Provincia de
Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACION
DIRECCION EJECUTIVA
Resolución Normativa N° 01/2008
La Plata, 11 de enero de 2008.
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 13.766 dispuso la creación de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, como entidad autárquica de derecho
público en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, fijando su organización y
competencias.
Que resulta necesario establecer la denominación y alcance de los distintos
actos administrativos que en adelante emitirá la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.
Que en virtud de lo dispuesto en el Decreto 300/06, modificado por el Decreto
2200/06, corresponde a los Titulares de Organismos Autárquicos y/o
Descentralizados, entre otros, el dictado de aquellas Resoluciones que
constituyen documentos de decisión.
Que, por lo expuesto, corresponde dictar la correspondiente Resolución
Normativa.
Por ello
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
Artículo 1°.- Los actos que emanen de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires se ajustarán a las siguientes pautas:
I. Denominación y contenido
a) Resolución Normativa:
acto administrativo reglamentario e interpretativo de carácter general, dictado
en ejercicio de las facultades y poderes atribuidos por el Código Fiscal, la Ley de Catastro Territorial y demás leyes, a la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, referido a la aplicación de normas tributarias, a la recaudación de
los impuestos, tasas y contribuciones, a la administración del Catastro
Territorial, y a la administración y funcionamiento propio de la Agencia.
b) Resolución Interna: acto de administración interna de carácter particular,
dictado en ejercicio de la competencia que las normas aplicables acuerdan a la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, destinado a regular su propio
funcionamiento y administración del personal, que puede contener instrucciones
de cumplimiento obligatorio para las distintas dependencias de la repartición,
y que no tiene directa e inmediata relación con los contribuyentes,
responsables y administrados.
c) Resolución: acto administrativo de carácter particular, dictado en ejercicio
de las facultades y poderes atribuidos por el Código Fiscal, la Ley de Catastro Territorial u otras leyes, a la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, que decide sobre la aplicación de las normas jurídicas a un caso
concreto.
d) Disposición: acto administrativo de carácter general o particular dictado,
en el ejercicio de facultades propias o delegadas, por funcionario con
jerarquía equivalente o inferior al cargo de Director Provincial o General.
e) Informe técnico: acto de índole técnico-profesional que ofrece datos y
opiniones fundadas, destinado a responder las consultas referidas a la
aplicación del Derecho, presentadas por los contribuyentes, responsables,
administrados, otras dependencias u Organismos, sobre cuestiones de índole
tributaria o catastral.
II. Registración y
Numeración: los actos que emanen de la
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires se registrarán
numerándolos correlativamente por categoría, a partir del 1° de enero de cada
año, y con la indicación de los dos últimos dígitos del año calendario de su
emisión.
Artículo 2°. - Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la
Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente
en el Boletín Oficial, incorpórese y regístrese en el Sistema de Información
Normativa de la provincia de Buenos Aires, circúlese y archívese.
Santiago Montoya
Director Ejecutivo
C.C. 383