DEPARTAMENTO DE SALUD
DECRETO 1.095

La Plata, 13 de junio de 2007

Visto el expediente n° 4133-1005/06, por el cual se gestiona la incorporación al Sistema de Atención Médica Organizada (SAMO), creado por Decreto Ley 8801/77 del Hospital de la Comunidad “Dr. Guillermo Hernández” de Punta Indio, y

CONSIDERANDO:
Que se estima viable y oportuna proseguir con la implementación administrativa- contable del SAMO incorporando al régimen del citato plexo normativo, aquellos Establecimientos Hospitalarios que reúnan las características adecuadas de estructura y funcionamiento;
Que evaluados tales antecedentes y el estudio de factibilidad oportunamente ordenado y realizado por la Dirección Técnica específica y el Consejo Provincial del SAMO, se determina que el establecimiento escogido reúne todos los requisitos que hacen aconsejable su incorporación al régimen mencionado Decreto Ley;
Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

Artículo 1°. Incorporarse al Sistema de Atención Médica Organizada SAMO, creado por Decreto Ley 8801/77, a partir del mes de enero de 2007, al establecimiento que a continuación se detalla:
Hospital de la Comunidad “Dr. Guillermo Hernández” de Punta Indio.
Artículo 2°. El presente Decreto será refrendado por el Ministro secretario en el Departamento de Salud.
Artículo 3º. Registrar, comunicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

Claudio Mate Rothgerber                                                               Felipe Solá
Ministro de Salud                                                                Gobernador