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Fundamentos de la Ley 10440
HONORABLE LEGISLATURA:
Se eleva a consideración de Vuestra Honorabilidad el presente proyecto de ley por el cual se propicia la modificación del artículo 77 del Decreto-Ley 9.550/80 (del Personal de la Policía de la Provincia de Buenos Aires). A través del mismo se intenta corregir la omisión en que ha incurrido dicha norma al no considerar al personal de oficiales, que se distinguiere por actos extraordinarios de servicios debidamente acreditados, para que pueda ser ascendido al grado inmediato superior. Si bien dicho ascenso está contemplado y se puede conceder "Post Mortem", justo es reconocer sin que medie tal desenlace, aquellos actos que por su magnitud exceden el marco de las obligaciones y deberes propios de la rutina oficial, y que nacen del voluntarismo heroico de quien no trepida en arriesgar su integridad física en defensa de valores morales y materiales y personas, componentes propios de una sociedad civilizada. De tal manera la comunidad, además de un reconocimiento formal de tales actos debe ofrecer como retribución de agradecimiento, su correlato económico. Por otra parte, debe mencionarse que a los efectos de no afectar su capacitación, el personal de oficiales, deberá realizar los cursos correspondientes al grado, previstos en la reglamentación. Por lo expuesto, este Poder Ejecutivo creyendo interpretar el sentir de la comunidad en tales circunstancias, propone a ese Honorable Cuerpo la viabilización del presente proyecto de ley.
Dios Guarde a Vuestra Honorabilidad.
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