LEY 5072
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Acuérdase al Comedor Escolar de Carlos Casares, un subsidio por una sola vez de ocho mil pesos moneda nacional ($ 8.000m/n), para gastos de mantenimiento.
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de esta ley, que se declara de urgencia, se tomará de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.