Provincia de Buenos Aires
SECRETARÍA DE CULTURA
Resolución N° 127
VISTO
CONSIDERANDO:
Que la ley mencionada en el exordio de la presente faculta a esta Secretaría a implementar y generar mecanismos y herramientas que faciliten y fortalezcan la organización regional cultural, y a su vez, garanticen la participación efectiva de la ciudadanía;
Que a través de
Que por
Que en las Resoluciones antes referidas, se enfatizó en los vínculos históricos de cada Región, así como diversos hechos y actividades que hacen a su identidad cultural y que desde su puesta en marcha en el año 2004 la pretendida descentralización no mostró en el ámbito de la cultura, mejoras sensibles en la comunicación y diálogo que debe existir entre Municipios y Regiones;
Que en atención al poco desarrollo de actividades
culturales en áreas alejadas de la zona de influencia de
Que la nueva estructura orgánica funcional de
Que esta idea se enlaza con la puesta en marcha de un Plan de Modernización del Estado en su conjunto, puesto que la cultura en todas sus expresiones debe estar al servicio del ciudadano generando un constante diálogo y aprovechando la nueva tecnología que se encuentra disponible;
Que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto las Resoluciones mencionadas y aprobar un nuevo diseño regional;
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones del
artículo 31 de
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTURA DE
ARTÍCULO 1º. Aprobar la regionalización cultural del
territorio de
ARTÍCULO 2º. Dejar sin efecto las Resoluciones Nº 14 de
fecha 29 de enero de 2004 y 1212 de fecha 12 de noviembre de 2004, ambas
modificadas por
ARTÍCULO 3º. Establecer que toda representación regional tendrá que adecuarse y corresponderse al nuevo diseño regional aprobado por la presente.
ARTÍCULO 4º. La regionalización cultural tendrá las funciones, el carácter y procedimiento de selección que se establezcan oportunamente.
ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar a quien corresponda, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Alejandro Gómez
Secretario de Cultura
ANEXO ÚNICO
Región 1: Campana, Escobar, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, Luján, Malvinas Argentinas, Marcos Paz, Mercedes, Merlo, Moreno, Morón, Pilar, San Fernando, San Isidro, San Miguel, Suipacha, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López, Navarro.
Región 2: Arrecifes, Baradero,
Capitán Sarmiento, Carmen de Areco, Colón, Exaltación
de
Región 3: Almirante Brown,
Avellaneda, Berazategui, Berisso,
Brandsen, Cañuelas, Ensenada, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela,
Región 4: 9 de Julio, Alberti, Bragado, Carlos Casares, Carlos Tejedor, Chacabuco, Chivilcoy, Florencio Ameghino, General Arenales, General Pinto, General Viamonte, General Villegas, Hipólito Yrigoyen, Junín, Leandro N. Alem, Lincoln, Pehuajó, Rivadavia, Trenque Lauquen.
Región 5: Ayacucho, Balcarce, Castelli, Chascomús, Dolores, General Alvarado, General Belgrano, General Guido, General Lavalle, General Madariaga, General Paz, General
Pueyrredón,
Región 6: Adolfo Alsina, Bahía Blanca, Benito Juárez, Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Coronel Rosales, Coronel Suárez, Daireaux, General Lamadrid, Gonzales Chaves, Guaminí, Laprida, Monte Hermoso, Patagones, Pellegrini, Puán, Saavedra, Salliqueló, Tornquist, Tres Arroyos, Tres Lomas, Villarino.
Región 7: 25 de Mayo, Azul, Bolívar, General Alvear, Olavarría, Roque Pérez,
Saladillo, Tapalqué. Región 8:
C.C. 13.708