Fundamentos de la

 Ley 10140

 

 

HONORABLE LEGISLATURA:

 

            Se remite a Vuestra consideración un proyecto de ley que contempla la derogación del inciso f) del artículo 26 y del segundo párrafo del artículo 277 del Decreto-Ley 6.769/58 -Orgánica de las Municipalidades-, texto según Decreto-Ley 10.100/83.

            El artículo 2 del proyecto de ley adjunto faculta a las municipalidades a implementar sus propios sistemas de liquidación de deudas por incumplimiento de obligaciones fiscales.

            Corresponde manifestar que mediante el artículo 3, como medida complementaria, se establece un régimen de transición similar al contemplado por la provincia de Buenos Aires mediante el Decreto-Ley 9.897/82, sancionado en oportunidad de que ésta procediera al cambio de sistema.

            Se reemplazará así la aplicación de un régimen único de actualización regido por el índice que debía fijar el Ministerio de Gobierno, por el de libre elección que cada municipio considere adecuado a su erario.

 

            Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.