GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución Número: RESOL-2018-184-GDEBA-SSASPMSALGP
LA PLATA, 18 de Julio de 2018.
Referencia: 2900-56665/18 APROBACIÓN VADEMECUM
VISTO el Decreto Nº 337/18 y el expediente Nº 2900-56665/18, por el cual tramita la aprobación del Vademécum Oficial de Medicamentos Oncológicos de la Provincia de Buenos Aires y el Circuito del Proceso de Evaluación de Nuevas Moléculas, y
CONSIDERANDO:
Que dicha gestión es impulsada a fojas 1/13 por el Plan Provincial de Control del Cáncer, quien manifiesta: “Este proyecto tiene como objetivo formalizar el listado de medicamentos oncológicos a ser cubiertos … a través del Banco de Drogas. Además, se busca normatizar el proceso de actualización de este listado a través de un procedimiento de revisión sistemática de la evidencia científica sobre efectividad y la evaluación económica indispensable para definir la factibilidad de la incorporación de
nuevas moléculas. Esta formalización de procesos permitirá optimizar los tratamientos disponibles y el gasto en medicamentos oncológicos que ocupa una cuota importante del presupuesto del Ministerio de Salud de la Provincia”;
Que a fojas 14 y vuelta presta conformidad esta Subsecretaría;
Que a fojas 15 otorga su aval la Subsecretaría de Planificación y Contralor Sanitario;
Que a fojas 18/20 el citado Plan acompaña el listado de medicamentos, requerimientos proyectados para 2018 y valores de las últimas compras realizadas;
Que a fojas 23 toma intervención la Dirección General de Administración;
Que, por todo lo expuesto, se estima pertinente hacer lugar a la aprobación requerida;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Anexo II del Decreto Nº 337/18 a la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, entre las que se encuentran: “1. Programar, organizar y coordinar la aplicación de normativas y reglamentos de organización y funcionamiento de la red de servicios hospitalarios, promoviendo actividades de prevención, protección, atención integral y recuperación de la salud física y mental de la población. 2. Conducir, organizar y programar las actividades para el desarrollo, la promoción y la atención integral según las necesidades específicas del ciclo de vida y grupos en situación de vulnerabilidad”;
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE ATENCIÓN DE LA SALUD DE LAS PERSONAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Aprobar el Vademécum Oficial de Medicamentos Oncológicos de la Provincia de Buenos Aires, el cual como documento N° IF-2018-12236038-GDEBA-BDMSALGP pasa a formar parte integrante de la presente como Anexo 1.
ARTÍCULO 2°: Aprobar el Circuito del Proceso de Evaluación de Nuevas Moléculas, el cual como documento N° IF-2018-12240116-GDEBA-BDMSALGP pasa a formar parte integrante de la presente como Anexo 2.
ARTÍCULO 3°: Comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
NOTA: La Norma contiene Anexos. En caso de no poder visualizarlos le solicitamos que consulte el Archivo en PDF o utilice el explorador Internet Explorer.
Leonardo Oscar Busso
Subsecretario
Subsecretaría de Atención de la
Salud de las Personas
Ministerio de Salud
ANEXO 2: CIRCUITO del PROCESO DE EVALUACIÓN DE NUEVAS MOLÉCULAS
La incorporación o remoción de medicamentos al Vademécum de Drogas Oncológicas se realizará a través del procedimiento descripto a continuación (figura al pie)
Solicitud de evaluación
La solicitud de evaluación podrá ser presentada por un profesional del sistema de salud, un representante de la industria farmacéutica o la coordinación del Plan Provincial de Control de Cáncer (PPCC). La solicitud se presentará en el formulario de solicitud del Programa de Evaluación de Tecnologías Sanitarias disponible en la página web del Ministerio de Salud (http:// www.ms.gba.gov.ar/sitios/ets/fi les/2016/05/TECNOLOGiA_SANITARIA.pdf
Consideración y priorización de la solicitud.
La solicitud de evaluación será considerada por la coordinación del Plan Provincial de Control de Cáncer (PPCC), dependiente de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas. A tal efecto se analizarán los indicadores de eficacia que surgen de la evidencia científica actual, de las guías nacionales e internacionales, de las recomendaciones de las sociedades científicas, etc. Se priorizarán aquellos medicamentos que produzcan un impacto clínicamente significativo en la sobrevida de la población objetivo. La coordinación del PPCC elaborará un informe justificando la decisión de priorizar la evaluación. Cuando la solicitud sea aprobada, la misma se caratulará en un expediente que se girará a la Subsecretaría de Gestión y Contralor del Conocimiento, Redes y Tecnologías Sanitarias a fi n de proseguir con su evaluación.
Conformación del comité de evaluación
El Programa de Evaluación de Tecnologías Sanitarias (PETS) convocará, de ser necesario, a profesionales expertos del sistema público de salud y académicos a fin de constituir un comité de evaluación. Se establecerá la agenda y línea de tiempos de la evaluación.
Evaluación de tecnología
El análisis por realizar incluirá una revisión de la evidencia científica, evaluación de la eficacia para desenlaces críticos en oncología (especialmente supervivencia), evaluación económica y análisis de factibilidad de la implementación del tratamiento en cuestión. La factibilidad de la implementación se establecerá en función de los recursos con que cuentan las instituciones para garantizar que la administración del medicamento se realiza en un entorno seguro.
Evaluación por el Área de Presupuesto de la Dirección General de Administración
El reporte preliminar de la evaluación con su análisis económico será remitido en consulta al área de presupuesto del Ministerio con el objeto de analizar la factibilidad de la incorporación de la nueva tecnología en el contexto del presupuesto vigente y su proyección para ejercicios futuros.
Elaboración de informe
El coordinador del PETS será responsable de elaborar un informe que describa los hallazgos de la evaluación y una definición de las condiciones presupuestarias y de recursos necesarias para la implementación del tratamiento. El informe debe concluir con una recomendación para la inclusión o no del medicamento en el Vademécum de medicamentos oncológicos.
Presentación del informe
El informe será presentado al ministro y a su gabinete a fi n de decidir la incorporación o no del medicamento evaluado. Se adjuntará la evaluación del área del presupuesto del Ministerio de Salud.
Consideración del informe
El ministro y su gabinete considerarán el informe presentado bajo la perspectiva de la política sanitaria global del Ministerio de Salud de la Provincia. Esta consideración puede determinar la aprobación o rechazo de la incorporación del nuevo medicamento al Vademécum provincial
Resolución ministerial
En el caso de considerarse conveniente la incorporación propuesta, la misma se confirmará mediante una resolución ministerial.
Declaración de conflicto de intereses.
Todos los actores que participen de este proceso deben realizar una declaración jurada explicitando su conflicto de interés, con especial atención a cualquier beneficio recibidos de la industria farmacéutica. Esta declaración se realizará completando un formulario diseñado ad hoc.
El circuito de evaluación de medicamentos oncológicos se resume en la figura EMBEBIDA
C.C. 7880