra contemplada en la Partida Presupuestaria 1.2.2.01.11.000, Planta de Pretratamiento de Efluentes Cloacales, Categoría Programática 58.51.51 - Nueva Estación Depuradora de Aguas Residuales de Mar del Plata, del Presupuesto Anual de OSSE - Años 2010 y 2011.

TERCERA: Cumplido lo dispuesto en las cláusulas anteriores, LA PROVINCIA se compromete a donar a la MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDÓN, con cargo a afectar su destino a la ubicación de la nueva Estación Depuradora de Aguas residuales complementaria de la Planta de pretratamiento de efluentes “Ingeniero Baltar”, la fracción de campo ubicada en la localidad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, identificada catastralmente como Parcela 26 de la Circunscripción segunda rural y designada según plano 45-101-1958 que cita su título como Lote III con una superficie de 187 hs. 91 as, 01cs., cuyo dominio se encuentra inscripto en la Matrícula 91.996 del Partido de General Pueyrredón, conforme lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº 14.103.

CUARTA: Las partes reconocen la necesidad de la inmediata intervención por parte de LA PROVINCIA, a través del Señor Fiscal de Estado, en la causa iniciada bajo el Nº 12.786 de trámite por ante el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 del Depto. Judicial de Mar del Plata o bien la promoción en tiempo y forma de nuevas actuaciones judiciales según se considere, a los fines de viabilizar la toma de posesión de las tierras objeto de expropiación, cuya imperiosa urgencia surge de la necesidad de comenzar las obras tendientes a la instalación de la Estación Depuradora en cuestión, imprescindible para la óptima operatividad del funcionamiento del Emisario Submarino, atento el avance en la ejecución de esta obra.

QUINTA: A todos los efectos legales, las partes quedan sometidas a la jurisdicción de los Juzgados Contencioso Administrativos del Departamento Judicial de Mar del Plata, constituyendo domicilio en los indicados en el encabezado del presente.

Se firman tres (03) ejemplares del mismo tenor, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días del mes de diciembre de dos mil diez.

Gustavo Arnaldo Pulti Daniel Osvaldo Scioli

Intendente Municipal Gobernador

Mario Leonardo Dell’Olio

Obras Sanitarias Mar del Plata S.E.