Fundamentos de la Ley 14365
El presente proyecto de ley tiende a elevar los montos fijados en pesos en el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires, dado que la ultima revisión integral de los mismos tuvo lugar en el año 1995, a través de la Ley Nro. 11.593. Asimismo se propone dotar al código de rito de un sistema que evite la perdida de valor de los parámetros empleados en cada uno de sus normas. Específicamente se pretende establecer los valores obrantes en cada uno de los artículos a modificar en un número determinado jus arancelarios, unidad de medida establecida por la máxima autoridad del Poder Judicial. En este contexto, se recuerda que el jus fue establecido por la Ley Arancelaria para las Profesiones de Abogados y Procuradores (Decreto-Ley Nro. 8.904/77), y equivale al uno (1) por ciento de la remuneración total asignada al cargo de juez Letrado de Primera Instancia de la provincia de Buenos Aires. Esta técnica legislativa ha sido recientemente utilizada por ejemplo la Ley Nro. 14.141, promulgada en el corriente año, que modificó los artículos 278 y 280 del Código. Los montos fijados en el proyecto surgen de un cálculo aproximado tomando como punto de partida los montos fijados por la reforma integral hecha mediante la Ley Nro. 11.593, con el valor fijado por la Suprema Corte para el jus a partir de marzo de 1995, año en que comenzó a regir la mencionada ley. Asimismo se propone modificar los artículos 74 y 91 de la Ley Nro. 5827 -Orgánica del Poder Judicial-; por los mismos motivos expresados anteriormente. Por lo expuesto, solicito a los señores diputados provinciales que me acompañen en la sanción del presente proyecto.
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