SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO

RESOLUCIÓN 72/2020

LA PLATA, BUENOS AIRES

15 de octubre de 2020

VISTO el expediente N° EX-2020-18187883-GDEBA-SSLYTSGG, mediante el cual se propicia aprobar el “Procedimiento de carga en el Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas (SINDMA)”, creado por Decreto N° 703/2020, y

CONSIDERANDO:

Que la publicidad de los actos de gobierno resulta esencial al sistema republicano de gobierno y constituye un derecho fundamental de la ciudadanía, siendo el conocimiento del derecho y el acceso a la información por parte de los y las habitantes, una de las bases que sustentan el Estado de Derecho;

Que, en ese sentido, el Gobierno de la provincia de Buenos Aires ha definido entre sus políticas prioritarias la democratización de la Administración Pública, entendida como la realización de todas las acciones necesarias con el objeto de involucrar a las ciudadanas y los ciudadanos y organizaciones de la Sociedad Civil en la formulación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública;

Que, en ese marco, el Decreto Nº 703/2020 creó, en el ámbito de la Secretaría General, el Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas (SINDMA), con el fin de dar difusión a los textos normativos y actos de gobierno;

Que el artículo 2° del mencionado decreto, enumera los textos que van a conformar la base de datos a publicitar, entre los que se encuentran las leyes y los actos de alcance general y particular emanados de la Administración pública provincial y de la Suprema Corte de Justicia, Honorable Legislatura, municipios y la Junta Electoral, en la medida que estos últimos adhieran al sistema;

Que el mencionado decreto, faculta a la Secretaría General a dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementaria que resulten necesarias para la implementación del sistema;

Que es dable destacar, que la Secretaría General es responsable de la administración y mantenimiento de las bases de normas y documentación y de usuarias/os autorizadas/os a incorporar información, teniendo a su cargo a tal efecto, la administración de los sistemas informáticos necesarios para la carga, resguardo y recuperación del SINDMA;

Que, por todo lo expuesto, corresponde aprobar el procedimiento de carga de los textos enumerados en el Decreto N° 703/2020 al SINDMA;

Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 703/2020;

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL

RESUELVE

ARTÍCULO 1°. Aprobar el “Procedimiento de Carga en el Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas (SINDMA)” de los textos comprendidos en el artículo 2° del Decreto N° 703/2020 y aquellos que se incorporen en los términos de su artículo 3° que, como Anexo Único (IF-2020- 22176552-GDEBA-DAEYRSGG), forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

 

Federico Gastón THEA

Secretario General de Gobierno

 

ANEXO ÚNICO

PROCEDIMIENTO DE CARGA EN EL

SISTEMA DE INFORMACIÓN NORMATIVA Y DOCUMENTAL MALVINAS ARGENTINAS (SINDMA)

ARTÍCULO 1°. Los organismos alcanzados por el Decreto N° 703/2020 y aquellos que adhieran a sus disposiciones, designarán uno/a o más responsables de la precarga de los textos normativos y documentos enumerados en el artículo 2° del Decreto N° 703/2020, y todo aquel que con posterioridad se incorpore, de conformidad con el artículo 3° de la referida norma, emitidos en su repartición, para ser incorporados en el Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas (SINDMA).

ARTÍCULO 2º. La designación referida en el artículo precedente será comunicada a la Dirección Provincial de Boletín Oficial y Ordenamiento Normativo, dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, por medio de una nota generada por el modulo Comunicación Oficial (CCOO) del sistema electrónico GDEBA -o aquel que en el futuro lo reemplace-, solicitando la habilitación de los respectivos usuarios/as para realizar la precarga en el SINDMA de los textos aludidos.

La solicitud deberá contener los datos de las/los agentes, a fin de su correcta registración, a saber:

  1. nombre y apellido;
  2. número de CUIT;
  3. organismo y repartición donde se desempeña;
  4. cargo o función;
  5. legajo;
  6. correo electrónico oficial.

ARTÍCULO 3°. La Subsecretaría Legal y Técnica, a través de la Dirección Provincial de Boletín Oficial y Ordenamiento Normativo, creará las cuentas (o perfiles) de las/los usuarias/os responsables de la precarga de los textos normativos y documentos enunciados en el Decreto N° 703/2020 de cada repartición y los comunicará al organism solicitante.

ARTÍCULO 4º. Las/los usuarias/os habilitadas/os, deberán realizar la precarga de los textos normativos enumerados en el artículo 2° Decreto N° 703/2020, y todo aquel que con posterioridad se incorpore de conformidad con el artículo 3° de la referida norma, tanto en su versión original, como en formato pdf editable.

ARTÍCULO 5º. La Dirección de Ordenamiento Normativo, o aquella que en el futuro la reemplace, será responsable de la carga definitiva de los textos en el Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas (SINDMA). En caso de detector un error, podrá solicitar al organismo responsable de la precarga su corrección o realizarla de oficio.