DECRETO 2938/97
LA PLATA, 3 de SEPTIEMBRE de 1997.
VISTO el Decreto 4.316/96 por el cual se modifica la estructura organizativa de
la Secretaría General de la Gobernación, que fuera aprobada por Decreto 21/91 y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario, en esta instancia, reflejar niveles funcionales que modificaron su relación de dependencia, a la vez que redefinir otros que, por definición y cumplimiento de los objetivos asignados, corresponde identificarlos en áreas distintas de las que oportunamente se indicaron por Decreto 4.316/96.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTICULO 1.- Incluyese en el ámbito de la Dirección General de
Administración, Subsecretaría de Organización y Control de Gestión, Secretaría
General, de acuerdo a las metas que le fueran asignadas por Decreto 4.316/96,
Anexo III, las Direcciones que a continuación se indican:
- Dirección de Equipamiento e Infraestructura Edilicia.
- Dirección de Sistema Oficial de Distribución de Información Clasificada.
ARTICULO 2.- Suprímese en el ámbito de la Secretaría General,
Subsecretaría de Organización y Control de Gestión, la Dirección Provincial de
Control de Gestión y la Dirección Provincial de Comunicaciones e Informática,
juntamente con sus metas que fueran aprobadas por Decreto 4.316/96 Anexo III.
ARTICULO 3.- Incorpórase en el ámbito de la Secretaría General,
Subsecretaría de Organización y Control de Gestión, la Dirección Provincial de
Comunicaciones y la Dirección Provincial de Informática, cuyas metas se aprueban
en el Anexo I del presente.
ARTICULO 4.- Transfiérese en el ámbito de la Secretaría General a
la Subsecretaría de la Función Pública proveniente de la Subsecretaría de
Organización y Control de Gestión, la Dirección Provincial del Personal de la
Provincia juntamente con sus metas que fueran aprobadas por Decreto 4.316/96
Anexo III, la que pasará a denominarse Dirección General del Personal de la
Provincia.
ARTICULO 5.- Trasládase en el ámbito de la Secretaría General, a
la Subsecretaría de Organización y Control de Gestión el séptimo objetivo que
fuera aprobado por Anexo II del Decreto 4.316/96 para la Subsecretaría de la
Función Pública.
ARTICULO 6.- Trasládase en el ámbito de la Secretaría General, a
la Subsecretaría de Organización y Control de Gestión proveniente de la
Subsecretaría de la Función Pública, la Dirección Provincial de Estadística y
Planificación General, juntamente con sus metas que fueran aprobadas por
Decreto 4.316/96, Anexo III.
ARTICULO 7.- Facúltase a la Dirección General de Administración
de la Secretaría General a efectuar a través del Ministerio de Economía,
Dirección Provincial de Presupuesto las adecuaciones presupuestarias necesarias
para el cumplimiento del presente Decreto.
ARTICULO 8.- Determínase para la Secretaría General, atento a lo
establecido por Decreto 4.316/96, a las modificaciones introducidas por el
presente y a aquellos niveles de estructura que mantendrán su vigencia de
conformidad con las acciones y tareas oportunamente asignadas, hasta que se
formule la etapa siguiente de definición y desagregación de las unidades
orgánicas inferiores al nivel de Direcciones Generales Provinciales, la
organización estructural que se refleja por Anexos II, IIa, IIb, IIc, IId y IIe
del presente.
ARTICULO 9.- El presente Decreto será refrendado por los
Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y Justicia y de
Economía.
ARTICULO 10.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése el Boletín
Oficial y archívese.
ANEXO I
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
- Dirección Provincial de Comunicaciones
- Programar, implementar y mantener actualizado un sistema de relevamiento,
análisis y diagnóstico en materia de comunicaciones a fin de reglamentar y
controlar el asentamiento de los centros de emisión y recepción de
comunicaciones y definir los perfiles tecnológicos de equipos, sistemas y
procedimientos coordinando criterios y acciones con Organismos Provinciales,
Nacionales e Internacionales competentes en la materia.
- Organizar y coordinar la definición del carácter, configuración, frecuencia,
intensidad y grado de apertura de la telecomunicación y radio teledifusión para
los sistemas emplazados en el campo de la administración gubernamental estatal.
- Brindar asesoramiento científico, tecnológico, jurídico y legal en lo que
hace a la telecomunicación, radio y teledifusión como organismo rector para el
mejoramiento de la eficiencia operativa y promover el desarrollo de estudios,
análisis e investigaciones.
- Asesorar e intervenir en la distribución de frecuencias implicadas en la
actividad de las comunicaciones gubernamentales y la red de comunicación
provincial, en concurrencia con los Organismos Nacionales competentes en la
materia.
- Participar y representar a la Provincia en reuniones, jornadas, seminarios,
simposios o conferencias de actualización, a fin de impulsar el proceso de
expansión, evolución y divulgación de la tecnología de las telecomunicaciones.
- Dirección Provincial de Informática
- Organizar, planificar y reglamentar el funcionamiento de los servicios de
informática en todo el ámbito de la Administración Pública Provincial,
coordinando pautas y especificaciones técnicas y realizando los análisis y
estudios pertinentes.
- Organizar y mantener actualizado un registro general de software y un
servicio de informaciones para todos los temas que hacen a la informática,
procesando, emitiendo y publicitando los registros sobre planta, equipamiento
instalado, ambientes operacionales, sistemas de base, utilitarios y
aplicativos, lenguajes de programación y administradores de base de datos por
especialidades, coordinando pautas y acciones con otros Organismos y
Dependencias del Ambito Provincial y recabando la información necesaria.
- Intervenir en la determinación de las especificaciones técnicas que integran
los actos licitatorios que se sustancien con motivo de la contratación de
bienes, servicios, aparatos e instrumentos de uso y aplicación en el campo de
la informática.
- Brindar asesoramiento científico, tecnológico, jurídico y legal en los temas
que hacen a la informática, promoviendo el desarrollo de estudios, análisis e
investigaciones para el sustento del proceso programático y diseñar y proponer
sistemas de capacitación dentro del área de su competencia, coordinando pautas
y acciones con los Organismos pertinentes de la Subsecretaría de la Función
Pública.