Fundamentos de la

Ley 10282

 

            La presente iniciativa reviste fundamental importancia para los habitantes del actual partido de General Viamonte, y viene a reparar consecuencias no buscadas por el legislador cuando sancionara la Ley 5.187. Además, la denominación de la ciudad cabecera del citado distrito, reconoce orígenes íntimamente ligados a destacados acontecimientos históricos que no pueden soslayarse.

            En efecto, corría el año 1861 cuando el cacique Ignacio Coliqueo, ante la cruel disyuntiva de persistir en una lucha inútil que exterminaría a sus hermanos de raza, abandona su permanente deambular asentándose en el paraje conocido como Tapera de Días, colocándose a disposición del gobierno de la provincia de Buenos Aires.

            La Provincia consiente esta situación, organizando a Coliqueo y su tribu militarmente. El paraje se convierte así en destacamento de la frontera oeste, donde el legendario cacique transcurre el resto de su vida. La Provincia acuerda a Coliqueo y su tribu, seis leguas de tierra que coinciden con el lugar que ocupaban, acto que se materializa con la sanción de las Leyes 474 del 29 de septiembre de 1866, y 552 del 30 de septiembre de 1968.

            Con el tiempo, llegan los pioneros que se radican en un lugar cercano a las tierras de Coliqueo, conformando una típica aldea y desarrollando desde ese momento una pujante labor. El crecimiento es constante y el progreso no tarda en llegar: el ferrocarril se extiende hasta esa zona, se construye la estación que por su cercanía con los aborígenes es denominada “Los Toldos”. Más tarde el correo y el telégrafo constituyen nuevas expresiones del desarrollo del lugar.

            No extraña entonces que el 6 de agosto de 1908, la Legislatura provincial sancione la Ley 3.107, que en la parte pertinente del Art. 1 establece: “Sobre la base del pueblo formado en la estación Los Toldos, del ferrocarril Oeste, créase un nuevo partido segregando de los inmediatos de Lincoln, Bragado y Nueve de Julio el área que corresponde a las propiedades…”.

            El artículo 3 de dicha ley rezaba así: “Declárase cabeza del nuevo partido, que en lo sucesivo se denominará Los Toldos, la población actualmente conocida por Los Toldos”.

            El 4 de noviembre de 1910, por el artículo 2 de la Ley 3.288 se cambia el nombre del partido de Los Toldos por el de General Viamonte, denominación que indudablemente no alcanzaba a la ciudad cabecera.

            El 22 de agosto de 1946, el diputado justicialista Rufino Antonio Herce, representante por General Viamonte, presenta un proyecto que perseguía un noble objetivo: declarar ciudad a la cabecera del partido. El 30 de octubre de 1947, la Cámara de Diputados por unanimidad otorga media sanción a la iniciativa. Los diputados Simini, Faya y el propio Herce hacen uso de la palabra, destacando el desarrollo de la zona y la justicia del reconocimiento. Sin embargo, el texto de la ley provoca una modificación sustancial a la identidad del legendario pueblo de Los Toldos, ya que su artículo 1 queda así redactado: “Declárase ciudad al pueblo de General Viamonte, cabecera del partido del mismo nombre”. El proyecto es definitivamente sancionado por el Senado y promulgado por el Poder Ejecutivo el 13 de noviembre de 1947.

            Comienza entonces un período de dudas que ya lleva treinta y siete años, puesto que la estación de ferrocarril y los organismos oficiales creados con anterioridad a la citada Ley 5.187, continúan con el nombre de Los Toldos. Durante el último gobierno constitucional, un proyecto tendiente a solucionar la cuestión recibió media sanción por parte de Diputados, pero antes que se expida el Senado el golpe militar de 1976 frustra la posibilidad, leyéndose lapidariamente en la última foja del expediente que “… por disposición de la intervención militar en la Legislatura… las presentes actuaciones se destinan al archivo…”.

            Es fundamental rescatar a esta altura, el pensamiento y el anhelo de los hombres y mujeres de General Viamonte sobre esta situación. Al respecto, podemos citar la Resolución 42/84 del H. Concejo Deliberante y pronunciamientos de : Asociación de Bomberos Voluntarios; Asociación Rural; Aero Club; Centro Educativo Complementario; Semanario Tribuna; Asociación Italiana de Socorros Mutuos; Comisión de Participación y Desarrollo de la Tribu Coliqueo; Viamonte Fútbol Club; Centro Universitario Tíldense; Empresa Coliqueo y Rey S.C.; Centro Tradicionalista Fortín Los Toldos; Sociedad Española; Asociación de Comercio e Industria; Cooperativa Eléctrica de Baigorrita; Cooperadora Escuela Nro. 26; Cooperativa Eléctrica de Zavalía Ltda.; Biblioteca Popular Mariano Moreno; Cooperadora Jardín de Infantes Nro. 901; todas expresiones representativas de esa maravillosa comunidad, quienes coinciden en la justicia y necesidad de recuperar una denominación tan cara a sus sentimientos y a su pasado histórico.

            Denominar “Los Toldos” a la cabecera del partido implica entonces, un acto de estricta justicia que responde a los anhelos y sentimientos de los pobladores. Representa sin dudas, el reencuentro de una comunidad en su identidad histórica.

            La ley cuya sanción se promueve, reúne satisfactoriamente los requisitos de legitimidad y conveniencia práctica a que alude el Departamento Deliberativo de General Viamonte en su pronunciamiento, pero además es oportuno señalar que en modo alguno la iniciativa menoscaba la memoria y figura del General Viamonte, a quien continuamos rindiendo nuestro reconocimiento mediante el mantenimiento de su nombre como denominación del partido.

            Señores legisladores: con el apoyo del bloque de diputados justicialistas y con inocultable satisfacción, presentamos a consideración de la Honorable Cámara el presente proyecto, en el convencimiento que la sensibilidad y elevado criterio de sus miembros, permitirán un rápido y feliz tratamiento