LEY 12451
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase por el término de ciento ochenta (180)
días la vigencia de la Ley
12303 y su prórroga instituida por Ley 12385, contados a partir de su
vencimiento, durante el cual continuarán suspendidos los desalojos ordenados
contra los quinteros del Parque Pereyra Iraola.
ARTÍCULO 2º.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia
de Buenos Aires en la ciudad de La
Plata, a un día del mes de junio de dos mil.