Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución Nº 34
VISTO
el expediente N° 2166-2295/12 por el cual tramita la
ejecución de
CONSIDERANDO:
Que
por el artículo 1º de
Que de
acuerdo a lo establecido en los artículos 2º y 3º de la mencionada Ley el bien
expropiado será transferido a
Que el área expropiada se encuentra determinada por el plano de mensura y unificación Nº 101-198-84;
Que
dicha medida estará sujeta al depósito en
Que en función de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo que encomiende al Fiscal de Estado a iniciar las acciones expropiatorias, a efectos de requerir la posesión inmediata de los bienes y garantizar el efectivo cumplimiento del destino expropiatorio;
Que
han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno,
Contaduría General de
Que la
presente medida se dicta conforme a las previsiones de los artículos 21, 22 inciso
c, 23, 38 y concordantes de
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 5.000/89
ARTÍCULO
1º. Encomendar al Fiscal de Estado a promover las acciones judiciales expropiatorias, en relación al inmueble declarado de
utilidad pública y sujeto a expropiación en los términos de
bien.
ARTÍCULO 2º. Autorizar al Fiscal de Estado a consignar a cuenta del precio, el importe equivalente a su valuación fiscal vigente, determinada en la suma de pesos un millon doscientos treinta y seis mil ochocientos noventa y cinco ($1.236.895).
ARTÍCULO 3º. Dejar establecido que la autorización dispuesta por el artículo anterior estará sujeta a la efectivización del aporte en concepto de adelanto para el inicio del juicio
expropiatorio por parte del
Municipio y al depósito del mismo en
ARTÍCULO
4º. Autorizar al Fiscal de Estado a ofrecer en concepto de la indemnización
prevista en
ARTÍCULO 5º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Cristina Álvarez Rodríguez
Ministra de Gobierno
C.C. 1.150