D E R O G A D A P O R L E Y 13275.-

LEY 13.047

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en el partido de General Pueyrredón, designado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección E, Manzana 47, Parcela 14: inscripto su dominio en la Matrícula 134.651, a nombre de "Ango, Sociedad Anónima, Comercial e Industrial" y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.


ARTICULO 2.- El inmueble expropiado será transferido a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con destino a ampliación del edificio de la Escuela Nº 14 de Punta Mogotes, partido de General Pueyrredón.


ARTICULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.


ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.