ARTICULO 1.- Declárase Monumento Histórico Provincial la Finca donde naciera Doña María Eva Duarte de Perón, ubicada en Los Toldos, Partido de General Viamonte, con la siguiente Nomenclatura Catastral: Circunscripción I, Sección B, Manzana 136, Parcela 7-B; según Título Manzana 14 – Lote del Plano of. Expte. Lote Especial; B Cuenta Corriente Inmobiliaria N° de Orden: 7768- N° de origen: 2487, con una superficie de 300 metros plano 49-82-51-.
ARTICULO 2.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble individualizado en el artículo 1°, el que será entregado al dominio de la Dirección General de Escuelas y Cultura – Dirección de Museos, Monumentos y Lugares Históricos, con destino a la instalación de una Biblioteca y Museo, el que llevará el nombre de Eva Perón.
ARTICULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley que se declara de urgencia e interés público, se tomará de Rentas Generales.
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
LA PLATA, 8 de Mayo de 1987.
VISTO lo actuado en el exp. 2240-957/87 y la comunicación cursada el día 15 de abril próximo pasado, notificando al Poder Ejecutivo la sanción de la ley que declara Monumento Histórico Provincial la finca donde naciera Doña María Eva Duarte de Perón, ubicada en la ciudad de Los Toldos, Partido de General Viamonte, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación para Biblioteca y Museo y,
CONSIDERANDO:
Que el plazo acordado, por artículo 95 de la Constitución Provincial, al Poder Ejecutivo para la promulgación de las leyes, venció el día 4 de mayo próximo pasado, resultando imperativa la registración y promulgación de la norma.
Por ello,
EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
D E C R E T A :
ARTICULO 1°: Téngase por ley de la Provincia de Buenos Aires N° 10.503, la norma sancionada por la Honorable Legislatura con fecha 9 de abril del año en curso, cuya copia, como anexo, forma parte del presente del presente decreto.
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario en el departamento de Gobierno.
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y Archívese.-