DECRETO 484/87
LA PLATA, 23 de ENERO de 1987.
VISTO que por expediente Nº
2410-7-035/87; la Dirección
de Vialidad del Ministerio de Obras y Servicios Públicos solicita la
contratación de personal para atender imprescindibles necesidades del servicio,
cuya relación con la
Administración se rige exclusivamente por las cláusulas del
contrato de locación de servicios; y
CONSIDERANDO:
Que para tal finalidad se han
instrumentado los respectivos contratos con los agentes que se consignan en la Planilla que como Anexo
I, forma parte integrante del presente Decreto, durante el período comprendido
entre el 1º de Enero de 1987 y el 31 de Diciembre de 1987, con las retribuciones
mensuales estipuladas en los mismos;
Por ello,
EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébanse, en la Jurisdicción 05 -
MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS - Ítem 01, Dirección de Vialidad, los
contratos de locación de servicios celebrados entre la citada Dirección y los
agentes que se consignan en la
Planilla que como Anexo I, forman parte integrante del presente,
por el período comprendido entre el 1º de Enero de 1987 y el 31 de Diciembre de
1987, conforme a los sueldos estipulados y a las cláusulas establecidas en los
respectivos contratos que se encuentran agregados de fs.
2 a fs. 219 del citado expediente, cuyos originales son parte
integrante de este Decreto.
ARTÍCULO 2.- El gasto
que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo anterior será
atendido con cargo a la siguiente imputación: DIRECCION DE VIALIDAD - Artículo
8º - Ley 6021 - o Administrador General, Contador y Tesorero.
ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor
Ministro Secretario en el Departamento de Obras y Servicios Públicos.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése al
Registro y Boletín Oficial y archívese.
NOTA: El
Anexo del presente Decreto no se encuentra digitalizado. Lo invitamos
a acercarse a nuestra Biblioteca (sita en la Casa Central de
Boletín Oficial - calle 3 esquina 523 de Tolosa, La Plata en el horario de 8 a 13), donde se encuentra
archivado el original de dicha norma en “formato papel” para consultar su texto
y –eventualmente- fotocopiar la parte que necesite del mismo.