LEY 10588

 

NOTA: Ver Ley 11455 (Ref. plazo)


EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE


LEY

 

ARTICULO 1.- Dónase a título gratuito, libre de toda deuda fiscal, la propiedad designada catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 16, Parcela 18- b, con una superficie de 450,27 metros cuadrados, ubicada en la ciudad de Bahía Blanca, jurisdicción del Partido de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, a la Confederación General del Trabajo, Delegación de Bahía Blanca.

 

ARTICULO 2.- La escrituración de dicha transferencia de dominio, deberá efectuarse en el término de treinta días de la correspondiente publicación de la Ley en el Boletín Oficial.

 

ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.