LEY 12451

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase por el término de ciento ochenta (180) días la vigencia de la Ley 12303 y su prórroga instituida por Ley 12385, contados a partir de su vencimiento, durante el cual continuarán suspendidos los desalojos ordenados contra los quinteros del Parque Pereyra Iraola.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires en la ciudad de La Plata, a un día del mes de junio de dos mil.