Provincia de Buenos Aires

SECRETARÍA DE CULTURA

Resolución 127

 

La Plata, 11 de mayo de 2016.

 

VISTO la Ley Nº 14.803 y la necesidad de reorganizar y establecer un nuevo diseño regional en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la ley mencionada en el exordio de la presente faculta a esta Secretaría a implementar y generar mecanismos y herramientas que faciliten y fortalezcan la organización regional cultural, y a su vez, garanticen la participación efectiva de la ciudadanía;

 

Que a través de la Resolución Nº 14/04 modificada por la Resolución Nº 1.071/08 se aprobó la regionalización de la Provincia de Buenos Aires originariamente en doce (12) y posteriormente en quince (15) Regiones Culturales.

 

Que por la Resolución Nº 1.212/04 modificada por la Resolución Nº 1.071/08 se reglamentó las funciones, el procedimiento de designación y el carácter honorario en el desempeño de las tareas de los Coordinadores Regionales y la creación del Consejo de las Regiones, todo ello en el marco de la vigencia de la Ley Nº 13.056,

 

Que en las Resoluciones antes referidas, se enfatizó en los vínculos históricos de cada Región, así como diversos hechos y actividades que hacen a su identidad cultural y que desde su puesta en marcha en el año 2004 la pretendida descentralización no mostró en el ámbito de la cultura, mejoras sensibles en la comunicación y diálogo que debe existir entre Municipios y Regiones;

 

Que en atención al poco desarrollo de actividades culturales en áreas alejadas de la zona de influencia de la Capital de la Provincia, a pesar de la problemática de la vastedad del territorio, es necesario reorganizar y establecer un nuevo diseño regional con una estructura que beneficie a aquellas zonas culturalmente más postergadas;

 

Que la nueva estructura orgánica funcional de la Secretaría de Cultura conjuga y planifica una política de gestión cultural que vincula todas las zonas de la Provincia, con programas que son coordinados directamente desde la Secretaría con los municipios;

 

Que esta idea se enlaza con la puesta en marcha de un Plan de Modernización del Estado en su conjunto, puesto que la cultura en todas sus expresiones debe estar al servicio del ciudadano generando un constante diálogo y aprovechando la nueva tecnología que se encuentra disponible;

 

Que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto las Resoluciones mencionadas y aprobar un nuevo diseño regional;

 

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones del artículo 31 de la Ley Nº 14.803;

 

Por ello,

 

EL SECRETARIO DE CULTURA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Aprobar la regionalización cultural del territorio de la Provincia de Buenos Aires, en ocho (8) Regiones, conforme se describe en el Anexo Único que forma parte de la presente.

 

ARTÍCULO 2º. Dejar sin efecto las Resoluciones Nº 14 de fecha 29 de enero de 2004 y 1212 de fecha 12 de noviembre de 2004, ambas modificadas por la Resolución Nº 1.071 de fecha 8 de agosto de 2008.

 

ARTÍCULO 3º. Establecer que toda representación regional tendrá que adecuarse y corresponderse al nuevo diseño regional aprobado por la presente.

 

ARTÍCULO 4º. La regionalización cultural tendrá las funciones, el carácter y procedimiento de selección que se establezcan oportunamente.

 

ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar a quien corresponda, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

 

Alejandro Gómez

Secretario de Cultura

 

ANEXO ÚNICO

Región 1: Campana, Escobar, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, Luján, Malvinas Argentinas, Marcos Paz, Mercedes, Merlo, Moreno, Morón, Pilar, San Fernando, San Isidro, San Miguel, Suipacha, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López, Navarro.

 

Región 2: Arrecifes, Baradero, Capitán Sarmiento, Carmen de Areco, Colón, Exaltación de La Cruz , Pergamino, Ramallo, Rojas, Salto, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco, San Nicolás, San Pedro, Zárate.

 

Región 3: Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Brandsen, Cañuelas, Ensenada, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, La Matanza, Lanús, Lobos, Lomas de Zamora, Magdalena, Presidente Perón, Punta Indio, Quilmes, San Vicente.

 

Región 4: 9 de Julio, Alberti, Bragado, Carlos Casares, Carlos Tejedor, Chacabuco, Chivilcoy, Florencio Ameghino, General Arenales, General Pinto, General Viamonte, General Villegas, Hipólito Yrigoyen, Junín, Leandro N. Alem, Lincoln, Pehuajó, Rivadavia, Trenque Lauquen.

 

Región 5: Ayacucho, Balcarce, Castelli, Chascomús, Dolores, General Alvarado, General Belgrano, General Guido, General Lavalle, General Madariaga, General Paz, General

Pueyrredón, La Costa, Las Flores, Lezama, Lobería , Maipú, Mar Chiquita, Monte, Necochea, Pila, Pinamar, Rauch, San Cayetano, Tandil, Tordillo, Villa Gesell.

 

Región 6: Adolfo Alsina, Bahía Blanca, Benito Juárez, Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Coronel Rosales, Coronel Suárez, Daireaux, General Lamadrid, Gonzales Chaves, Guaminí, Laprida, Monte Hermoso, Patagones, Pellegrini, Puán, Saavedra, Salliqueló, Tornquist, Tres Arroyos, Tres Lomas, Villarino.

 

Región 7: 25 de Mayo, Azul, Bolívar, General Alvear, Olavarría, Roque Pérez, Saladillo, Tapalqué. Región 8: La Plata.

 

C.C. 13.708