FUNDAMENTOS DE LA LEY 14526
HONORABLE SENADO:
El objeto del presente proyecto de ley es declarar como Bien del Patrimonio Cultural de la Provincia de Buenos Aires el inmueble donde tiene su sede la Asociación Española de Socorros Mutuos de la ciudad de Punta Alta.
El inmueble donde funciona la Asociación Española de Socorros Mutuos forma parte de la historia e identidad de los ciudadanos rosaleños.
En él funcionó el Teatro de la Asociación Española, por el que transitaron figuras del ambiente artístico nacional e internacional.
Actualmente funciona desde hace años el que en la actualidad es el único cine con que cuenta Punta Alta.
La contribución al desarrollo cultural de Punta Alta deviene indiscutible y hace merecedor al inmueble de la protección de la provincia de Buenos Aires.
Fue inaugurado el 29 de abril de 1933. Su actual fachada fue construida en 1940. Al momento de su inauguración, contaba con todas las comodidades de las más modernas salas de espectáculos.
El proyecto estuvo a cargo del Departamento de Arquitectura del estudio de F. Marseillan y la responsabilidad estuvo a cargo de los ingenieros Segundo Fernández Long y Guillermo L. Martín, mientras que de su construcción fue responsables Manuel Muradas.
En cuanto a su estética y valor arquitectónico, el edificio presenta las características del movimiento Neocolonial, que es el estilo más representativo de las colonias españolas en América. Es una obra emblemática del estilo Neocolonial, lo que le da el carácter de Obra singular.
El inmueble ha sido declarado Patrimonio Arquitectónico, Histórico y Cultural por el H. Concejo Deliberante de Coronel Rosales mediante ordenanza sancionada el 8 de abril de 1998. Forma parte del Previnventario Arquitectónico Patrimonial del Partido de Coronel Rosales, por su singularidad Arquitectónica, otorgándosele un Grado de Valoración 4 y un Grado de Protección.
A lo expuesto se agrega la Asociación Española de Socorros Mutuos de la ciudad de Punta Alta fue una de las primeras instituciones de esa ciudad, lo que agrega un valor histórico al inmueble, al contribuir esa asociación a la conformación y consolidación de la comunidad rosaleña.
Por lo expuesto, consideramos justo contribuir a la protección del inmueble en cuestión coadyuvando a la protección que ya le prestó la municipalidad de Coronel Rosales mediante la declarado Patrimonio Arquitectónico, Histórico y Cultural que hizo por ordenanza.
Se adjuntan al presente:
a) Copia de la ordenanza del Municipio de Coronel Rosales.
b) Informe producido por la Arquitecta Graciela Britos.
c) Foto del inmueble.d) Croquis de ubicación del Inmueble.
e) Planilla de inventario y categorización de la Municipalidad de Coronel Rosales.
f) Copia del Estatuto Social de la Asociación Española de Socorros Mutuos.
g) Copia de acta de autoridades de la Asociación Española de Socorros Mutuos.
h) Copia de informe de catastro y plano catastral.
i) Publicación de la Asociación Española de Socorros Mutuos que da cuenta de la historia de la institución.
j) Resolución de la Cámara de Diputados declarando de interés legislativo la labor social que cumple la Asociación Española de Socorros Mutuos
Por las razones expuestas, solicitamos a los señores Legisladores acompañen con su voto favorable este proyecto de ley.