Decreto 90/2022

Texto actualizado con las modificaciones introducidas por Decreto 1996/22

La Plata, 1 de febrero de 2022

VISTO el expediente EX-2022-02900448- -GDEBA-DTAYLDLIIMPCEITGP, mediante el cual se propicia aprobar la estructura orgánico-funcional del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, y la Ley N° 15.164 modificada por la Ley N° 15.309, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires establece que el despacho de los negocios administrativos de la Provincia estará a cargo de dos o más Ministros/as Secretarios/as y una ley especial deslindará los ramos y las funciones adscriptas al despacho de cada uno de los Ministerios;

Que la Ley N° 15.164 modificada por la Ley N° 15.309 determina que el Poder Ejecutivo es asistido en sus funciones por los/las Ministros/as Secretarios/as, de acuerdo con las facultades y responsabilidades que ella les confiere;

Que, asimismo, prevé la potestad del Gobernador de aprobar las estructuras organizativas y funciones específicas correspondientes a las mismas;

Que el artículo 47 bis de la Ley N° 15.164 modificada por Ley N° 15.309 establece las competencias del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, determinando sus funciones y atribuciones particulares;

Que, como consecuencia de ello, resulta necesario determinar la estructura del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con los principios de coherencia, transparencia, austeridad, eficiencia y optimización de la Administración Pública;

Que se han expedido favorablemente la Dirección Provincial de Personal y la Dirección Provincial de Planificación y Gestión Estratégica del Empleo Público, ambas dependientes de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, la Dirección Provincial de Presupuesto Público de la Subsecretaría de Hacienda y la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público de la Subsecretaría de Coordinación Económica y Estadística, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que, en esta instancia, a fin de despachar con prontitud las tareas administrativas para el funcionamiento del organismo recientemente creado, se procede a la designación del Licenciado en Comunicación Social Tomás VIVIANI como Subsecretario Técnico, Administrativo y Legal y el Señor Federico Ismael SOTO como Director General de Administración, quienes reúnen los recaudos legales, las condiciones y aptitudes para desempeñar los cargos para los cuales han sido propuestos;

Que ha tomado intervención en razón de su respectiva competencia Asesoría General de Gobierno;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 8° y 9° de la Ley N° 15.164 y 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Aprobar, a partir del día 3 de enero de 2022, la estructura orgánico-funcional del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, de acuerdo al organigrama y acciones que, como Anexos I, Ia, Ib, Ic y Id (IF-2022-02897262-GDEBA-ICULGP) y Anexo II, IIa, IIb, IIc y IId (IF-2022-02897408-GDEBA-ICULGP), forman parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2°.- (Texto según Decreto 1996/22) Determinar para la estructura orgánico-funcional aprobada en el artículo precedente, los siguientes cargos: UN/A (1) Vicepresidente/a del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, con rango y remuneración equivalente al cargo de Subsecretario/a, UN/A (1) Secretario/a Ejecutivo/a, con rango y remuneración equivalente al cargo de Director/a, UN/A (1) Subsecretario/a Técnico/a, Administrativo/a y Legal, UN/A (1) Subsecretario/a de Políticas Culturales, UN/A (1) Subsecretario/a de Promoción Sociocultural, UN/A (1) Subsecretario/a de Industrias Creativas e Innovación Cultural, UN/A (1) Director/a General de Administración, UN/A (1) Director/a Provincial Técnico/a, Administrativo/a y Legal, UN/A (1) Director/a Provincial de Patrimonio Cultural, UN/A (1) Director/a Provincial de Artes, UN/A (1) Director/a Provincial de Coordinación de Políticas Culturales, UN/A (1) Director/a Provincial de Promoción de la Lectura, UN/A (1) Director/a Provincial de Promoción Sociocultural, UN/A (1) Director/a Provincial de Industrias Creativas y Economía de la Cultura, UN/A (1) Director/a Provincial de Promoción y Producción Cultural en Territorios, UN/A (1) Responsable de la Unidad Identidad Bonaerense con rango y remuneración equivalente al cargo de Director/a Provincial, UN/A (1) Responsable de la Unidad Participación y Prácticas Culturales Emergentes con rango y remuneración equivalente al cargo de Director/a Provincial, UN/A (1) Director/a Ejecutivo/a del Consejo Provincial de Teatro Independiente con rango y remuneración equivalente al cargo de Director/a Provincial, UN/A (1) Director/a Provincial de Comunicación y Prensa Cultural, UN/A (1) Director/a de Compras y Contrataciones, UN/A (1) Director/a de Contabilidad y Servicios Generales, UN/A (1) Director/a de Informática, UN/A (1) Director/a de Infraestructura Cultural, UN/A (1) Director/a Técnico/a, Administrativo/a y Legal, UN/A (1) Director/a Delegado/a de la Dirección Provincial de Personal, UN/A (1) Director/a del Complejo Museográfico Provincial Enrique Udaondo (Luján), UN/A (1) Director/a del Museo Histórico 17 de Octubre Quinta San Vicente, UN/A (1) Director/a del Museo y Biblioteca Juan Domingo Perón, UN/A (1) Director/a de Monumentos y Sitios Históricos, UN/A (1) Director/a Archivo Provincial Ricardo Levene, UN/A (1) Director/a del Museo Histórico Provincial Hudson, UN/A (1) Director/a del Museo Histórico Provincial Libres del Sud, UN/A (1) Director/a de Artes Visuales delMuseo Provincial de Bellas Artes Emilio Pettoruti, UN/A (1) Director/a del Museo de Arte Contemporáneo de Buenos Aires, UN/A (1) Director/a de Programación Cultural e Integración Regional, UN/A (1) Director/a de Diversidad y Prácticas Identitarias, UN/A (1) Director/a de Formación e Investigaciones Culturales, UN/A (1) Director/a de la Biblioteca Provincial Ernesto Sábato, UN/A (1) Director/a de Bibliotecas y Promoción de la Lectura, UN/A (1) Director/a de Infancia y Derechos Culturales, UN/A (1) Director/a de Integración Socioeducativa, UN/A (1) Director/a de Políticas Audiovisuales, UN/A (1) Director/a de Industrias Creativas y Cultura Digital, UN/A (1) Director/a de Innovación y Tecnologías Culturales, UN/A (1) Director/a de Promoción de Cultura en Cercanía, UN/A (1) Director/a de Festivales y Eventos Centrales, UN/A (1) Director/a de Ceremonial, UN/A (1) Director/a de Comunicación y Prensa, UN/A (1) Director/a de Contenidos Culturales, UN/A (1) Director/a de Comunicación y Prensa de Industrias Creativas e Innovación Cultural, UN/A (1) Director/a de Comunicación y Prensa de Políticas Culturales, todos ellos conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial; Ley N° 10.430 y su Decreto Reglamentario N° 4.161/96 (T.O. Decreto N° 1.869/96).

ARTÍCULO 3°.- Determinar el “Personal Jerarquizado sin estabilidad”, según determina el artículo 40 de la Ley N° 13.056 y el “Personal de Planta Permanente sin estabilidad artículo 6 inc. 1 a) de la Ley N° 12.268”, junto a las equivalencias de remuneraciones con el personal de Planta Permanente sin estabilidad de la Ley N° 10.430, conforme Anexos III (IF-2022-02897652-GDEBA-ICULGP) y IV (IF2022-02897845-GDEBA-ICULGP) que forman parte del presente Decreto.

ARTÍCULO 4°.- Determinar los cargos de: UN/A (1) Director/a General y Artístico/a del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino con rango y remuneración equivalente al cargo de Director/a Provincial de la Ley N° 10.430, UN/A (1) Director/a Administrativo/a del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, UN/A (1) Director/a de Mantenimiento y Servicios Auxiliares del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, UN/A (1) Director/a de Estudios del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, UN/A (1) Director/a de Producción Técnica del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, UN/A (1) Director/a del Teatro Auditorium y Sala Roberto J. Payró, UN/A (1) Director/a del Teatro de la Comedia, UN/A (1) Coordinador/a de los Organismos Artísticos del Sur todos ellos con rango y remuneración equivalente al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430, UN/A (1) Director/a del Centro de Experimentación y Creación del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, UN/A (1)

Director/a del Coro Estable del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, UN/A (1) Director/a del Ballet Estable del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, UN/A (1) Director/a de la Orquesta Estable del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, UN/A (1) Director/a del Coro Estable de Bahía Blanca, UN/A (1) Director/a del Ballet del Sur, UN/A (1) Director/a de la Orquesta Sinfónica Provincial de Bahía Blanca; estos últimos con rango y remuneración equivalente en un 90% al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430; y en todos los casos conforme Anexo III (IF-2022-02897652-GDEBAICULGP) y a la Ley N° 13.056 y su Decreto reglamentario N° 1.690/03.

ARTÍCULO 5°.- Determinar los cargos no estructurales correspondientes al Personal de Planta Permanente sin Estabilidad del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, dependiente de la Dirección General y Artística del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, mencionado en el artículo 6° inciso 1) a) de la Ley N° 12.268; de: UN/A (1) Director/a de la Camerata Académica del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, UN/A (1) Director/a del Coro de Niños del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, ambos con rango y remuneración equivalente en un 85% al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430, UN/A (1) Coordinador/a General de Escenario del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, con rango y remuneración equivalente en un 80% al cargo de

Director/a de la Ley N° 10.430, UN/A (1) Asistente del/ de la Director/a de Producción Técnica del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, con rango y remuneración equivalente en un 75% al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430, conforme Anexo IV (IF-2022-02897845-GDEBA-ICULGP) que forma parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 6°.- Absorber del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica las unidades orgánico-funcionales según se detalla en el Anexo V (IF-2022-02898109-GDEBA-ICULGP), que forma parte del presente, junto con sus programas, plantas de personal, créditos presupuestarios, patrimonio, recursos económicos, financieros y presupuestarios, según lo establecido en el citado anexo.

ARTÍCULO 7°.- Dejar establecido que las designaciones efectuadas en aquellas unidades orgánicofuncionales que no modificaron su denominación, hayan o no sufrido un cambio de dependencia jerárquica, como así también aquellas designaciones en unidades organizativas que sólo modificaron su denominación y se encuentran detalladas en el Anexo VI (IF-2022-02898205-GDEBA-ICULGP), quedan ratificadas por el presente decreto.

ARTÍCULO 8°.- Designar, a partir del día 3 de enero de 2022, en el cargo de Subsecretario Técnico, Administrativo y Legal, en el ámbito del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, al Licenciado en Comunicación Social Tomás VIVIANI (DNI N° 31.552.474 – Clase 1985).

ARTÍCULO 9°.- Designar, a partir del día 3 de enero de 2022, en el cargo de Director General de Administración, en el ámbito del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, al Señor Federico Ismael SOTO (DNI N° 32.992.452 – Clase 1987), de conformidad a lo establecido en los artículos 107, 108 y 109 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1.869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4.161/96.

ARTÍCULO 10.- Establecer que el/la titular del organismo deberá arbitrar los medios necesarios para efectuar la desagregación integral de la totalidad de la estructura orgánico-funcional, como así también, para la elaboración de las plantas de personal, innominadas y nominadas, con sujeción a la estructura organizativa aprobada por el presente, previa intervención de los organismos y dependencias competentes.

ARTÍCULO 11.- Dejar establecido que, hasta tanto se efectúe la desagregación integral de la estructura orgánico-funcional aprobada por el presente decreto, mantendrán su vigencia aquellas unidades organizativas con nivel inferior a dirección oportunamente aprobadas.

ARTÍCULO 12.- Establecer que el Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, propondrá al Ministerio de Hacienda y Finanzas las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el ejercicio presupuestario vigente.

ARTÍCULO 13.- Derogar los artículos 3°, 4° y 5° del Decreto N° 54/2020.

ARTÍCULO 14.- Dejar establecido que, hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias pertinentes, la atención de las erogaciones correspondientes a las unidades organizativas transferidas por el presente acto, se efectuará con cargo al presupuesto de origen.

ARTÍCULO 15.- El presente decreto será refrendado por los/as Ministros/as Secretarios/as en los Departamentos de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 16.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Augusto Eduardo Costa                                                                     Pablo Julio López

Ministro de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica                Ministro de Hacienda y Finanzas

Martín Insaurralde                                                                              Axel Kicillof

Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros                                   GOBERNADOR

ANEXO I

 

ANEXO II

INSTITUTO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

VICEPRESIDENCIA DEL INSTITUTO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

ACCIONES

1. Asistir a la Presidencia del Instituto Cultural en el diseño de las políticas culturales de la Provincia.

2. Intervenir en las actividades de las distintas áreas del Instituto Cultural para el cumplimiento de las políticas públicas y objetivos propuestos, a través de la formulación de herramientas de planificación y control de gestión.

3. Entender en la planificación y el seguimiento de la gestión del Instituto Cultural.

4. Gestionar ante organismos públicos y/o privados: becas, pasantías, subsidios y cualquier otra forma de financiamiento para particulares y/o entidades vinculadas al quehacer cultural, propendiendo a la distribución equitativa de los recursos públicos destinados a la cultura.

5. Diseñar e implementar metodologías de relevamiento, evaluación, difusión y proyección de las prácticas culturales en el territorio bonaerense.

6. Investigar y recopilar los datos y variables pertinentes para la diagramación y planificación de políticas culturales.

7. Proponer estrategias para la generación de recursos genuinos tendientes al desarrollo cultural.

8. Intervenir en la regionalización y la descentralización de las propuestas culturales y artísticas del Instituto Cultural, acordando los criterios con la Presidencia.

9. Trabajar junto con la Presidencia del Instituto Cultural en pos de consolidar el vínculo entre las producciones culturales de la Provincia y las instituciones educativas con asiento en la Provincia de Buenos Aires, de todos sus niveles y modalidades.

INSTITUTO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA EJECUTIVA

ACCIONES

1. Implementar los objetivos, las estrategias y los programas de gestión determinados por la Presidencia del Instituto Cultural.

2. Contribuir a la coordinación ejecutiva de todas las acciones que lleve a cabo el Instituto Cultural, planificando y proponiendo a consideración del/la Presidente/a, las recomendaciones en materia de conservación, promoción, enriquecimiento, difusión y extensión del patrimonio histórico y artístico de la Provincia; como así también las funciones que hacen a la administración de los recursos.

3. Asistir en la programación y evaluación de la temporada artística en todas sus manifestaciones, de acuerdo a las pautas fijadas por la Presidencia del Instituto Cultural.

4. Asistir a la presidencia y a las dependencias en la organización, dirección y supervisión de los organismos de la Ley N° 12.268 y el desarrollo de actividades artístico-culturales en todo el territorio provincial.

5. Promover la sustanciación de convenios de cooperación con instituciones públicas y privadas del orden municipal, provincial, nacional e internacional, en el ámbito de su competencia.

6. Asistir en el diseño de la regionalización y la descentralización de los servicios culturales provinciales.

7. Colaborar en la centralización de toda la información referida al accionar del Instituto y realizar estadísticas e informes periódicos a la Presidencia.

INSTITUTO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

UNIDAD IDENTIDAD BONAERENSE

ACCIONES

1. Desarrollar políticas que promuevan la recuperación de las tradiciones, memorias y prácticas emergentes como patrimonio intangible de la identidad bonaerense.

2. Diseñar y producir acciones de registro para el reconocimiento de las expresiones características de la Provincia de Buenos Aires con todas sus diversidades y contribuir a su circulación.

3. Trabajar de forma articulada con la Dirección Provincial de Comunicación y Prensa Cultural la producción de materiales, mensajes y propuestas de acción colectiva que recuperen los saberes, recursos naturales, historias, talentos, experiencias y trayectorias locales a fin de contribuir a generar políticas de integración social desde la cultura, vinculadas a aspectos educativos, sanitarios, laborales y de desarrollo comunitario.

4. Implementar acciones de circulación e intercambio de variadas prácticas culturales y disciplinas artísticas dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires.

5. Articular acciones para el posicionamiento y visibilización de una marca de identidad bonaerense con todas las políticas y áreas específicas del Instituto Cultural.

6. Incentivar a partir del desarrollo de modalidades de apoyo y financiamiento de actividades, proyectos y espacios de los territorios provinciales que prioricen procesos de fortalecimiento de la identidad.

7. Alentar la realización de eventos susceptibles de enriquecer la identidad provincial desde la diversidad cultural.

8. Propiciar y establecer acuerdos y asociaciones con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil para el desarrollo de iniciativas conjuntas que apunten al fortalecimiento de la identidad bonaerense.

9. Participar en los procesos de producción de información institucional vinculada a construir la transversalidad de las políticas culturales.

INSTITUTO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

UNIDAD PARTICIPACIÓN Y PRÁCTICAS CULTURALES EMERGENTES

ACCIONES

1. Coordinar y desarrollar el planeamiento estratégico para la consolidación de los procesos, programas y proyectos ligados a objetivos de democratización de la cultura, la participación y organización social, la integración y el respeto de las diversidades culturales.

2. Proteger, potenciar y visibilizar la articulación estratégica entre la cultura y la democracia como valor fundante de la convivencia, la justicia social, y el desarrollo soberano de los pueblos, a partir de la valoración de la participación social; la cercanía y el diálogo del Estado con la Sociedad; el respeto; reconocimiento de todas las diversidades culturales y el compromiso permanente por los derechos humanos.

3. Determinar las prioridades para la implementación de planes y programas estratégicos hacia el fortalecimiento de una cultura democrática y participativa, tendiente al pleno ejercicio de los derechos a la cultura en todo el territorio provincial.

4. Diseñar e implementar políticas públicas, programas y proyectos de promoción de la cultura de la participación ciudadana generando espacios de capacitación, foros, congresos y otras estrategias de gestión y producción cultural que transversalicen e incluyan las perspectivas locales y la pluralidad de actores/as territoriales contemplando criterios de edad, sexo-género, etnia, distribución geográfica, posibilidades de acceso, pluriculturalidad, intergeneracionalidad y discapacidad.

5. Promover que las acciones y políticas de la unidad incorporen enfoques, herramientas y procesos que tiendan a la sustentabilidad de la participación ciudadana y las prácticas culturales emergentes.

6. Desarrollar convocatorias específicas para el impulso de proyectos y propuestas emergentes, la participación ciudadana, la construcción de nuevos públicos, el intercambio de diversas manifestaciones y prácticas culturales.

7. Impulsar el trabajo de articulación, integración y colaboración mutua con organismos y/o instituciones estatales, privadas y de la sociedad civil locales, provinciales, nacionales e internacionales para potenciar el cumplimiento de los objetivos de participación, movilización social, organización, integración e inclusión de las diversidades y pluralismos culturales.

8. Proponer la celebración de acuerdos, contratos y convenios de trabajo, estudio e intercambio con otros organismos provinciales y/o instituciones públicas y/o privadas para la promoción y crecimiento de las políticas públicas impulsadas por la unidad.

9. Fomentar a través de la promoción de convenios de cooperación recíproca con Universidades y/o instituciones educativas la realización de foros, talleres, diplomaturas y posgrados.

10. Producir, coproducir e impulsar, a partir del trabajo articulado con la Dirección Provincial de Comunicación y Prensa Cultural, la producción de mensajes y materiales en distintos lenguajes que den cuenta de las acciones emergentes, creativas, de rescate de las memorias, las tradiciones, las expresiones colectivas, y los procesos de participación motorizados por el Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires.

11. Establecer y evaluar criterios para la implementación de estrategias de comunicación, difusión e intercambio para la circulación y puesta en común de las producciones realizadas o avaladas desde la unidad en articulación con la Dirección Provincial de Comunicación y Prensa Cultural.

12. Definir políticas, programas y/o acciones de formación y capacitación para ciudadanos y ciudadanas, organizaciones culturales y sociales, instituciones y áreas municipales en vinculación con la cultura para el desarrollo de habilidades; la producción de conocimientos; la actualización e incorporación de nuevos conceptos, metodologías, herramientas y tecnologías; la planificación y gestión; y la estimulación de la cultura de la participación, el respeto a la diversidad y la cultura democrática.

13. Alentar los procesos de gestión territorial para dar continuidad y robustecer las políticas culturales de la Provincia, estableciendo las articulaciones pertinentes y necesarias con las otras áreas del Instituto Cultural.

14. Favorecer y estimular la democratización de lenguajes artísticos/expresivos, la generación de espacios de participación y la circulación de sentidos para la valoración de las culturas locales, regionales y provinciales, sus manifestaciones y comunidades, convocando a la creación colectiva y plural.

15. Diseñar e implementar estrategias para la vinculación con las áreas municipales afines para el desarrollo de acciones mancomunadas y sostenidas para el fortalecimiento de la diversidad de acciones culturales regionales y locales que estimulen procesos de participación de los/as actores/as del sector y sus prácticas culturales emergentes.

16. Incorporar proyectos y herramientas tecnológicas para la producción y circulación de propuestas y bienes culturales que colaboren con los objetivos de la unidad.

17. Producir conocimientos sobre las modalidades y culturas organizacionales de las comunidades bonaerenses en el trabajo de reconocimiento, valoración y democratización del patrimonio intangible provincial.

18. Realizar informes, sistematizar datos y procesos de registro y memoria, y promover la implementación de espacios y herramientas de evaluación de todas las acciones de la unidad.

INSTITUTO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

CONSEJO PROVINCIAL DE TEATRO INDEPENDIENTE

DIRECCIÓN EJECUTIVA

ACCIONES

1. Otorgar los beneficios establecidos en la Ley N° 14.037 para la actividad teatral independiente conforme lo determine.

2. Ejercer la representación de la actividad teatral independiente ante organismos y entidades de distintos ámbitos y jurisdicciones.

3. Destinar los recursos de afectación específica asignados para su funcionamiento y aquéllos provenientes de su actividad.

4. Elevar a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Cultural las ponencias y sugerencias que estime para las autoridades, organismos y entidades de diversas jurisdicciones y ámbitos.

5. Organizar las Fiestas Regionales y la Fiesta Provincial de Teatro Independiente.

INSTITUTO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COMUNICACIÓN Y PRENSA CULTURAL

ACCIONES

1. Diseñar e instrumentar la política de comunicación y relaciones institucionales del Instituto Cultural.

2. Elaborar un plan de comunicación de los programas y acciones del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires utilizando tanto los servicios de comunicación audiovisual como los medios de comunicación masiva no tradicionales, las herramientas de comunicación directa y las redes sociales digitales.

3. Planificar, organizar y gestionar las actividades de prensa y comunicación que requiera el/la Presidente/a del Instituto Cultural, el/la Vicepresidente/a del Instituto Cultural, la Secretaría Ejecutiva, las distintas Subsecretarías y demás áreas y dependencias del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires.

4. Implementar y coordinar las políticas de comunicación del Instituto Cultural según las pautas del Plan Estratégico Integral del Gobierno de la provincia de Buenos Aires formulado por el Ministerio de Comunicación Pública de la provincia de Buenos Aires, de acuerdo al presupuesto asignado.

5. Planificar todas las acciones necesarias para crear, fomentar y mantener las relaciones y el contacto fluido con los medios masivos de comunicación.

6. Crear campañas comunicacionales para promover el ejercicio de los derechos culturales de la ciudadanía de la Provincia de Buenos Aires.

7. Promover y difundir, por diferentes medios, el acceso de las personas al patrimonio histórico, artístico y cultural de la Provincia de Buenos Aires, con el objetivo de visibilizar la diversidad cultural de la misma.

8. Fortalecer la identidad cultural bonaerense en su pluralidad, mediante la producción de contenidos que comuniquen y acerquen a los y las bonaerenses a las propuestas artísticas, recreativas y culturales del Instituto Cultural.

9. Coordinar el diseño, la producción y la redacción de contenidos multimediales relativos a las acciones del Instituto Cultural para su difusión en medios.

10. Gestionar las estrategias, programas y acciones de comunicación que permitan optimizar las relaciones entre las diferentes áreas del Instituto Cultural y de éstas con otros organismos provinciales y municipales.

11. Articular con el Ministerio de Comunicación Pública todo lo relacionado a la planificación comunicacional y de contenidos, ceremonial, protocolo, prensa y difusión institucional del Instituto Cultural.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COMUNICACIÓN Y PRENSA CULTURAL

DIRECCIÓN DE CEREMONIAL

ACCIONES

1. Programar, coordinar y ejecutar los aspectos organizativos, logísticos y ceremoniales de los eventos a los que asistan y ofrezcan las máximas autoridades del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires.

2. Atender con criterio anticipatorio y organizar las distintas tareas protocolares que realice el Instituto Cultural.

3. Mantener actualizados los preceptos vinculados al ceremonial y protocolo.

4. Organizar y controlar el efectivo cumplimiento del ceremonial institucional y protocolo en actos oficiales, visitas, ceremonias religiosas, patrióticas y/o civiles, congresos, jornadas, firma de convenios y todo otro evento en el que participen las máximas autoridades del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires.

5. Coordinar las relaciones con las áreas afines del Estado Nacional, de las Provincias y de los Municipios.

6. Recepcionar, registrar y contestar todas las invitaciones que reciba el/la Presidente/a del Instituto Cultural.

7. Articular con el Ministerio de Comunicación Pública los actos y ceremonias en los que participe el/la Presidente/a del Instituto Cultural y el/la Gobernador/a de la Provincia de Buenos Aires.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COMUNICACIÓN Y PRENSA CULTURAL

DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

ACCIONES

1. Coordinar y ejecutar la comunicación del Instituto Cultural para potenciar la difusión de las políticas culturales implementadas a nivel provincial, regional y municipal.

2. Proponer y elaborar la comunicación vinculada a las instituciones y políticas culturales de la provincia.

3. Instrumentar estrategias y campañas de comunicación sobre las políticas, programas, planes y acciones que implemente el Instituto Cultural y áreas dependientes, en coordinación con las áreas correspondientes.

4. Definir los lineamientos generales a seguir en materia de comunicación interna y externa del Instituto Cultural.

5. Coordinar las relaciones institucionales del Instituto Cultural, propendiendo al mantenimiento de vínculos formales a fin de articular acciones de interés común con todos los sectores culturales.

6. Articular con el Ministerio de Comunicación Pública la relación institucional del Instituto Cultural con los medios de comunicación, con el objetivo de fomentar y mantener las relaciones y el contacto fluido con los mismos.

7. Realizar el seguimiento de la gestión e identificar oportunidades de comunicación.

8. Implementar un archivo fotográfico y audiovisual adecuadamente organizado para el uso y la difusión pública del patrimonio histórico y artístico-cultural de la Provincia de Buenos Aires.

9. Establecer criterios para el envío de alertas, en tiempo real, de noticias urgentes de índole nacional y provincial vinculadas al campo de la cultura, y brindar un servicio informativo actualizado de la agenda pública y mediática relacionada con manifestaciones y prácticas artístico-culturales de interés provincial.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COMUNICACIÓN Y PRENSA CULTURAL

DIRECCIÓN DE CONTENIDOS CULTURALES

ACCIONES

1. Fijar pautas y criterios para producir contenidos en materia de Patrimonio, Arte y Cultura para su promoción y difusión en la sociedad.

2. Realizar piezas audiovisuales, gráficas, sonoras y narrativas sobre el patrimonio histórico y artístico-cultural de la Provincia de Buenos Aires para promover su conocimiento.

3. Diseñar productos comunicacionales que contribuyan a la preservación, promoción, enriquecimiento, difusión y extensión del acervo cultural bonaerense.

4. Producir piezas comunicacionales con fines educativos para fortalecer la identidad bonaerense, promoviendo la diversidad cultural y vigorizando la historias colectivas, comunitarias y regionales.

5. Ejecutar la producción integral de contenidos culturales para potenciar la difusión de las políticas implementadas por el Instituto Cultural.

6. Relevar y promover las acciones y/o producciones artísticas y culturales de establecimientos y espacios culturales gubernamentales, independientes, comunitarios y autogestivos, para maximizar su alcance y ampliar su incidencia comunicacional en la ciudadanía bonaerense.

7. Efectuar tareas de curaduría artístico-cultural con el objetivo de generar contenidos culturales desde un enfoque inclusivo, favoreciendo la democratización del arte y la cultural.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COMUNICACIÓN Y PRENSA CULTURAL

DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN Y PRENSA DE INDUSTRIAS CREATIVAS E INNOVACIÓN CULTURAL

ACCIONES

1. Ejecutar la comunicación de la Subsecretaría de Industrias Creativas e Innovación Cultural para potenciar la difusión de las políticas implementadas en los programas, acciones, proyectos y actividades, de injerencia regional y municipal.

2. Realizar el diseño de la comunicación de las actividades y acciones para que sean difundidos en los medios de comunicación masiva no tradicionales, las herramientas de comunicación directa y las redes sociales.

3. Efectuar la difusión y divulgación de las políticas implementadas en los programas, acciones, proyectos y actividades, de injerencia regional y municipal generados por las gestiones de la Subsecretaría de Industrias Creativas e Innovación Cultural.

4. Ejecutar la producción y redacción de contenidos relativos a las acciones impulsadas por la Subsecretaría de Industrias Creativas e Innovación Cultural.

5. Difundir la información y las actualizaciones del desarrollo de acciones impulsadas por la Subsecretaría de Industrias Creativas e Innovación Cultural en todo el territorio de la Provincia a través de una red coordinada de referentes/as locales, representantes y voceros/a de cada uno de los organismos y ministerios provinciales.

6. Realizar la producción general y el contenido audiovisual de las acciones de comunicación de la Subsecretaría de Industrias Creativas e Innovación Cultural.

7. Producir, editar y administrar el archivo de los registros fotográficos.

8. Producir, editar y administrar el archivo de los registros audiovisuales.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COMUNICACIÓN Y PRENSA CULTURAL

DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN Y PRENSA DE POLÍTICAS CULTURALES

ACCIONES

1. Ejecutar la comunicación de la Subsecretaría de Políticas Culturales para potenciar la difusión de las políticas implementadas en los programas, acciones, proyectos y actividades, de injerencia regional y municipal.

2. Realizar el diseño de la comunicación de las actividades y acciones para que sean difundidos en los medios de comunicación masiva no tradicionales, las herramientas de comunicación directa y las redes sociales.

3. Efectuar la difusión y divulgación de las políticas implementadas en los programas, acciones, proyectos y actividades, de injerencia regional y municipal generados por las gestiones de la Subsecretaría de Políticas Culturales.

4. Ejecutar la producción y redacción de contenidos relativos a las acciones impulsadas por la Subsecretaría de Políticas Culturales.

5. Difundir la información y las actualizaciones del desarrollo de acciones impulsadas por la Subsecretaría de Políticas Culturales en todo el territorio de la Provincia a través de una red coordinada de referentes/as locales, representantes y voceros/as de cada uno de los organismos y ministerios provinciales.

6. Realizar la producción general y el contenido audiovisual de las acciones de comunicación de la Subsecretaría de Políticas Culturales.

7. Producir, editar y administrar el archivo de los registros fotográficos.

8. Producir, editar y administrar el archivo de los registros audiovisuales.

ANEXO IIa

INSTITUTO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

ACCIONES

1. Supervisar los actos administrativos vinculados con la gestión contable, económica y financiera, en el ámbito del Instituto Cultural.

2. Coordinar la elaboración del proyecto del presupuesto anual del Instituto Cultural y controlar su ejecución, realizando los reajustes contables pertinentes y supervisar los ingresos y egresos de fondos y valores asignados a las dependencias del Instituto Cultural.

3. Coordinar y controlar las acciones relacionadas con el registro de los bienes patrimoniales y con la organización, programación y prestación de los servicios auxiliares necesarios al buen funcionamiento del organismo, como así también organizar, controlar y gestionar los actos vinculados a compras, contrataciones, actos licitatorios, liquidación de haberes y demás actividades vinculadas a su competencia.

4. Ordenar todas las actividades relacionadas con la administración del personal y el tratamiento y resolución de los temas laborales.

5. Organizar, mantener y prestar el servicio técnico-administrativo necesario y asesorar a las áreas del Instituto Cultural en cuestiones legales, sin perjuicio de las competencias propias de la Asesoría General de Gobierno y de la Contaduría General.

6. Coordinar los servicios y el mantenimiento de la infraestructura cultural que se encuentre bajo la responsabilidad del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires.

7. Organizar la administración de los recursos informáticos del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires.

8. Coordinar y controlar la celebración de convenios o acuerdos interinstitucionales tendientes a favorecer la cooperación, asistencia técnica y el intercambio de información.

SUBSECRETARÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

ACCIONES

1. Programar, controlar y ejecutar los actos administrativos vinculados con la gestión contable, económica y financiera, en el ámbito del Instituto Cultural.

2. Elaborar el proyecto del presupuesto anual del Instituto Cultural y controlar su ejecución, realizando los reajustes contables pertinentes.

3. Organizar, controlar y gestionar los ingresos y egresos de fondos y valores asignados a las dependencias del Instituto Cultural.

4. Ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el registro de los bienes patrimoniales y con la organización, programación y prestación de los servicios auxiliares necesarios al buen funcionamiento del organismo, como así también organizar, controlar y gestionar los actos vinculados a compras, contrataciones, actos licitatorios, liquidación de haberes y demás actividades vinculadas a su competencia.

5. Determinar y disponer las auditorías internas que deban llevarse a cabo, relacionadas con las operaciones administrativo-contables de las reparticiones de la jurisdicción.

6. Programar y coordinar el contralor de las erogaciones producidas por las distintas áreas del Instituto Cultural, antes y después de efectuarse, y previo a la intervención de los demás organismos competentes en la materia.

7. Organizar y controlar la aplicación y mantenimiento de los sistemas informáticos, como así también la utilización, control y registro de redes y computadoras personales, hardware y software, y asistencia a los/as usuarios/as de los sistemas, de conformidad con las pautas y criterios que emanen del Organismo Provincial rector de la materia.

8. Coordinar la gestión administrativa referida a los vehículos automotores y móviles en general utilizados en la jurisdicción.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

ACCIONES

1. Recibir y organizar los pedidos de adquisición o venta y contratación de bienes o servicios, gestionados por el Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, los que deberán estar acompañados de las pertinentes especificaciones técnicas y ajustarse a las previsiones de la normativa vigente.

2. Ejecutar y controlar la adquisición o venta de bienes y la contratación de servicios, en el ámbito del Instituto Cultural, de acuerdo a lo establecido en la normativa aplicable.

3. Elaborar el Programa Anual de Contrataciones del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires.

4. Confeccionar los Pliegos de Bases y Condiciones y/o toda documentación relacionada a la contratación de bienes y servicios que realice el Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires.

5. Coordinar, organizar y administrar el registro patrimonial de los bienes muebles e inmuebles, según las normas y reglamentaciones vigentes.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y SERVICIOS GENERALES

ACCIONES

1. Organizar, coordinar y determinar la implementación de todos los actos administrativo-contables necesarios para la gestión económica-financiera del Instituto Cultural, como así también la elaboración y control de ejecución del presupuesto.

2. Participar en la elaboración del proyecto de presupuesto anual del Instituto Cultural y controlar su ejecución, propiciando los reajustes contables pertinentes.

3. Organizar las actividades inherentes al control y gestión de los ingresos y egresos de fondos y valores asignados al Instituto Cultural por la Ley de Presupuesto, Cuentas de Terceros y otras formas, disponiendo la registración de su movimiento y la rendición de cuentas documentada y comprobable a la Contaduría General de la Provincia, con el detalle de la percepción y aplicación de dichos fondos y valores, conforme las normas vigentes.

4. Organizar e implementar las tareas inherentes a la liquidación y formulación de pedidos de fondos, de todo gasto que se abone a través de la Tesorería Jurisdiccional, así como a través de la Tesorería General de la Provincia.

5. Ordenar y controlar las actividades que hacen a la prestación de los servicios generales necesarios para el normal funcionamiento de las áreas y dependencias del Instituto Cultural.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA

ACCIONES

1. Planificar, coordinar e instrumentar los desarrollos informáticos que requiera el Instituto Cultural para la optimización de la gestión técnico-administrativa y la disponibilidad de la información para la toma de decisiones en tiempo y forma, atendiendo las políticas de la Provincia de Buenos Aires en la materia.

2. Administrar los recursos informáticos de la jurisdicción atendiendo las políticas de la Provincia de Buenos Aires y las establecidas por los organismos rectores en la materia.

3. Planificar, organizar y administrar, en coordinación con otras áreas con competencias en la materia, los servicios de telecomunicaciones del Instituto Cultural.

4. Evaluar la factibilidad técnico-operativa y coordinar la ejecución de todos los proyectos informáticos que se efectúen en el ámbito del Instituto Cultural, incluso los que se realicen a través de terceros/as y asesorar ante la adquisición de nuevos equipos y/o sistemas informáticos, accesorios y/o software, interviniendo en todas las etapas del trámite.

5. Establecer y controlar el cumplimento de las normas de seguridad para el resguardo de la integridad física y lógica de los recursos informáticos y de comunicaciones del Instituto Cultural.

6. Planificar e instrumentar la capacitación en materia informática dentro del Instituto Cultural, en articulación con el Instituto Provincial de la Administración Pública.

7. Organizar y brindar la asistencia técnica necesaria para el correcto funcionamiento de los recursos informáticos, de comunicaciones, equipos, redes, software y aplicaciones.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

DIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA CULTURAL

ACCIONES

1. Atender las necesidades en materia de servicios y mantenimiento de las instalaciones de todos los edificios que se encuentren bajo la responsabilidad del Instituto Cultural.

2. Coordinar y supervisar la asignación de espacios físicos y equipamiento técnico a fin de preservar, enriquecer y difundir el patrimonio histórico y artístico-cultural de la Provincia de Buenos Aires.

3. Organizar, programar y ejecutar las acciones de infraestructura y mantenimiento preventivo y correctivo de todos los edificios que se encuentren bajo la responsabilidad del Instituto Cultural.

4. Desarrollar políticas y acciones necesarias para la supervisión de la infraestructura cultural en el territorio.

5. Velar por la seguridad, habitabilidad y funcionalidad de la infraestructura cultural que se encuentre bajo la responsabilidad del Instituto Cultural.

6. Establecer las pautas de uso de todos los edificios que se encuentren bajo la responsabilidad del Instituto Cultural, con el objetivo de garantizar una utilización óptima y sustentable de la infraestructura cultural.

SUBSECRETARÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

DIRECCIÓN PROVINCIAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

ACCIONES

1. Coordinar todas las actividades relacionadas con la administración del personal y el tratamiento y resolución de los temas laborales, ejerciendo el debido control de la asistencia, confección y archivo de legajos y demás actividades vinculadas al tema.

2. Organizar, mantener y prestar el servicio técnico-administrativo necesario, diligenciando las actividades propias de la Mesa de Entradas y Archivo, Protocolización y Despacho, bibliotecas técnicas y archivo de documentación, y sistemas de información técnica.

3. Efectuar el control de legalidad y de gestión, previo a la intervención de los organismos provinciales competentes, evaluando la oportunidad, mérito y conveniencia de las percepciones, inversiones y destino de los fondos.

4. Realizar el encuadre legal de los distintos procedimientos implementados por las diversas áreas del Instituto Cultural y elaborar los informes definitivos y contestaciones de oficios a organismos nacionales, provinciales o municipales, o a los que pudiere corresponder.

5. Promover la creación de condiciones laborales para los agentes, en cumplimiento de la normativa en materia de higiene y medicina laboral.

DIRECCIÓN PROVINCIAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

DIRECCIÓN TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

ACCIONES

1. Programar, coordinar e implementar los actos administrativos necesarios para la atención del despacho de la jurisdicción, elaborando y proponiendo los anteproyectos de decretos, resoluciones, disposiciones, notas, convenios, y otros actos inherentes a la gestión, verificando el estricto cumplimiento de las normas legales de aplicación.

2. Organizar, implementar y controlar el debido registro de los actos administrativos que se dicten en el Instituto Cultural, como así también organizar y fiscalizar las tareas de la Mesa General de Entradas, y Archivo, el registro de las actuaciones que ingresen y egresen de dichas temáticas en la jurisdicción, el movimiento interno de las mismas y su archivo.

3. Efectuar el encuadre y análisis legal de los distintos procedimientos implementados en el Instituto Cultural y elaborar los informes definitivos y contestaciones de oficios a organismos nacionales, provinciales o municipales, o a los que pudiere corresponder.

4. Coordinar y supervisar el funcionamiento de bibliotecas técnicas, archivo de material bibliográfico y documentación, como asimismo la asignación de espacios físicos y equipamiento.

5. Proponer la realización de convenios o acuerdos interinstitucionales tendientes a favorecer la cooperación, asistencia técnica y el intercambio de información.

6. Coordinar la reformulación, evaluación, implementación y revisión integral de procesos, asuntos regulatorios y trámites que afecten a la jurisdicción.

DIRECCIÓN PROVINCIAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

DIRECCIÓN DELEGADA DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAL

ACCIONES

1. Coordinar y dirigir las actividades vinculadas con la administración de los recursos humanos asignados al Instituto Cultural, de acuerdo a las normativas, reglamentación y disposiciones determinadas para el sector, en un todo de acuerdo con las pautas emanadas del organismo rector en la materia.

2. Organizar y controlar las gestiones y trámites derivados de los temas laborales, y el cumplimiento de los deberes y derechos del personal, emitiendo opinión fundamentada en la normativa vigente en todas las actuaciones que se tramiten en el sector.

3. Planificar e implementar los procedimientos necesarios, a fin de controlar el efectivo cumplimiento y observación del régimen horario y de las normas de asistencia, puntualidad y permanencia en el lugar de trabajo por parte de los/as agentes, tomando intervención en el otorgamiento de permisos, comisiones y licencias previstos por los textos legales vigentes.

4. Organizar y mantener actualizado el sistema de registración de antecedentes del personal, mediante la elaboración de los legajos de cada agente, y controlar las certificaciones de servicios y trámites necesarios para la concesión de los beneficios jubilatorios.

5. Coordinar la atención de los temas que hacen al ordenamiento de los planteles básicos, movimiento y asignación del personal, carrera administrativa, capacitación interna, concursos y anteproyectos de estructuras, de acuerdo a las pautas fijadas, y concertando criterios con los organismos rectores en la materia.

6. Planificar, programar y desarrollar acciones tendientes a optimizar los sistemas de la información, capacitación y especialización de los recursos humanos del Instituto Cultural, de manera coordinada con el órgano rector en la materia.

7. Promover convenios para la realización de pasantías y prácticas rentadas en conjunto con Universidades y demás organismos educativos para las áreas del Instituto Cultural.

8. Coordinar y mantener actualizada la información del Personal y cumplimentar los requerimientos técnicos emanados por la Dirección Provincial de Personal.

9. Verificar el cumplimiento de las normas vigentes, procedimientos, directrices en materia de salud y seguridad en el trabajo, en coordinación con los organismos competentes en la materia.

10. Conformar, coordinar y supervisar el desarrollo de las actividades del equipo interdisciplinario, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la autoridad de aplicación de la Ley N° 14.893 y su Decreto Reglamentario N° 121/20, llevando el registro de los informes realizados por el equipo.

ANEXO IIb

INSTITUTO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS CULTURALES

ACCIONES

1. Determinar los objetivos, las estrategias de gestión y los mecanismos de control de gestión de la política provincial en materia de su competencia.

2. Definir e implementar los programas de gestión para el cumplimiento de los objetivos institucionales.

3. Promover el acceso al patrimonio histórico y a las actividades artístico-culturales a las y los habitantes de la provincia, en la totalidad de sus manifestaciones, atendiendo a la descentralización y distribución equitativa de los medios de producción cultural, favoreciendo la integración provincial.

4. Dirigir el funcionamiento de los organismos contemplados en la Ley N° 12.268 y del Archivo Histórico Provincial, museos y bibliotecas provinciales.

5. Consolidar el vínculo entre las producciones culturales y el desarrollo de las nuevas tecnologías.

6. Implementar acciones para garantizar el pleno funcionamiento de los distintos museos, en concordancia con las políticas de gestión en la materia.

7. Planificar, ejecutar y controlar la preservación de los bienes muebles e inmuebles del patrimonio bonaerense, coordinando las acciones tendientes a tales fines e implementando los programas diseñados para la preservación de los inmuebles pertenecientes al Estado Provincial incluidos en el régimen de protección previsto por el Decreto Provincial N° 5.839/89.

8. Diseñar, desplegar e implementar un plan de ediciones culturales de la Provincia de Buenos Aires, dirigido a la promoción de los/as autores/as bonaerenses, de la literatura vinculada a la cultura provincial, así como a registros fonográficos y audiovisuales.

9. Promover la conservación, protección, estudio, investigación y difusión del patrimonio histórico y artístico-cultural.

10. Organizar, dirigir y supervisar el desarrollo de actividades artístico-culturales en todo el territorio provincial.

11. Fomentar y estimular la investigación y producción de los valores artístico-culturales locales.

12. Celebrar convenios de cooperación con instituciones públicas y privadas del orden municipal, provincial, nacional e internacional.

13. Facilitar y fortalecer los mecanismos de organización regional, en el ámbito de su competencia, garantizando la participación efectiva de los municipios e instituciones intermedias, en la implementación de programas culturales.

14. Atender la articulación de sus acciones específicas con las distintas áreas del gobierno provincial con competencias concurrentes, especialmente con las instituciones de educación formal y el turismo.

15. Implementar acciones específicas para el desarrollo de las distintas actividades artísticas, estableciendo programas de estímulo, premios, becas, subsidios y créditos para el fomento de las mismas.

16. Intervenir en la proyección de la producción cultural provincial en los ámbitos regional, nacional e internacional estimulando la labor de las entidades y organismos privados que desarrollen tales actividades en la Provincia.

17. Instrumentar las políticas adecuadas para la generación de recursos genuinos tendientes al desarrollo cultural.

18. Promover la regionalización y la descentralización de los servicios culturales provinciales, con los criterios establecidos en la normativa correspondiente.

19. Promover las realizaciones culturales juveniles, alternativas e innovadoras.

20. Diseñar y definir una perspectiva de género y diversidad que atraviese todas las acciones de la Subsecretaría en coordinación con los lineamientos establecidos desde el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual del Gobierno de la Provincia.

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS CULTURALES

DIRECCIÓN GENERAL Y ARTÍSTICA DEL CENTRO PROVINCIAL DE LAS ARTES TEATRO ARGENTINO

ACCIONES

1. Diseñar y programar la temporada artística anual del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino.

2. Organizar y proponer la actuación de los cuerpos estables y de la Camerata Académica dentro y fuera del ámbito del Teatro.

3. Proponer y elevar las bases para los concursos internos o abiertos para la selección de los/as aspirantes a los cuerpos artísticos estables.

4. Elevar a consideración la designación de jurados para los concursos de selección de aspirantes a los cuerpos artísticos estables.

5. Proponer y celebrar los contratos con la participación de artistas y empresarios/as.

6. Organizar y supervisar el funcionamiento interno del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino respecto a los aspectos organizativos, operativos, artísticos, de administración y gestión, conforme las pautas establecidas por el Instituto Cultural.

DIRECCIÓN GENERAL Y ARTÍSTICA DEL CENTRO PROVINCIAL DE LAS ARTES TEATRO ARGENTINO

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DEL CENTRO PROVINCIAL DE LAS ARTES TEATRO ARGENTINO

ACCIONES

1. Planificar, coordinar, supervisar y ejecutar el plan de actividades para la temporada diseñada, de acuerdo con las pautas emanadas de la Dirección General y Artística del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino.

2. Proponer ante la Dirección General y Artística del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino los precios de las localidades y el espoleo oficial para las distintas actividades programadas, los que serán aprobados por las autoridades del Instituto Cultural, cuidando especialmente que los precios sean accesibles a la población en general.

3. Gestionar y supervisar los contratos con artistas, empresarios y organismos gubernamentales y no gubernamentales destinados a las actividades propias del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino.

4. Proponer la participación del personal para la realización de las distintas actividades necesarias para el correcto y normal funcionamiento del Teatro.

5. Elaborar y elevar el anteproyecto del presupuesto anual de la dependencia.

6. Confeccionar y elevar un informe que contenga las necesidades de insumos y servicios que garanticen el correcto funcionamiento del Teatro.

DIRECCIÓN GENERAL Y ARTÍSTICA DEL CENTRO PROVINCIAL DE LAS ARTES TEATRO ARGENTINO

DIRECCIÓN DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS AUXILIARES DEL CENTRO PROVINCIAL DE LAS ARTES TEATRO ARGENTINO

ACCIONES

1. Programar, organizar y dirigir la prestación de los servicios de mantenimiento edilicio integral, maestranza, mayordomía, expedición, conmutador, traslado de bienes muebles y otros, necesarios para el normal funcionamiento del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino.

2. Supervisar la conservación en perfecto estado de higiene de todas las dependencias del Teatro, como asimismo la seguridad del edificio y sus instalaciones, atendiendo las disposiciones y recomendaciones de la Dirección de Infraestructura Cultural.

3. Proponer los proyectos de reparaciones, modificaciones, ampliaciones y ejecución de obras, que serán elevados a consideración de la Dirección de Infraestructura Cultural.

4. Elaborar la documentación y la confección de planos, en todos los casos necesarios.

5. Realizar la planificación, programación y ejecución de las tareas correspondientes al mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones edilicias en articulación con la Dirección de Infraestructura Cultural.

6. Organizar y controlar el funcionamiento de los talleres generales de mantenimiento.

7. Controlar el estado de funcionamiento de las instalaciones y la prestación de los servicios (elevación de agua potable, sanitarias, climatización, sistema de transporte vertical, iluminación, limpieza, seguridad, entre otros), emitiendo los reportes a la Dirección de Infraestructura Cultural.

8. Asistir en el rediseño de los espacios e instalaciones complementarias para el cumplimiento de los programas y/o eventos a desarrollarse en el ámbito del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino.

9. Participar con el/la Director/a General y Artístico/a en la confección de pliegos y en todos los procesos de licitación referidos a su ámbito de competencia.

10. Organizar y mantener el archivo digital de documentación técnica del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino referido a cuestiones edilicias, en coordinación con la Dirección General de Administración del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires.

11. Mantener actualizados e informados el rol de evacuación a todos/as los/as usuarios/as del edificio, y controlar la realización de las rutinas de prueba de los sistemas de seguridad siniestral.

12. Participar con el/la Director/a General y Artístico/a en la elaboración de los programas de capacitación para el personal de las áreas bajo su dependencia.

DIRECCIÓN GENERAL Y ARTÍSTICA DEL CENTRO PROVINCIAL DE LAS ARTES TEATRO ARGENTINO

DIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN TÉCNICA DEL CENTRO PROVINCIAL DE LAS ARTES TEATRO ARGENTINO

ACCIONES

1. Evaluar y controlar el cumplimiento de los planes de trabajo de cada una de las secciones a su cargo, en cada una de las etapas de realización.

2. Evaluar y controlar las actividades de realización técnica desarrolladas por cada una de las secciones a su cargo, tanto en los ensayos de escena pre-general, general y funciones.

3. Controlar las actividades de realización técnica de los espectáculos que se desarrollen en el Centro Provincial.

4. Evaluar y controlar las actividades que se desarrollan en las salas de ensayo y en el escenario, coordinando acciones con el área artística.

5. Asegurar la factibilidad técnica y operativa de la programación a cumplir.

DIRECCIÓN GENERAL Y ARTÍSTICA DEL CENTRO PROVINCIAL DE LAS ARTES TEATRO ARGENTINO

DIRECCIÓN DE ESTUDIOS DEL CENTRO PROVINCIAL DE LAS ARTES TEATRO ARGENTINO

ACCIONES

1. Organizar, coordinar, supervisar y controlar las actividades de todos los cuerpos estables del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, referente al uso de los espacios, la participación de los recursos humanos y tareas administrativas.

2. Elaborar y proponer, con la participación de los cuerpos estables el presupuesto artístico anual y de cada espectáculo.

3. Elaborar un cronograma de tareas anual para cumplir con la actividad programada de todos los cuerpos artísticos.

4. Coordinar y definir los espacios y la cantidad de eventos para las distintas actividades artísticas, de los cuerpos estables, como ensayos, funciones, etc., con la participación de la Dirección de Producción Técnica.

5. Programar y publicar semanalmente el plan de actividades, precisando espacios y horarios.

6. Coordinar con la Dirección de la Orquesta Estable, la programación y producción de eventos a representarse, en las distintas instancias de los mismos: ensayos, pre-general y general, en lo atinente al resultado sonoro en sus distintas facetas.

7. Intervenir en la disponibilidad de material de orquesta, partituras e instrumentos especiales.

8. Programar, organizar, supervisar y controlar las tareas de archivo musical y copistería.

9. Elaborar conjuntamente con los cuerpos estables, las bases y requerimientos de los concursos y audiciones del personal artístico.

10. Establecer los lineamientos de experimentación artística sobre los cuales se desarrollarán las actividades y espectáculos del Centro de Experimentación y Creación.

11. Coordinar con la Dirección del Centro de Experimentación y Creación, la programación y producción de eventos a representarse, en las distintas instancias de los mismos: ensayos, pre-general y general.

12. Integrar jurados de concursos y audiciones.

13. Controlar y ajustar el desarrollo integral de cada espectáculo y el desempeño de los elencos estables.

14. Evaluar los préstamos de material musical a otros organismos.

15. Atender los asuntos administrativos y de funcionamiento de los elencos artísticos y auxiliares artísticos.

DIRECCIÓN DE ESTUDIOS DEL CENTRO PROVINCIAL DE LAS ARTES TEATRO ARGENTINO

DIRECCIÓN DEL CORO ESTABLE DEL CENTRO PROVINCIAL DE LAS ARTES TEATRO ARGENTINO

ACCIONES

1. Preparar y dirigir musical y dramáticamente los coros del repertorio que establezca la Dirección General y Artística del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, fijando los ensayos necesarios para llegar en tiempo y forma al ensayo de escena.

2. Programar semanalmente tipo y horario de ensayos en sala de coro.

3. Dirigir el coro en los ensayos de escena, en ausencia del director del espectáculo y los coros internos que requieran las partituras.

4. Integrar jurados en concursos y audiciones de coreutas.

5. Programar y coordinar las actividades del Coro Estable para su presentación fuera del ámbito del Teatro.

6. Proponer el reglamento interno de trabajo del Coro Estable.

DIRECCIÓN DE ESTUDIOS DEL CENTRO PROVINCIAL DE LAS ARTES TEATRO ARGENTINO

DIRECCIÓN DEL BALLET ESTABLE DEL CENTRO PROVINCIAL DE LAS ARTES TEATRO ARGENTINO

ACCIONES

1. Proponer, preparar y dirigir el repertorio de obras (nuevas o reposiciones) que establezca la Dirección General y Artística del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino, fijando los ensayos necesarios para llegar en tiempo y forma al ensayo de escena.

2. Programar semanalmente tipo y horario de ensayos en sala del Ballet.

3. Establecer los tiempos de preparación físico-técnicos de las y los integrantes del Ballet para su desenvolvimiento en cada título a representar.

4. Integrar jurados en concursos y audiciones de bailarines/as y maestros/as acompañantes de clases de baile.

5. Proponer a la Dirección General y Artística del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino coreógrafos/as invitados/as para intervenir en la programación anual.

6. Proponer el reglamento interno de trabajo del Ballet Estable.

7. Designar el elenco de bailarines/as participantes en los distintos programas de ballet, asignando los roles de cada uno/a.

8. Supervisar el desarrollo de los ensayos y funciones en los cuales participan coreógrafos/as invitados/as.

9. Proponer la contratación de primeros/as bailarines/as para intervenir en la programación artística del Organismo.

10. Programar y coordinar las actividades del Ballet Estable para su presentación fuera del ámbito del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino.

11. Atender los asuntos administrativos y de funcionamiento del Ballet Estable.

12. Supervisar y evaluar el rendimiento individual de cada bailarín y bailarina y colectivo del cuerpo a efectos de mantener vigente un nivel de excelencia en el desempeño artístico y mantener la calidad en el rendimiento del cuerpo de baile.

DIRECCIÓN DE ESTUDIOS DEL CENTRO PROVINCIAL DE LAS ARTES TEATRO ARGENTINO

DIRECCIÓN DE LA ORQUESTA ESTABLE DEL CENTRO PROVINCIAL DE LAS ARTES TEATRO ARGENTINO

ACCIONES

1. Supervisar y controlar los aspectos musicales de los cuerpos artísticos estables.

2. Participar en la elaboración del plan de actividades de la programación anual para los cuerpos artísticos, con la Dirección General y Artística.

3. Participar en la elaboración de las bases y requerimientos de los concursos y audiciones para la selección del personal artístico.

4. Integrar jurados de concursos internos, públicos y abiertos, y audiciones.

5. Elaborar y proponer el reglamento interno de la Orquesta Estable y colaborar en la elaboración de los reglamentos internos de los elencos estables.

6. Preparar, coordinar, y dirigir la actuación de las y los integrantes de la Orquesta Estable para la presentación en los distintos espectáculos, óperas, conciertos, entre otros, de acuerdo a la programación establecida por la Dirección General y Artística.

7. Organizar las actividades de la Orquesta Estable en sus presentaciones fuera del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino.

8. Evaluar el rendimiento individual y colectivo del cuerpo para mantener un nivel de excelencia en el rendimiento de la Orquesta Estable.

9. Proponer músicos/as de refuerzo.

DIRECCIÓN DE ESTUDIOS DEL CENTRO PROVINCIAL DE LAS ARTES TEATRO ARGENTINO

DIRECCIÓN DEL CENTRO DE EXPERIMENTACIÓN Y CREACIÓN DEL CENTRO PROVINCIAL DE LAS ARTES TEATRO ARGENTINO

ACCIONES

1. Elaborar y proponer los criterios de experimentación artística sobre los cuales se desarrollarán las actividades.

2. Programar los espectáculos experimentales estableciendo el contacto con los/as artistas intervinientes.

3. Coordinar, supervisar y controlar las actividades artísticas de los cuerpos que intervengan en las funciones experimentales.

4. Elaborar el plan de actividades de la programación anual, con la participación de la Dirección General y Artística.

5. Coordinar la producción de los espectáculos del Centro de Experimentación y Creación con la Dirección de Estudios y la Dirección de Producción Técnica.

6. Colaborar con la asistencia al montaje de los espectáculos.

7. Integrar jurados de concursos internos y externos.

8. Elaborar las bases y requerimientos de los concursos y audiciones de personal artístico.

9. Colaborar en la elaboración de los reglamentos internos.

10. Programar y coordinar todas las actividades a desarrollarse en el espacio del Centro de Experimentación y Creación.

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS CULTURALES

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO CULTURAL

ACCIONES

1. Implementar acciones de funcionamiento de los distintos museos, en concordancia con las políticas de gestión en la materia.

2. Planificar, ejecutar y controlar la preservación de los bienes muebles e inmuebles del patrimonio bonaerense, coordinando las acciones tendientes a tales fines e implementando los programas diseñados para la preservación de los inmuebles pertenecientes al Estado Provincial incluidos en el régimen de protección previsto por el Decreto Provincial N° 5.839/89.

3. Desarrollar y coordinar acciones tendientes a la conservación del Patrimonio Monumental y Museológico por medio de asesoramientos profesionales y técnicos.

4. Proponer la implementación de programas de preservación, reutilización y refundación de Museos, Monumentos y Sitios Históricos, y coordinar la puesta en práctica de tareas de exposición y difusión de las colecciones históricas, artísticas y/o científicas de los Museos de la Provincia.

5. Conservar, promover y difundir el acervo archivístico, folclórico, de artes visuales, los monumentos y sitios históricos, los yacimientos arqueológicos y paleontológicos de la Provincia de Buenos Aires.

6. Planificar y evaluar acciones tendientes a la conservación de los edificios dependientes del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, como así también la conservación, investigación, difusión y acrecentamiento de sus colecciones.

7. Coordinar, administrar y actualizar los criterios para el registro de los bienes y documentos que conforman el patrimonio cultural de la Provincia.

8. Investigar y asesorar respecto a la normativa y procedimiento de aplicación vigente en materia de preservación de bienes históricos culturales y de los yacimientos arqueológicos y paleontológicos de la Provincia de Buenos Aires.

9. Elaborar, analizar y evaluar anteproyectos de ley y cualquier otra normativa para ser elevada al Poder Ejecutivo, en materia de declaración de monumentos y sitios históricos, de acuerdo con la Ley N° 10.419 y/o las normas legales que se dicten

10. Supervisar y controlar técnicamente los archivos de los poderes públicos de la Provincia de Buenos Aires, de acuerdo con las normas vigentes.

11. Planificar y ejecutar acciones de custodia, seguridad y restauración de las colecciones existentes y las que se incorporen.

12. Asesorar en materia de investigaciones históricas a los poderes públicos de la Provincia de Buenos Aires, como así también a investigadores/as de la Provincia, del país o del extranjero.

13. Organizar y mantener actualizado el registro documental del Archivo Histórico.

14. Realizar publicaciones, actos, visitas guiadas y otros elementos técnicos de finalidad cultural, relacionados con la vida y obra del escritor y naturalista Guillermo E. Hudson y el patrimonio del Museo.

15. Difundir el sitio de emplazamiento del Museo Histórico Provincial Guillermo E. Hudson como reserva ecológica, para el estudio y la difusión de la flora y la fauna autóctona de esta zona de la Provincia de Buenos Aires.

16. Analizar y asesorar con relación a la aceptación de donaciones o adquisiciones de piezas y/o documentos de interés para los museos, como asimismo en lo relacionado a intercambio con otros organismos.

17. Orientar el accionar de la Asociación Amigos del Museo relacionadas al Museo Histórico Provincial Guillermo E. Hudson.

18. Evaluar y elevar convenios con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en materia de asistencia y colaboración técnica.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO CULTURAL

DIRECCIÓN DEL COMPLEJO MUSEOGRÁFICO PROVINCIAL ENRIQUE UDAONDO (LUJÁN)

ACCIONES

1. Planificar y ejecutar acciones tendientes a la conservación, acrecentamiento, investigación y difusión de las colecciones del Complejo Museográfico, integrado por el Museo Colonial Histórico, el Museo del Transporte, el Archivo Estanislao Cevallos y la Biblioteca Enrique Peña.

2. Planificar y ejecutar acciones de custodia, seguridad, registro de bienes y restauración de las colecciones existentes y las que se incorporen.

3. Asesorar y prestar colaboración a las instituciones educacionales en sus objetivos culturales y didácticos.

4. Promover y difundir mediante publicaciones, actos, visitas guiadas y otros elementos técnicos de finalidad cultural, el patrimonio museográfico.

5. Asesorar en materia de compra, préstamo o donación de piezas, objetos o documentos que constituyen el acervo del museo según la legislación vigente.

6. Proponer la celebración de convenios con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en materia de asistencia y colaboración técnica.

7. Orientar el accionar de las Asociaciones de Amigos relacionadas al Complejo Museográfico Provincial Enrique Udaondo (Luján).

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO CULTURAL

DIRECCIÓN DEL MUSEO HISTÓRICO 17 DE OCTUBRE QUINTA SAN VICENTE

ACCIONES

1. Planificar y ejecutar acciones tendientes a promocionar las colecciones albergadas y/o exhibidas, la historia y la cultura provincial y nacional.

2. Asesorar y prestar colaboración a las instituciones educacionales en sus objetivos culturales y didácticos.

3. Asesorar en materia de compra, préstamo o donación de piezas, objetos o documentos que constituyen el acervo del museo según legislación vigente.

4. Prestar un servicio de interés público, haciendo accesible el conocimiento de la institución y su patrimonio histórico, bibliográfico y documental.

5. Ejecutar acciones tendientes al registro, seguridad, restauración, conservación, acrecentamiento, investigación y difusión de las colecciones del Museo Histórico “17 de Octubre Quinta San Vicente”.

6. Proponer la celebración de convenios con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en materia de asistencia y colaboración técnica.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO CULTURAL

DIRECCIÓN DEL MUSEO Y BIBLIOTECA JUAN DOMINGO PERÓN

ACCIONES

1. Planificar y ejecutar acciones tendientes al registro, conservación, acrecentamiento, investigación, promoción y difusión de las colecciones del Museo y Biblioteca Provincial Juan Domingo Perón.

2. Promover y difundir mediante publicaciones, actos, visitas guiadas y otros elementos técnicos de finalidad cultural, el patrimonio museográfico.

3. Proponer, organizar y difundir muestras temporarias e itinerantes del patrimonio museográfico.

4. Asistir y colaborar con investigadores/as y estudiosos/as, asegurando el acceso adecuado y la preservación de los bienes patrimoniales del Museo.

5. Analizar y asesorar respecto de la aceptación de donaciones o adquisiciones de piezas y/o documentos de interés para la institución, como así también en lo relacionado a préstamos a otros organismos.

6. Orientar las acciones de la Asociación Amigos del Museo relacionadas al Museo y Biblioteca Juan Domingo Perón.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO CULTURAL

DIRECCIÓN DE MONUMENTOS Y SITIOS HISTÓRICOS

ACCIONES

1. Desarrollar las acciones dispuestas por la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural tendientes a la planificación, ejecución y control de la preservación de los bienes muebles e inmuebles del patrimonio bonaerense, coordinando las acciones tendientes a tales fines.

2. Coordinar las acciones conducentes a la implementación de los programas diseñados por la Dirección Provincial para la preservación de los inmuebles pertenecientes al Estado Provincial incluidos en el régimen de protección previsto por el Decreto Provincial N° 5.839/89.

3. Desarrollar y coordinar acciones tendientes a la conservación del Patrimonio Monumental y Museológico por medio de asesoramientos profesionales y técnicos.

4. Proponer el accionar para la preservación del patrimonio arqueológico, paleontológico y de los yacimientos de la Provincia de Buenos Aires, monitoreando los programas diseñados por la Dirección Provincial para su conservación, investigación y registro.

5. Interactuar con los organismos de igual carácter en el orden municipal, provincial y/o regional, con el fin de desarrollar acciones conjuntas tendientes a la preservación del patrimonio.

6. Evaluar y proponer proyectos normativos provinciales tendientes al reconocimiento y manejo de los Bienes Museológicos y Monumentales de la Provincia de Buenos Aires.

7. Proponer la implementación de programas de preservación y refundación de Museos, Monumentos y Sitios Históricos, y coordinar la puesta en práctica de tareas de exposición y difusión de las colecciones históricas, artísticas y/o científicas de los Museos de la Provincia.

8. Desarrollar la planificación de proyectos conjuntos con Organismos de la estructura del Gobierno Provincial que actúen sobre bienes de valor patrimonial histórico, artístico o científico; así como los monumentos y sitios históricos provinciales; y los reservorios arqueológicos y paleontológicos.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO CULTURAL

DIRECCIÓN ARCHIVO PROVINCIAL RICARDO LEVENE

ACCIONES

1. Planificar y ejecutar acciones de custodia, seguridad y restauración de las colecciones existentes y las que se incorporen.

2. Asesorar en materia de investigaciones históricas a los poderes públicos de la Provincia de Buenos Aires.

3. Asesorar y prestar la colaboración pertinente a investigadores/as de la Provincia, del país o del extranjero.

4. Organizar y mantener actualizado el registro documental del Archivo Histórico.

5. Prestar los servicios bibliográficos relacionados con la historia provincial, argentina y americana.

6. Proponer la celebración de convenios con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en materia de asistencia y colaboración técnica.

7. Realizar investigaciones sobre la historia de la Provincia reuniendo a tal efecto la documentación técnica correspondiente, a fin de acrecentar la documentación y difundir el material que integra el patrimonio de la Dirección.

8. Ejecutar acciones tendientes a la preservación de la documentación histórica de la Provincia, de acuerdo a la normativa legal vigente.

9. Difundir el material histórico que integra el patrimonio de la Dirección, en coordinación con la Dirección Provincial de Comunicación y Prensa Cultural.

10. Ejercer la supervisión y el control técnico de los archivos de los poderes públicos de la Provincia de Buenos Aires, de acuerdo con las normas vigentes.

11. Elevar a la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural la programación anual y las necesidades presupuestarias.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO CULTURAL

DIRECCIÓN DEL MUSEO HISTÓRICO PROVINCIAL HUDSON

ACCIONES

1. Difundir la vida y obra del escritor y naturalista Guillermo E. Hudson.

2. Difundir el sitio de emplazamiento del Museo como reserva ecológica, para el estudio y la difusión de la flora y la fauna autóctona de esta zona de la Provincia de Buenos Aires.

3. Recopilar y difundir mediante publicaciones, actos, visitas guiadas y otros elementos técnicos de finalidad cultural, el patrimonio del Museo, en coordinación con la Dirección Provincial de Comunicación y Prensa Cultural.

4. Analizar y asesorar con relación a la aceptación de donaciones o adquisiciones de piezas y/o documentos de interés para la institución, como asimismo en lo relacionado a intercambio con otros organismos.

5. Orientar el accionar de la Asociación Amigos del Museo.

6. Confeccionar y mantener actualizado un registro de los bienes patrimoniales del Museo.

7. Asistir y colaborar con investigadores/as y estudiosos/as, asegurando el acceso adecuado y la preservación de los bienes patrimoniales del Museo.

8. Elevar a la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural la programación anual y las necesidades presupuestarias.

9. Desarrollar un programa de interpretación y protección de la fauna y la flora autóctona de la provincia, como aspecto de la identidad provincial.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO CULTURAL

DIRECCIÓN DEL MUSEO HISTÓRICO PROVINCIAL LIBRES DEL SUD

ACCIONES

1. Asistir y asesorar a instituciones educacionales, colaborando en función de los objetivos culturales y didácticos de los mismos.

2. Organizar las actividades relacionadas con la conservación, exposición, investigación y acondicionamiento de las colecciones museológicas, asegurando la difusión y conocimiento del patrimonio cultural.

3. Registrar, preservar, custodiar y catalogar técnicamente el patrimonio artístico del Museo.

4. Proponer la celebración de convenios con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, en materia de asistencia y colaboración técnica.

5. Orientar el accionar de la Asociación Amigos del Museo Histórico Provincial Libres del Sud.

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS CULTURALES

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ARTES

ACCIONES

1. Estimular, difundir y promocionar las artes en todas sus manifestaciones apoyando la actividad de los/as artistas y creadores/as argentinos/as, dentro y fuera del país, y fomentar la cooperación y el intercambio con organismos nacionales e internacionales

2. Dirigir y programar las actividades de los Museos y organismos estables con dependencia de la Dirección Provincial de Artes.

3. Asistir a la Subsecretaría de Políticas Culturales en la programación de las actividades artísticas y culturales.

4. Promover y difundir las artes plásticas en la Provincia mediante la programación, ejecución y coordinación de actividades con los organismos propios, provinciales, municipales y privados que correspondiere.

5. Fomentar la realización de muestras y exposiciones fijas o itinerantes, cursos, conferencias, salones, asesoría técnica, talleres de plástica y toda otra actividad conducente al logro de estos objetivos.

6. Asesorar a la Dirección Provincial de Comunicación y Prensa Cultural en la promoción y difusión de las artes plásticas, musicales y escénicas.

7. Asesorar a la Subsecretaría de Políticas Culturales y a los distintos organismos y áreas del Instituto Cultural, en lo concerniente al patrimonio artístico mediante la adquisición de obras de arte a título oneroso y/o gratuito, realizando las tramitaciones que correspondieren para su incorporación a su lugar de destino.

8. Difundir las actividades desarrolladas a través de la itinerancia de las actividades artísticas de su injerencia.

9. Realizar exposiciones temáticas y temporarias que permitan conocer y profundizar los acontecimientos fundacionales de la identidad provincial, Argentina y Latinoamericana, acompañada con ciclos de debates, conferencias, seminarios, cine, música, poesía, teatro y danzas.

10. Fomentar actividades educativas para niños/as, jóvenes, público en general y la capacitación a través de visitas guiadas, cursos y talleres.

11. Realizar ediciones de catálogos de las exposiciones.

12. Promover el estudio y la práctica de las diversas músicas que se producen en la provincia, la Argentina y en el Extranjero.

13. Mantener y conservar un archivo sonoro, fonográfico, fotográfico, de instrumentos musicales aborígenes y criollos, manuscritos y partituras de música argentina.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ARTES

DIRECCIÓN DE ARTES VISUALES DEL MUSEO PROVINCIAL DE BELLAS ARTES EMILIO PETTORUTI

ACCIONES

1. Preservar, promover, difundir y acrecentar las tradiciones y el desarrollo pluralista de las artes visuales bonaerenses.

2. Promover actividades y eventos artístico-culturales como el dibujo, la pintura, la escultura, el grabado y la cerámica, incorporando las nuevas modalidades como la ilustración, el humor gráfico, el diseño gráfico, el diseño industrial, la fotografía, la arquitectura, las experiencias espaciales, las instalaciones y nuevas tecnologías como el arte digital, performances y videos, entre otras.

3. Orientar el accionar de la Asociación Amigos del Museo Provincial de Bellas Artes.

4. Organizar y promover actividades y eventos artístico-culturales: clínicas, salones, talleres, capacitaciones y asistencias técnicas, entre otros.

5. Preservar, custodiar y catalogar técnicamente el patrimonio artístico del Museo de Bellas Artes Bonaerense.

6. Relevar, confeccionar y mantener actualizado el registro patrimonial artístico de la Provincia de Buenos Aires.

7. Difundir el acervo artístico-visual, en el ámbito local y provincial, comprometiendo la participación de los diferentes municipios bonaerenses, promoviendo a su vez la integración regional.

8. Organizar y promover la realización de conferencias, debates y jornadas sobre las artes visuales en general, realizando convenios artístico-culturales con los distintos sectores de la comunidad.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ARTES

DIRECCIÓN DEL MUSEO DE ARTE CONTEMPORÁNEO DE BUENOS AIRES

ACCIONES

1. Planificar y ejecutar acciones tendientes a promocionar las colecciones albergadas y/o exhibidas.

2. Promover y difundir mediante publicaciones, actos, visitas guiadas y otros elementos técnicos de finalidad cultural, el patrimonio del museo.

3. Asesorar y prestar colaboración a las instituciones educacionales en sus objetivos culturales y didácticos.

4. Organizar y promover la realización de conferencias, debates, cursos, talleres y jornadas sobre las artes visuales en general, realizando convenios artísticos-culturales con los distintos sectores de la comunidad.

5. Planificar y ejecutar acciones de custodia, seguridad y restauración de las colecciones existentes y las que se incorporen.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ARTES

DIRECCIÓN DEL TEATRO AUDITORIUM Y SALA ROBERTO J. PAYRÓ

ACCIONES

1. Planificar, coordinar, supervisar y ejecutar el plan de actividades y la temporada artística de acuerdo con las pautas emanadas de la Dirección Provincial de Coordinación de Políticas Culturales.

2. Organizar e implementar los programas y cursos de acción necesarios para promoción de la actividad artística teatral en todas sus manifestaciones.

3. Evaluar y proponer la participación del personal en acciones de capacitación y perfeccionamiento.

4. Evaluar y proponer los criterios para la selección de las distintas modalidades para el ingreso a los eventos, pudiendo éstos ser gratuitos, de valor simbólico o valor de localidades, entre otros.

5. Seleccionar y proponer los contratos en participación con artistas y empresarios/as.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ARTES

DIRECCIÓN DEL TEATRO DE LA COMEDIA

ACCIONES

1. Planificar, coordinar, supervisar y ejecutar el plan de actividades de acuerdo con las pautas emanadas de la Dirección Provincial de Artes.

2. Establecer pautas y criterios para la elaboración de planes de capacitación artística, dirigidos a las y los habitantes de la provincia de Buenos Aires.

3. Proponer y evaluar la participación del personal en acciones de capacitación y perfeccionamiento.

4. Evaluar y proponer los criterios para la selección de las distintas modalidades para el ingreso a los eventos, pudiendo éstos ser gratuitos, de valor simbólico o valor de localidades, entre otros.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ARTES

COORDINACIÓN DE LOS ORGANISMOS ARTÍSTICOS DEL SUR

ACCIONES

1. Planificar, coordinar, supervisar y ejecutar el plan de actividades y la temporada artística de acuerdo con las pautas emanadas de la Dirección Provincial Coordinación de Políticas Culturales.

2. Promover la programación de actividades a realizar por el Ballet del Sur, la Orquesta Sinfónica Provincial de Bahía Blanca y el Coro Estable de Bahía Blanca.

3. Proponer y elevar a consideración de la Dirección Provincial de Coordinación de Políticas Culturales la designación de jurados y las bases para los concursos internos o abiertos para la selección de los/as aspirantes a los cuerpos artísticos estables.

4. Proponer los precios de las localidades para las distintas funciones programadas.

5. Seleccionar y proponer los contratos en participación con artistas y empresarios/as.

6. Evaluar y proponer la participación del personal en acciones de capacitación y perfeccionamiento.

7. Evaluar y proponer los criterios para la selección de las distintas modalidades para el ingreso a los eventos, pudiendo éstos ser gratuitos, de valor simbólico o valor de localidades, entre otros.

COORDINACIÓN DE LOS ORGANISMOS ARTÍSTICOS DEL SUR

DIRECCIÓN DEL CORO ESTABLE DE BAHÍA BLANCA

ACCIONES

1. Preparar y dirigir musical y dramáticamente los coros del repertorio que establezca la Coordinación de los Organismos Artísticos del Sur, fijando los ensayos necesarios para llegar en tiempo y forma al ensayo de escena.

2. Programar semanalmente, tipo y horario de ensayos en sala de coro.

3. Dirigir el coro en los ensayos de escena, en ausencia del/la director/a del espectáculo coros internos que requieran las partituras.

4. Integrar Jurados en concursos y audiciones de coreutas.

5. Programar y coordinar las actividades del Coro Estable para su presentación.

6. Proponer el reglamento interno de trabajo del Coro Estable.

COORDINACIÓN DE LOS ORGANISMOS ARTÍSTICOS DEL SUR

DIRECCIÓN DEL BALLET DEL SUR

ACCIONES

1. Proponer, preparar y dirigir el repertorio de obras (nuevas o reposiciones) a ser presentadas por el Ballet Estable dentro de la programación definida por la Coordinación de los Organismos Artísticos del Sur para cada temporada.

2. Programar semanalmente, tipo y horario de ensayos en sala del Ballet.

3. Establecer los tiempos de preparación físico-técnicos de las y los integrantes del Ballet para su desenvolvimiento en cada título a representar.

4. Integrar jurados en concursos o audiciones de bailarines/as y maestros/as acompañantes de clases de baile.

5. Proponer a la Coordinación de los organismos Artísticos del Sur coreógrafos/as invitados/as para intervenir en la programación anual.

6. Proponer el reglamento interno de trabajo del Ballet Estable.

7. Designar el elenco de bailarines/as participantes en los distintos programas de ballet, asignando los roles de cada uno/a.

8. Supervisar el desarrollo de los ensayos y funciones en los cuales participan coreógrafos/as invitados/as.

9. Proponer la contratación de primeros/as bailarines/as para intervenir en la programación artística del Organismo.

10. Programar y coordinar las actividades del Ballet Estable para su presentación fuera del ámbito del organismo.

11. Supervisar y evaluar el rendimiento individual de cada bailarín y bailarina y colectivo del cuerpo a efectos de mantener vigente un nivel de excelencia en el desempeño artístico y mantener la calidad en el rendimiento del cuerpo de baile.

COORDINACIÓN DE LOS ORGANISMOS ARTÍSTICOS DEL SUR

DIRECCIÓN DE LA ORQUESTA SINFÓNICA PROVINCIAL DE BAHÍA BLANCA

ACCIONES

1. Supervisar y controlar los aspectos musicales de los cuerpos artísticos estables.

2. Participar en la elaboración del plan de actividades de la programación anual para los cuerpos artísticos, con la Coordinación de los Organismos Artísticos del Sur.

3. Participar conjuntamente con la Coordinación de los Organismos Artísticos del Sur y los/as demás Directores/as de los cuerpos estables, en la elaboración de las bases y requerimientos de los concursos y audiciones para la selección de personal artístico.

4. Integrar jurados de concursos internos, públicos y abiertos y audiciones.

5. Elaborar y proponer el reglamento interno de la Orquesta Estable y colaborar en la elaboración de los reglamentos internos de los elencos estables.

6. Preparar, coordinar, y dirigir la actuación de las y los integrantes de la Orquesta Estable para la presentación en los distintos espectáculos, óperas, conciertos, entre otros, de acuerdo a la programación establecida por la Coordinación de los Organismos Artísticos del Sur.

7. Organizar las actividades de la Orquesta Estable en sus presentaciones fuera del organismo.

8. Evaluar el rendimiento individual y colectivo del cuerpo para mantener un nivel de excelencia en el rendimiento de la Orquesta Estable.

9. Proponer músicos/as de refuerzo.

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS CULTURALES

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS CULTURALES

ACCIONES

1. Potenciar las culturas locales, tendiendo a una distribución regional equitativa de los recursos públicos, en particular con todos los municipios de la provincia.

2. Fomentar la articulación de proyectos estratégicos y trabajos en territorio entre el Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires y las más diversas organizaciones sociales: universidades nacionales, bibliotecas populares, centros culturales, ámbitos informales de producción cultural, organizaciones gremiales del ámbito de la cultura y en general.

3. Controlar y garantizar el cumplimiento de una efectiva implementación de una perspectiva de género y diversidad, de acuerdo con los lineamientos coordinados desde la Subsecretaría con el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual del Gobierno de la Provincia.

4. Mantener una presencia continuada en los diversos municipios de la provincia, relevar sus manifestaciones culturales y estimular su interpretación en todo el territorio provincial.

5. Coordinar con la Dirección Provincial de Comunicación y Prensa Cultural del Instituto Cultural los lineamientos estratégicos de la política de comunicación institucional para los organismos culturales planificando las acciones de comunicación directa, comunicación masiva y difusión de los actos y áreas de injerencia de la subsecretaría.

6. Promover las diversas culturas territoriales, tanto en sus manifestaciones materiales como simbólicas.

7. Trabajar en el rescate y la investigación de expresiones de la cultura popular que no han recibido la atención adecuada por parte del Estado.

8. Asistir en formación en las actividades vinculadas con las artes, el estudio del patrimonio y las manifestaciones culturales populares.

9. Estimular las manifestaciones culturales, simbólicas e identitarias, más allá de sus expresiones mercantiles.

10. Propiciar la celebración de convenios de cooperación con instituciones públicas y privadas del orden municipal, provincial, nacional e internacional.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS CULTURALES

DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN CULTURAL E INTEGRACIÓN REGIONAL

ACCIONES

1. Efectuar diagnósticos de las necesidades culturales de la sociedad bonaerense en sus distintos ámbitos.

2. Diseñar e implementar planes de acción de políticas culturales para la Provincia.

3. Elaborar lineamientos generales para el desarrollo de acciones de transformación cultural.

4. Establecer un programa de integración entre distintos ámbitos territoriales.

5. Potenciar una red de articulación con los municipios de la Provincia en materia de programas culturales.

6. Diseñar e implementar una programación de actividades culturales en todo el territorio de la provincia en vinculación con las diversas áreas del Instituto Cultural.

7. Generar acciones de complementación con organizaciones de la sociedad civil para la realización de actividades artísticas y de preservación y difusión patrimonial.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS CULTURALES

DIRECCIÓN DE DIVERSIDAD Y PRÁCTICAS IDENTITARIAS

ACCIONES

1. Relevar el patrimonio tangible e intangible, tradicional y contemporáneo de la Provincia de Buenos Aires.

2. Asistir y asesorar a organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en la creación, participación y fomento de asociaciones y/o centros de artistas y artesanos/as.

3. Planificar y ejecutar acciones para difundir las artesanías y gerenciar el Mercado de Artesanías de La Plata buscando generar una estructura que visibilice las misiones descriptas con anterioridad.

4. Desarrollar programas, cursos que prioricen la formación, capacitación y formalización del sector de la artesanía de la Provincia.

5. Fomentar las fiestas populares, tanto las tradicionales como el estímulo al surgimiento de otras nuevas, así como la continuidad de las que hayan sido interrumpidas.

6. Planificar y ejecutar acciones tendientes a difundir y enriquecer las expresiones folklóricas de la Provincia de Buenos Aires.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS CULTURALES

DIRECCIÓN DE FORMACIÓN E INVESTIGACIONES CULTURALES

ACCIONES

1. Propiciar medidas que promuevan la formación y capacitación profesional y artística, fortaleciendo la calidad de la oferta de programas a nivel local, fomentando la interdisciplinariedad artística y patrimonial.

2. Impulsar la cooperación, reflexión e intercambio con organismos provinciales y municipales relacionados con la formación patrimonial y artística, para fortalecer sus capacidades técnicas y articularlos en una red.

3. Organizar y promover la realización de encuentros, seminarios, talleres, conferencias y toda otra actividad que fortalezca la transmisión del conocimiento, el perfeccionamiento y el intercambio de ideas acerca de la formación cultural y la pertinente difusión a la comunidad.

4. Promover, realizar y difundir las investigaciones vinculadas con las artes y el patrimonio cultural de la provincia.

5. Diseñar y desarrollar programas de estudio e investigación de la historia provincial, articulando con las regiones y municipios.

6. Generar programas de Investigación en todos los organismos históricos y artísticos de la Provincia.

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS CULTURALES

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LA LECTURA

ACCIONES

1. Conservar, promover, investigar y difundir el acervo bibliotecario de la Provincia, como así también, evaluar y planificar actividades tendientes al mantenimiento y mejoramiento de los edificios.

2. Asesorar, promover y difundir la actividad bibliotecaria en la Provincia de Buenos Aires, tendiendo al conocimiento y mantenimiento de los actuales servicios, como así también a la creación de nuevos.

3. Administrar los servicios de la Biblioteca Central de la Provincia como organismo bibliotecario modelo.

4. Generar un plan de ediciones dirigido a la promoción de los/as autores/as de la provincia de Buenos Aires vinculada a la cultura provincial, así como a registros fonográficos y audiovisuales.

5. Ejecutar el Plan de lectura de la Provincia de Buenos Aires en conjunto con la Dirección General de Cultura y Educación, con la Comisión Nacional de Bibliotecas Populares y las demás instancias correspondientes.

6. Promover a nivel provincial el derecho a la lectura como un derecho cultural fundamental de la ciudadanía bonaerense.

7. Estimular la construcción de entornos sociales amigables hacia los libros y la lectura en la Provincia.

8. Ejecutar un programa integral de formación de lectores y lectoras atendiendo las distintas edades y características culturales de las personas destinatarias.

9. Implementar acciones y programas para la distribución de material de lectura en diversos soportes a fin de contribuir a la construcción de una sociedad bonaerense lectora.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LA LECTURA

DIRECCIÓN DE LA BIBLIOTECA PROVINCIAL ERNESTO SÁBATO

ACCIONES

1. Organizar el catálogo centralizado.

2. Orientar en la instalación y organización de bibliotecas.

3. Editar un boletín de información bibliotecología.

4. Asesorar a las bibliotecas oficiales y populares sobre los procesos técnicos.

5. Coleccionar e incorporar a su fondo bibliográfico las publicaciones oficiales.

6. Formar una colección especial de autores y autoras provinciales.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LA LECTURA

DIRECCIÓN DE BIBLIOTECAS Y PROMOCIÓN DE LA LECTURA

ACCIONES

1. Propiciar el acercamiento de toda la población de la Provincia de Buenos Aires, a los bienes culturales universales a través de los soportes de información y difusión, con sentido educativo y recreativo.

2. Asesorar, promover y difundir la actividad bibliotecaria en la Provincia, tendiendo al conocimiento y mantenimiento de los actuales servicios; como así también a la creación de nuevos.

3. Mantener un registro actualizado de subvenciones y subsidios especiales asignados a las bibliotecas reconocidas en el marco de la Ley N° 9.319/79 y su reglamentación.

4. Propiciar el desarrollo de la red informática de Bibliotecas Bonaerenses de la Provincia de Buenos Aires (REDBIBO).

5. Evaluar las solicitudes de subvención mensual y subsidios especiales que en el marco de la Ley provincial N° 14.777 y su reglamentación, presenten las bibliotecas reconocidas, elevando a consideración de la Dirección Provincial de Promoción de la Lectura, opinión fundada respecto de la procedencia o no de otorgamiento de las mismas.

6. Elevar a la Dirección Provincial de Promoción de la Lectura la programación anual y las necesidades presupuestarias.

7. Desarrollar el Plan de lectura de la Provincia de Buenos Aires en conjunto con la Dirección General de Cultura y Educación, con la Comisión Nacional de Bibliotecas Populares y las demás instancias correspondientes.

8. Planificar a nivel territorial el programa integral de formación de lectores y lectoras desplegado en las distintas edades y características culturales.

9. Diseñar un plan de ediciones dirigido a la promoción de los/as autores/as de la provincia de Buenos Aires vinculada a la cultura provincial, así como a registros fonográficos y audiovisuales.

ANEXO IIc

INSTITUTO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN SOCIOCULTURAL

ACCIONES

1. Articular políticas con los/as distintos/as agentes del Estado referida a infancias y derechos socioculturales.

2. Representar a la Jurisdicción en las diversas instancias donde se trabaje temáticas de promoción y problemáticas socioculturales.

3. Planificar y desarrollar programas que garanticen el acceso y ejercicio pleno de los derechos a la educación a través de la cultura.

4. Diseñar y proponer una agenda para el desarrollo de políticas socioculturales en todos los niveles para el mediano y largo plazo.

5. Articular con los correspondientes organismos municipales, provinciales y nacionales que trabajen programas sociales de desarrollo de políticas culturales.

6. Diseñar proyectos y programas para la promoción de la reinserción sociocultural en sectores vulnerados.

SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN SOCIOCULTURAL

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN SOCIOCULTURAL

ACCIONES

1. Desarrollar programas que colaboren en el acceso y ejercicio pleno del derecho a la educación a través de la cultura.

2. Implementar políticas referidas a infancias y derechos culturales, para fomentar el reingreso de niños/as y jóvenes a la educación formal, en coordinación con la Dirección General de Cultura y Educación.

3. Ejecutar los proyectos y programas diseñados por la Subsecretaría para la promoción de la reinserción sociocultural en sectores vulnerados.

4. Cumplir con la agenda para el desarrollo de políticas socioculturales en ámbitos educativos de todos los niveles para el mediano y largo plazo, articulando con los correspondientes organismos municipales, provinciales y nacionales.

5. Implementar programas sociales de desarrollo de políticas socioculturales con diferentes organismos municipales, provinciales y nacionales.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN SOCIOCULTURAL

DIRECCIÓN DE INFANCIA Y DERECHOS CULTURALES

ACCIONES

1. Desarrollar acciones y canales innovadores que multipliquen el acceso a las diferentes expresiones de las artes.

2. Fomentar el desarrollo de nuevos dispositivos de interacción cultural en ámbitos públicos.

3. Integrar y jerarquizar las expresiones culturales en contextos de vulneración de derechos sociales y culturales.

4. Proponer acciones tendientes a la recuperación de proyectos artísticos y culturales que se desarrollen en el territorio de la Provincia para su implementación y actualización.

5. Estimular por diversos medios y diferentes canales el acceso de los/as niños/as y jóvenes a la educación cultural.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN SOCIOCULTURAL

DIRECCIÓN DE INTEGRACIÓN SOCIOEDUCATIVA

ACCIONES

1. Coordinar y articular el desarrollo de actividades culturales en conjunto con los/as actores/as regionales y provinciales.

2. Desarrollar y coordinar mesas de trabajo culturales con los/as responsables de las áreas específicas de los municipios y ciudades, con los consejos escolares, con representantes de organizaciones de la sociedad civil, y con los/las diversos actores/as gravitantes de la vida cultural y educativa.

3. Desarrollar actividades de formación para la infancia y juventud que brinden nuevas herramientas de acceso a la cultura.

4. Planificar y desarrollar actividades temáticas específicas, en coordinación con los organismos competentes en la materia, sobre derechos medioambientales, políticas de género, y otras que expresen problemáticas de la sociedad actual a fin de contribuir a la consolidación de nuevas ciudadanías.

ANEXO IId

INSTITUTO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIAS CREATIVAS E INNOVACIÓN CULTURAL

ACCIONES

1. Diseñar, proponer y estimular los programas de desarrollo y promoción de las industrias creativas de la Provincia, a través de la creación de políticas y herramientas que permitan dinamizar su producción, distribución, consumo e internacionalización.

2. Proyectar políticas y herramientas que permitan un abordaje cultural territorial innovador, detectando y dinamizando los nuevos modos de producción cultural comunitaria.

3. Coordinar y facilitar la articulación transversal con las demás áreas del Instituto Cultural para implementar políticas culturales con abordaje interdisciplinario.

4. Promover acuerdos, intercambios, convenios con organismos públicos y de cualquier jurisdicción y organismos y entidades privadas relacionadas con el conocimiento científico, cultural, sociocultural y artístico.

SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIAS CREATIVAS E INNOVACIÓN CULTURAL

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS Y ECONOMÍA DE LA CULTURA

ACCIONES

1. Coordinar y desarrollar el planeamiento estratégico para la consolidación de los procesos, programas y proyectos que, en materia de Industrias Culturales, sector productivo de la cultura y nuevas tecnologías promueva la Jurisdicción.

2. Conceptualizar, estimular y acompañar el desarrollo de empresas de base productiva cultural en la Provincia de Buenos Aires, a través de alianzas intersectoriales, acuerdos transversales de gobiernos y desarrollo de políticas de incentivo fiscal y económico al sector de las Industrias Creativas.

3. Diseñar y evaluar programas culturales, estableciendo un plan de prioridades con estimaciones de costos/beneficios y necesidades detectadas en la población con relación a las Industrias Creativas y el sector productivo de la cultura.

4. Desarrollar políticas públicas destinadas a la promoción de las industrias culturales y creativas en cada uno de los municipios de la Provincia de Buenos Aires, potenciando la infraestructura cultural, la identidad local y el estímulo a nuevos soportes de narrativas y contenidos, en torno a los ejes de productividad, identidad, innovación, tecnología y sustentabilidad.

5. Desarrollar plataformas y eventos tendientes a fortalecer a la Provincia de Buenos Aires como plaza de negocios para las industrias culturales y creativas, generando distintos niveles de intervención a nivel local, nacional e internacional.

6. Desarrollar en conjunto con organismos públicos y/o privados, de nivel regional, provincial, nacional e internacional, el fortalecimiento de intercambios artísticos, culturales, técnicos o profesionales, a través de becas, pasantías, financiamiento y/o convenios de colaboración de cualquier índole, tendientes a fortalecer la capacitación, la internacionalización o el vínculo de la Provincia de Buenos Aires con el mundo.

7. Diseñar, publicar y comunicar trabajos, relevamientos, informes, catálogos, anuarios y otros formatos editoriales, relacionados con los temas de su competencia.

8. Organizar seminarios de formación y capacitación, conferencias, destinadas al perfeccionamiento, actualización, y estímulo del sector de las industrias creativas y a los/as gestores/as culturales en general.

9. Suscribir acuerdos de trabajo, estudio e intercambio con otros organismos provinciales y/o instituciones públicas y/o privadas que permitan y promuevan la cooperación nacional e internacional en materia de generación de proyectos, planes, investigaciones y eventos.

10. Generar a través de la promoción de convenios de cooperación recíproca con Universidades y/o instituciones educativas la realización de foros, talleres, diplomaturas y posgrados, que colaboren con la capacitación permanente de los/as distintos/as actores/as implicados/as en la promoción de industrias creativas.

11. Producir y/o coproducir, auspiciar realizaciones gráficas, audiovisuales, radiofónicas, multimediales y en cualquier otro soporte existente -o a existir- con el fin de promover y difundir las prácticas culturales.

12. Generar información estadística de consumo cultural en toda la Provincia de Buenos Aires, tendiente a obtener datos de interés que permitan el rediseño, diseño e implementación de políticas culturales ajustadas a la realidad cultural, social y económica de cada región cultural de la Provincia.

13. Velar por las relaciones entre la cultura, el desarrollo económico y el fomento del empleo.

14. Impulsar el desarrollo del talento cultural y de las empresas y entidades que lo lleven a cabo, dando apoyo tanto a la creación como a su producción y difusión.

15. Interactuar con los sectores y agentes vinculados a la creación cultural y a las empresas culturales estableciendo y gestionando programas orientados a la prestación de apoyo técnico y el fomento de la actividad económica y ocupacional en el ámbito de la cultura.

16. Promover el talento, la innovación y la búsqueda de ofertas de calidad de nuevas estéticas y nuevos lenguajes.

17. Promover la creación, la producción y la distribución en el ámbito de las tecnologías digitales.

18. Impulsar el consumo cultural interno promoviendo circuitos nacionales y colaborar en la exportación de productos culturales en circuitos nacionales e internacionales.

19. Ejecutar los programas de desarrollo y promoción de las industrias creativas de la Provincia, a través de la creación de políticas y herramientas que permitan dinamizar su producción, distribución, consumo e internacionalización.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS Y ECONOMÍA DE LA CULTURA

DIRECCIÓN DE POLÍTICAS AUDIOVISUALES

ACCIONES

1. Promover el desarrollo de la Provincia de Buenos Aires como set de filmaciones, favoreciendo un mayor anclaje de producciones audiovisuales en territorio provincial y su consecuente demanda de recursos humanos, servicios e infraestructura.

2. Generar herramientas para la formalización de la actividad audiovisual en todo el territorio provincial.

3. Desarrollar protocolos de filmación para filmar en territorios provinciales.

4. Consolidar el vínculo con los distintos organismos de competencia nacional o privada para brindar continuidad y previsibilidad a los pedidos de filmación de las productoras audiovisuales.

5. Fomentar el desarrollo de redes con el sector privado a fin de unificar, facilitar y alentar el uso de locaciones privadas del ámbito provincial, a fin lograr impacto directo e indirecto en las poblaciones beneficiadas.

6. Fomentar el trabajo en red a través de equipos de acompañamiento de gestión y capacitación, en vínculo directo con los municipios, a fin de estimular el desarrollo de la actividad audiovisual local.

7. Realizar programas de conferencias, foros y capacitación para los municipios y los propios sectores, a fin de fomentar la estimulación, el intercambio y el aprendizaje para el diseño de políticas para el desarrollo creativo de los municipios, gestores, empresarios y creadores.

8. Coordinar acciones de comunicación en todo tipo de soportes junto a la Dirección Provincial de Comunicación y Prensa Cultural, a fin de promocionar la actividad que se desarrolle, las potencialidades del territorio y el diálogo político y cultural con la industria audiovisual.

9. Promover políticas legislativas tendientes a potenciar y consolidar el desarrollo de la industria audiovisual en la Provincia.

10. Desarrollar e implementar estrategias en mercados internacionales promocionando las locaciones, infraestructura y servicios audiovisuales de la Provincia a través de presencia en distintos foros y ferias a nivel nacional e internacional, fortaleciendo la inserción de la Provincia de Buenos Aires en el mundo.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS Y ECONOMÍA DE LA CULTURA

DIRECCIÓN DE INDUSTRIAS CREATIVAS Y CULTURA DIGITAL

ACCIONES

1. Diseñar, proponer, estimular y ejecutar los programas de desarrollo y promoción de las industrias creativas provinciales; comprendiendo dentro de éstas al sector musical, diseño, editorial, videojuegos.

2. Diseñar programas de capacitación específicos del área destinados al sector de las industrias creativas, gestores/as culturales y la comunidad en general.

3. Intervenir con políticas generales y/o particulares en las cadenas de valor de las industrias creativas, tendientes a garantizar la creación, producción, difusión, exhibición y comercialización de los bienes culturales.

4. Promover la creación de circuitos de consumo de las industrias culturales y creativas.

5. Acompañar el proceso de formalización y anclaje de las empresas de base cultural radicadas en la Provincia de Buenos Aires, a través del desarrollo de instrumentos financieros, herramientas fiscales, acciones de promoción y redes de beneficios.

6. Estimular el desarrollo de ecosistemas productivos y culturales con los distintos sectores de las Industrias Culturales como festivales, creadores/as, artistas y gestores/as culturales.

7. Proponer mercados, espacios de encuentro, exhibiciones y todo tipo de plataformas que permitan conectar y visibilizar el sector creativo de la Provincia de Buenos Aires.

8. Desarrollar catálogos y selecciones de artistas, emprendimientos y desarrollos creativos que generen contenidos exportables y comercializables para el posicionamiento de artistas a escala regional, nacional e internacional.

9. Propender al desarrollo de mercados internacionales a través de acuerdos de circulación y exportación de bienes y servicios culturales.

10. Promover la creación, la producción y la distribución en el ámbito de las tecnologías digitales.

11. Crear mesas sectoriales de las industrias culturales a fin de generar diagnósticos y establecer prioridades acordes a las demandas de cada sector.

SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIAS CREATIVAS E INNOVACIÓN CULTURAL

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN Y PRODUCCIÓN CULTURAL EN TERRITORIOS

ACCIONES

1. Proyectar, proponer y ejecutar programas para la promoción y el fomento de la producción cultural en el territorio bonaerense.

2. Realizar, promover y orientar las manifestaciones y prácticas artístico-culturales promoviendo y realizando actividades de formación especializada en estas áreas.

3. Producir y/o coproducir, auspiciar realizaciones gráficas, audiovisuales, radiofónicas, multimediales y en cualquier otro soporte existente -o a existir- con el fin de promover y difundir las prácticas culturales.

4. Diseñar instrumentos de intercambio y dinamización de bienes simbólicos y prácticas culturales impulsando intercambios y redes entre los/as actores/as tanto públicos/as como privados/as del campo cultural.

5. Promover prácticas y actividades culturales de interés productivo e impacto simbólico y comunitario, impulsando la celebración de concursos, certámenes, muestras, congresos, jornadas, encuentros, festivales con el fin prioritario de apoyar y fomentar el desarrollo de las Industrias Culturales.

6. Delinear circuitos de difusión y sistemas de producción convencionales y no convencionales fortaleciendo la identidad de los/las diferentes actores/as sociales de la provincia y la integración regional de los y las agentes culturales en concordancia con las políticas públicas diseñadas por el Poder Ejecutivo.

7. Promover acuerdos, intercambios y convenios con organismos estatales de cualquier jurisdicción y organismos y entidades privadas relacionadas con el conocimiento científico, cultural, socio cultural y artístico.

8. Diseñar, planificar y desarrollar acciones de promoción y fomento de la producción cultural en municipios de la Provincia de Buenos Aires, potenciando la diversidad y las identidades locales y el estímulo a nuevos soportes de narrativas, en torno a los ejes de productividad, innovación, tecnología y sustentabilidad.

9. Favorecer la creación de entornos en los que artistas, creadores/as, filósofos/as, antropólogos/as, organizaciones empresariales y sociales, científicos/as y pensadores/as puedan interactuar en busca de una innovación social y productiva.

10. Desarrollar dispositivos, entornos e instancias que potencian la fuerza impulsora de la cultura para la invención y la innovación socio-comunitaria.

11. Promover y acompañar el desarrollo de escenas, lenguajes y audiencias, dispositivos de creación de redes, y la multiplicación de espacios de encuentro, reflexión y producción con lógicas colaborativas.

12. Fomentar la creación de nuevos canales de mediación y acompañamiento a organizaciones sociales y colectivos culturales de base comunitaria, a partir de herramientas transversales: becas, formación, incentivos a la producción y circulación, programas de accesibilidad a la oferta cultural.

13. Alentar y estimular la creación de herramientas de planificación y desarrollo de las escenas productivas locales, con particular énfasis en la formulación de programas que se estructuren sobre las características identitarias locales.

14. Desarrollar programas y acciones culturales territoriales en las zonas más postergadas de la provincia de Buenos Aires que aborden, segmentariamente, la infancia, la juventud y la adultez junto a programas transversales de fortalecimiento comunitario.

15. Crear nuevos marcos de financiamiento para iniciativas culturales de todos/as los/as actores/as que componen el sector independiente: agentes, mediadores/as, artistas y espacios culturales.

16. Crear canales de mediación y acompañamiento a organizaciones sociales y colectivos culturales de base comunitaria a partir de programas integrales de becas, formación, incentivos a la producción y circulación, programas de accesibilidad a la oferta cultural.

17. Implementar plataformas de apoyo, difusión y fomento de proyectos culturales en la Provincia, con la finalidad de incentivar y promover la cultura para garantizar el acceso a la cultura a los y las habitantes de la Provincia, no solamente en carácter de audiencias y/o espectadores/as sino como vehículos generadores de contenidos culturales.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN Y PRODUCCIÓN CULTURAL EN TERRITORIOS

DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍAS CULTURALES

ACCIONES

1. Apoyar la experimentación y la innovación cultural para el desarrollo de nuevas audiencias y públicos.

2. Impulsar mediante diversas acciones y programas la puesta en valor y circulación del capital creativo.

3. Fomentar y propender a la socialización del conocimiento, estimulando la ciencia ciudadana y la articulación y potenciación entre la creatividad, el capital cultural y los saberes para propender al desarrollo inclusivo e innovación.

4. Crear entornos aptos para potenciar la fuerza impulsora para la invención y la innovación de tecnologías culturales.

5. Fomentar y estimular la creación artística y el desarrollo científico a través del reconocimiento económico y el estímulo a la iniciativa cultural que provea a la transformación del entorno y realidad social.

6. Contribuir al desarrollo de herramientas de planificación y crecimiento a las escenas productivas locales, estimulando la formulación de programas que resalten y visibilicen las características identitarias locales.

7. Diseñar y desarrollar programas y herramientas para la producción cultural en el contexto de la convergencia digital.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN Y PRODUCCIÓN CULTURAL EN TERRITORIOS

DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE CULTURA EN CERCANÍA

ACCIONES

1. Promover prácticas y actividades culturales de interés productivo e impacto simbólico y comunitario.

2. Fomentar las instancias de impacto simbólico cultural como la cultura independiente, emergente y comunitaria.

3. Diseñar, planificar y desarrollar acciones de promoción y fomento de la producción cultural en los municipios, potenciando la diversidad y las identidades locales y el estímulo a nuevos soportes de narrativas contenidos, en torno a los ejes de productividad, innovación, tecnología, y sustentabilidad.

4. Implementar herramientas que propendan al desarrollo de escenas, lenguajes y audiencias, dispositivos de creación de redes, y de multiplicación de los espacios de encuentro, reflexión y producción con lógicas colaborativas.

5. Crear nuevos canales de mediación y acompañamiento a organizaciones sociales y colectivos culturales de base comunitaria a partir de herramientas transversales: becas, formación, incentivos a la producción y circulación, programas de accesibilidad a la oferta cultural.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN Y PRODUCCIÓN CULTURAL EN TERRITORIOS

DIRECCIÓN DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES

ACCIONES

1. Diseñar las políticas tendientes a promover la participación cultural a través de la realización de actividades artísticas, programas socioculturales, proyectos, eventos, festivales, seminarios, convenios y concursos.

2. Celebrar convenios con organismos gubernamentales y no gubernamentales en la materia de su competencia.

3. Planificar, coordinar y organizar festivales, mercados, ferias y encuentros profesionales de las industrias creativas.

4. Fomentar y promover la producción artístico-cultural de la Provincia de Buenos Aires.

5. Apoyar el desarrollo y sostenimiento de los pequeños y medianos emprendimientos culturales.

6. Asistir, asesorar y capacitar a organismos gubernamentales y no gubernamentales, en la producción técnica de espectáculos.

7. Diseñar, proponer, estimular y ejecutar los programas de desarrollo y promoción de las industrias creativas.

8. Asistir a organismos gubernamentales y no gubernamentales en la producción integral de eventos culturales dentro del territorio de la Provincia.

9. Articular los medios necesarios para la realización de eventos, actos, festivales, recitales y encuentros culturales de concurrencia masiva en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

10. Planificar en articulación con la Dirección Provincial de Comunicación y Prensa Cultural los actos culturales del Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires.

11. Implementar plataformas de apoyo, difusión y fomento de proyectos culturales en la Provincia, con la finalidad de incentivar y promover la cultura para garantizar el acceso a la cultura a las y los habitantes de la Provincia, no solamente en carácter de audiencias y/o espectadores/as sino como vehículos generadores de contenidos culturales.

ANEXO III

Personal Jerarquizado sin Estabilidad del Organismo mencionado en el artículo 40 de la Ley N° 13.056 correspondiente a los cargos estructurales. Se indican las equivalencias de remuneraciones con el personal de Planta Permanente sin Estabilidad de la Ley N° 10.430 (artículos 15 inciso 1) y 107, ss. y ccs.).

Personal Jerarquizado sin Estabilidad Ley N° 13.056

Rango y remuneración equivalente

Director/a General y Artístico/a del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino

al cargo de Director/a Provincial de la Ley N° 10.430

Director/a Administrativo/a del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino

al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430

Director/a de Mantenimiento y Servicios Auxiliares del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino

al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430

Director/a de Estudios del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino

al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430

Director/a de Producción Técnica del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino

al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430

Director/a del Centro de Experimentación y Creación del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino

en un 90% al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430

Director/a del Coro Estable del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino

en un 90% al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430

Director/a de la Orquesta Estable del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino

en un 90% al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430

Director/a del Ballet Estable del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino

en un 90% al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430

Director/a del Teatro de la Comedia

al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430

Director/a de Teatro Auditórium y Sala Roberto J. Payró

al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430

Coordinador/a de los Organismos Artísticos del Sur

al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430

Director/a del Ballet del Sur

en un 90% al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430

Director/a del Coro Estable de Bahía Blanca

en un 90% al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430

Director/a de la Orquesta Sinfónica Provincial de Bahía Blanca

en un 90% al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430

ANEXO IV

Personal de Planta Permanente sin Estabilidad, artículo 6° inc 1) a) de la Ley N° 12.268, cargos no estructurales y equivalencias de remuneraciones con el personal de Planta Permanente sin estabilidad de la Ley N° 10.430 (artículos 15, 107 y concordantes).

Personal de Planta Permanente sin Estabilidad de la Ley N° 12.268

Rango y remuneración equivalente

Director/a de la Camerata Académica del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino

en un 85% al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430

Director/a del Coro de Niños del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino

en un 85% al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430

Coordinador/a General de Escenario del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino

en un 80% al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430

Asistente del/de la Director/a de Producción Técnica del Centro Provincial de las Artes Teatro Argentino

en un 75% al cargo de Director/a de la Ley N° 10.430

ANEXO V - ABSORCIONES

ANEXO VI - CAMBIO DE DENOMINACIÓN