DECRETO 1438/09

 

LA PLATA, 11 de agosto de 2009.

 

VISTO el expediente N° 2300-3828/09 por el que tramita un proyecto de Decreto referido a la política salarial para el personal enmarcado en la Ley N° 12268 y modificatorias, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que dicha política, a regir desde el 1° de marzo de 2009 inclusive, se formula en el marco de las negociaciones colectivas regidas por la Ley N° 13453;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 22 de la Ley N° 13929 -de Presupuesto General correspondiente al Ejercicio 2009- y 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

 

ARTÍCULO 1°.- Establecer que el presente Decreto será de aplicación para el personal enmarcado en la Ley N° 12268 y modificatorias “Régimen de las actividades artísticas, técnicas y complementarias”, a partir del 1° de marzo de 2009.

 

ARTÍCULO 2°.- Fijar el valor del módulo en pesos cero con cinco mil ciento cuarenta y nueve ($ 0,5149) y determinar los sueldos básicos mensuales conforme el Anexo A que forma parte del presente.

 

ARTÍCULO 3°.- Fijar los valores de la Bonificación Remunerativa y No Bonificable establecida por el artículo 2° del Decreto N° 1142/08, en los importes mensuales que se determinan en el Anexo B que forma parte del presente.

 

ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía, Trabajo y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

 

ARTÍCULO 5°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, al SINBA y pasar a la Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archivar.