Fundamentos de la

 

Ley 10260

 

 

 

La presente norma introduce una modificación instrumental en el artículo 36 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, adecuando su texto en la redacción que se proyecta a la actual realidad financiera y presupuestaria que en nuestros días presenta el tratamiento y la consideración práctica de tal materia.

La situación especial que hoy le toca afrontar a la Provincia y a la Nación, a consecuencia de un ininterrumpido deterioro de la economía, reconociendo su origen determinante en gran medida al endeudamiento externo del país y su negociación que repercute con sus vastas implicancias sobre todo el cuerpo económico social de la Nación generando una situación de excepción en el tratamiento de un instrumento idóneo de cálculos y recursos donde se hace muy difícil toda planificación en tal sentido a consecuencia y entre otras causales a los elevadísimos niveles inflacionarios, a un sistema de coparticipación municipal, la dependencia real de los presupuestos municipales a los lineamientos del Presupuesto General de la Provincia, etc.. Estos son todos argumentos de peso obvio para ser tenidos en cuenta y por lo tanto flexibilizar el contenido de una norma permitiendo que las municipalidades de nuestra provincia puedan desenvolverse en sus finanzas de acuerdo a los márgenes que la realidad actual les permite.