SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
Departamento Judicial de San Martín Suspensión de términos procesales
en los organismos y dependencias judiciales.
Res. N° 230
3005-503-2020
VISTO La presentación formalizada por la Secretaria de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de San Martín, por la que solicita la suspensión de términos procesales para los días 4 y 7 del mes en curso en los organismos y dependencias con sede en el edificio de calle Ayacucho 2301 de la citada localidad, y CONSIDERANDO:
Que sin perjuicio de lo dispuesto en la Res. SC 386/20, cuyas medidas, fueron prorrogadas, toda vez que a tenor de lo dispuesto en la Res. SC 480/20 se permitió la sustanciación y decisión de los procedimientos de juicios abreviados, directísimos y la suspension de juicio a prueba, en tanto sean compatibles con las restricciones vigentes en razón de la pandemia y la emergencia sanitaria (Arts. 4 y 8), deviene necesario disponer -en virtud de las medidas sanitarias adoptadas, la suspensión de los términos procesales solicitada.
Por Ello, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones y con arreglo a lo previsto en el artículo 5 del Acuerdo 3971,
RESUELVE
1.Disponer la suspensión de términos procesales en los organismos y dependencias judiciales con sede en el edificio de calle Ayacucho 2301 de la ciudad de San Martín los días 4 y 7 de septiembre del año en curso, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos.
2. Regístrese, comuníquese vía correo electrónico, publíquese y póngase en conocimiento del Tribunal.
Daniel Fernando Soria. Ante mí: Matías José Álvarez.