Decreto 1735/2019

La Plata, 8 de diciembre de 2019

VISTO el expediente Nº 21200-97845/16 y expedientes agregados N° 21200-97845/16 alcances N° 1°y N° 2°, por los cuales tramita la prórroga de las órdenes de compra Nº 249/17, Nº 250/17 y Nº 251/17, emitidas en el marco de la Licitación Pública Nº 1/16, tendiente a contratar la prestación del servicio asistido de racionamiento para la cocción de alimentos destinados a la elaboración de desayuno, almuerzo, merienda y cena para la población carcelaria y personal de diversas Unidades Carcelarias y Establecimientos Penitenciarios, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 531/17 se aprobó y adjudicó la Licitación Pública citada en el exordio del presente, para distintas Unidades Carcelarias y Establecimientos Penitenciarios, por un período de setecientos treinta (730) días a partir del 1° de octubre de 2017 o fecha próxima posterior, resultando adjudicatarias las firmas: a) Servicios Integrales de Alimentación S.A. en la suma total de pesos veintisiete millones quinientos noventa y ocho mil ochenta y ocho ($27.598.088), b) Cook Master S.R.L. en la suma total de pesos un mil treinta millones seiscientos veintiún mil quinientos noventa y dos ($1.030.621.592), y c) Compañía Integral de Alimentos S.A. en la suma total de pesos doscientos cuarenta y un millones ochenta y siete mil setecientos cincuenta y seis ($241.087.756), importes que conforman un monto total general de pesos un mil doscientos noventa y nueve millones trescientos siete mil cuatrocientos treinta y seis ($1.299.307.436);

Que según constancias obrantes en las presentes actuaciones la relación contractual con las firmas adjudicatarias se perfeccionó a través de las órdenes de compra Nº 249/17, N° 250/17 y N° 251/17;

Que por Decreto N° 961/18 se aprobó la ampliación en un veinte por ciento (20%) de la orden de compra N° 250/17, a favor de la firma Cook Master S.R.L. por un monto total de pesos doscientos seis millones ciento veinticuatro mil trescientos dieciocho con cuarenta centavos

($206.124.318,40);

Que por Decreto N° 214/19 se aprobó la ampliación en un diez por ciento (10%) de la orden de compra N° 249/17, y en un veinte por ciento (20%) de la orden de compra N° 251/17, a favor de las firmas: a) Servicios Integrales de Alimentación S.A. en la suma total de pesos dos millones setecientos cincuenta y nueve mil ochocientos ocho con ochenta centavos ($2.759.808,80), y b) Compañía Integral de Alimentos S.A. en la suma total de pesos cuarenta y ocho millones doscientos diecisiete mil quinientos cincuenta y uno con veinte centavos ($48.217.551,20);

Que por Resolución del Ministro de Justicia N° 418/19 se aprobó el Acta de la Primera Redeterminación de Precios, por un monto de pesos cincuenta y cinco millones cuatrocientos cuarenta y seis mil ciento setenta y nueve con diez centavos ($55.446.179,10), y por Resolución del Ministro de Justicia N° 945/19 se aprobó el Acta de la Segunda Redeterminación de Precios, por un monto de pesos cuarenta y tres millones ciento diecisiete mil ochocientos setenta con setenta y ocho centavos ($43.117.870,78), ambas a favor de la firma Compañía Integral de Alimentos S.A., de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 13.981 y su Decreto Reglamentario N° 1.300/16 y en la Resolución N° 857/16 del Contador General de la Provincia;

Que por Resolución del Ministro de Justicia N° 416/19 se aprobó el Acta de la Primera Redeterminación de Precios, por un monto de pesos seis millones trescientos cuarenta y nueve mil trescientos noventa y cuatro ($6.349.394), y por Resolución del Ministro de Justicia 948/19 se aprobó el Acta de la Segunda Redeterminación de Precios, por un monto de pesos seis millones novecientos cincuenta y cuatro mil seiscientos quince con veintiocho centavos ($6.954.615,28), ambas a favor de la firma Servicios Integrales de Alimentación S.A., de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 13.981 y su Decreto Reglamentario N° 1.300/16 y en la Resolución N° 857/16 del Contador General de la Provincia;

Que a favor de la firma Cook Master S.R.L. se aprobó por Resolución del Ministro de Justicia N° 410/19 el Acta de la Primera Redeterminación de Precios por un monto de pesos doscientos treinta y siete millones veinticinco mil ochocientos cuarenta y seis con veinte centavos ($237.025.846,20), por Resolución del Ministro de Justicia N° 913/19 el Acta de la Segunda Redeterminación de Precios por un monto de pesos sesenta y tres millones trescientos ochenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y ocho con ochenta y cinco centavos ($63.388.448,85), por Resolución del Ministro de Justicia N° 914/19 el Acta de la Tercera Redeterminación de Precios por un monto de pesos cuarenta y ocho millones quinientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos setenta y cinco ($48.545.475), por Resolución del Ministro de Justicia N° 915/19 el Acta de la Cuarta Redeterminación de Precios por un monto de pesos ciento ocho millones ochenta y tres mil doscientos diecisiete con noventa y ocho centavos ($108.083.217,98), y por Resolución del Ministro de Justicia N° 917/19 el Acta de la Quinta Redeterminación de Precios por un monto de pesos ciento veintisiete millones seiscientos veinticuatro mil trescientos treinta y seis con setenta centavos ($127.624.336,70) de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 13.981 y su Decreto Reglamentario N° 1.300/16 y en la Resolución N° 857/16 del Contador General de la Provincia;

Que la Dirección de Gestión y Control del Ministerio de Justicia requirió la prórroga en un treinta por ciento (30%) de las órdenes de compra N° 249/17, N° 250/17 y N° 251/17, incluyendo las ampliaciones respectivas -órdenes de compra N° 8477/19, 30877/18 y 8484/19- informando que dicha prórroga se efectuará por doscientos diecinueve días, a partir del 13 de octubre de 2019;

Que las firmas adjudicatarias prestaron conformidad con la gestión que por la presente se tramita;

Que obra la imputación presupuestaria con la que se atenderá la erogación resultante para el presente Ejercicio Fiscal 2019, y diferida para el Ejercicio Fiscal 2020;

Que la Dirección Provincial de Presupuesto Público, tomó intervención por encuadrar la presente prórroga en los términos del artículo 15 de la Ley de Administración Financiera N° 13.767, y su Decreto Reglamentario Nº 3.260/08 y su modificatorio, sin tener objeciones que formular;

Que tomó intervención la Contaduría General de la Provincia;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y de conformidad con lo dispuesto por el Anexo II del Decreto N° 1.300/16 y artículo 8° del Decreto N° 59/19;

Por ello,

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Aprobar la prórroga en un treinta por ciento (30%) de las órdenes de compra N° 249/17, N° 250/17 y N° 251/17 -ampliadas por órdenes de compra N° 8477/19, N° 30877/18 y N° 8484/19, respectivamente-, emitidas en el marco de la Licitación Pública Nº 1/16, tendiente a contratar la prestación del servicio asistido de racionamiento para la cocción de alimentos destinados a la elaboración de desayuno, almuerzo, merienda y cena, para distintas Unidades Carcelarias y Establecimientos Penitenciarios, por un periodo de doscientos diecinueve (219) días, a partir del 13 de octubre de 2019, a favor de las firmas: a) Servicios Integrales de Alimentación S.A. en la suma total de pesos dieciocho millones ochocientos veintiún mil doscientos cuarenta y dos con cuarenta y cuatro centavos ($18.821.242,44), b) Cook Master S.R.L. en la suma total de pesos seiscientos cincuenta y dos millones trescientos setenta y tres mil doscientos treinta y ocho con diez centavos ($652.373.238,10) y c) Compañía Integral de Alimentos S.A. en la suma total de pesos ciento ochenta y tres millones setecientos veinticinco mil ochocientos cuarenta y tres con siete centavos ($183.725.843,07), importes que conforman un monto total general de pesos ochocientos cincuenta y cuatro millones novecientos veinte mil trescientos veintitrés con sesenta y un centavos ($854.920.323,61), de conformidad con lo establecido por el artículo 7° inciso f de la Ley N° 13.981 y su Decreto Reglamentario N° 1.300/16.

ARTÍCULO 2º. Determinar que la erogación autorizada por el artículo primero será atendida con cargo a la siguiente imputación presupuestaria: Jurisdicción 1.1.1.16 - In 3 - Ppr 5 - Ppa 6 - Fuente de Financiamiento 1.1 - UG 999 - Categoría de Programa: Prog 7 - Sp 1 - Ac 9, 21, 23, 24, 28, 31, 32, 35, 36, 41, 42, 51, 54 ($312.299.644,80). Presupuesto General Ejercicio Fiscal 2019 - Ley Nº 15.078 y diferido Ejercicio Fiscal 2020 ($542.620.678,81).

ARTÍCULO 3º. Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones del Ministerio de Justicia a emitir las respectivas órdenes de compra, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 apartado 2 del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 1.300/16.

ARTÍCULO 4º. Dejar establecido que, previo al libramiento de las respectivas órdenes de compra, las firmas adjudicatarias deberán dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 13.981 y su Decreto Reglamentario Nº 1.300/16.

ARTÍCULO 5º. Establecer que la presente gestión se aprueba bajo la exclusiva responsabilidad del funcionario que la promueve, la que se hace extensiva a la razonabilidad de los precios a pagar.

ARTÍCULO 6º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 7º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar al Ministerio de Justicia. Cumplido, archivar.

Gustavo Alfredo Ferrari, Ministro; Federico Salvai, Ministro; María Eugenia Vidal, Gobernadora