Provincia de Buenos Aires
CONTADURÍA GENERAL
Resolución Nº 1890

La Plata, 17 de octubre de 2009.
Corresponde expediente 5400-12652/08

POR 5 DÍAS - VISTO el presente expediente por el que se da cuenta de la presentación vía web efectuada por RIORCA S.R.L., C.U.I.T. 30-57863719-9, solicitando su inscripción como proveedor del Estado, y

CONSIDERANDO:
Que a fojas 1/72, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los extremos requeridos al respecto, por el Decreto Ley de Contabilidad 7764/71, Reglamento de Contrataciones y disposiciones concordantes, de lo cual da cuenta el formulario de fojas 85/89;
Que en función de ello, el Registro de Proveedores y Licitadores, dependiente de la Dirección de Servicios al Usuario y Acceso a la Información, estima que puede procederse a su inscripción como proveedor del Estado, en el rubro 72-Servicios de Construcción y Mantenimiento, subrubro 100000-Servicios de apoyo, mantenimiento y reparación para la construcción, 130000-Construcción general de edificios;
Que asimismo, el aludido Registro considera que corresponde registrar en el legajo correspondiente que podrá operar en el ámbito de toda la Provincia de Buenos Aires, como también su domicilio legal, comercial y real en calle 519 nº 769- Ringuelet, La Plata, Buenos Aires;
Que este Organismo, comparte lo manifestado por el citado Registro en el informe que produjera;
Por ello

EL CONTADOR GENERAL DE LA PROVINCIA, RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Inscribir como proveedor del Estado en el Registro de Proveedores y Licitadores a RIORCA S.R.L., C.U.I.T. 30-57863719-9, en el rubro 72-Servicios de Construcción y Mantenimiento, subrubro 100000-Servicios de apoyo, mantenimiento y reparación para la construcción, 130000-Construcción general de edificios, con domicilio legal, comercial y real en calle 519 nº 769- Ringuelet, La Plata, Buenos Aires, la que podrá operar en el ámbito de toda la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°. Registrar, notificar, publicar. Cumplido, archivar.

Carlos Alberto Machiaroli
Contador General
C.C. 764 / may. 4 v. may. 10