DEPARTAMENTO DE
SALUD
DECRETO 1.095
La Plata, 13 de junio de 2007
Visto el expediente n° 4133-1005/06, por el cual se gestiona la incorporación al Sistema de Atención Médica Organizada (SAMO), creado por Decreto Ley 8801/77 del Hospital de la Comunidad “Dr. Guillermo Hernández” de Punta Indio, y
CONSIDERANDO:
Que se estima viable y oportuna proseguir con la implementación administrativa-
contable del SAMO incorporando al régimen del citato plexo normativo, aquellos
Establecimientos Hospitalarios que reúnan las características adecuadas de
estructura y funcionamiento;
Que evaluados tales antecedentes y el estudio de factibilidad oportunamente
ordenado y realizado por la Dirección Técnica específica y el Consejo
Provincial del SAMO, se determina que el establecimiento escogido reúne todos
los requisitos que hacen aconsejable su incorporación al régimen mencionado
Decreto Ley;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
Artículo 1°. Incorporarse
al Sistema de Atención Médica Organizada SAMO, creado por Decreto Ley 8801/77,
a partir del mes de enero de 2007, al establecimiento que a continuación se
detalla:
Hospital de la Comunidad “Dr. Guillermo Hernández” de Punta Indio.
Artículo 2°. El presente Decreto será refrendado por el Ministro secretario en
el Departamento de Salud.
Artículo 3º. Registrar, comunicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Claudio Mate
Rothgerber
Felipe
Solá
Ministro de Salud
Gobernador