Provincia de Buenos Aires

AGENCIA DE RECAUDACIÓN

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Resolución Normativa Nº 45

 

La Plata, 16 de junio de 2010.

 

VISTO que mediante expediente N° 2360-258.521/10 la Gerencia General de Comunicación y Vínculos Interinstitucionales propicia la modificación de las acciones asignadas al Departamento Comunicación Interna mediante Resolución Normativa N° 75/09, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la Resolución Normativa N° 75/09 y su modificatoria N° 95/09 se aprobó la estructura organizativa de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que en dicho acto administrativo se determinaron las acciones que establecen el ámbito de competencia de, entre otras, las siguientes unidades organizativas: Gerencia General de Comunicación y Vínculos Interinstitucionales, Gerencia de Comunicación y Departamento Comunicación Interna;

 

Que el adecuado tratamiento y difusión de la información que se genera en el ámbito de la organización es de fundamental importancia en un ente que prioriza la utilización de las distintas herramientas de gestión que permitan una mayor eficientización en la prestación de los servicios prestados;

 

Que una eficaz comunicación interna permite involucrar, integrar y motivar al personal,

dar coherencia a la estrategia organizacional, acompañar los procesos de cambio y mejorar la productividad;

 

Que en ese orden de ideas y con el objeto de afianzar las acciones de comunicación interna que se generan en el ámbito de esta Agencia, se propicia la modificación de las acciones asignadas al Departamento Comunicación Interna;

 

Que en orden a lo expuesto, resulta oportuno y conveniente en esta instancia, el dictado del acto administrativo pertinente que materialice lo actuado;

 

Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 4° inciso e) de la Ley N° 13.766;

 

Por ello,

 

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Modificar, en el ámbito de la Gerencia General de Comunicación y Vínculos Interinstitucionales –Gerencia de Comunicación–, las Acciones aprobadas en el Anexo 2c de la Resolución Normativa N° 75/09 para el Departamento Comunicación Interna, las que quedarán redactadas de la siguiente manera:

1. Asegurar, de acuerdo a los lineamientos, pautas y criterios determinados por la

superioridad, el tratamiento y difusión de la información dentro de la Agencia de

Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.

2. Coordinar, juntamente con las distintas áreas y dependencias que integran esta Agencia de Recaudación, la realización de acciones tendientes a la actualización de las distintas bases de datos existentes.

3. Implementar distintos tipos de canales de comunicación a fin de brindar información de interés del organismo, entre ellos: publicaciones internas, volantes informativos, boletines, carteleras, como así también, su difusión a través de las distintas herramientas informáticas con que dispone la jurisdicción.

4. Propiciar, juntamente con la Gerencia de Recursos Humanos, la realización de  ventos internos y/o encuentros que generen cohesión e integración entre los agentes del organismo, como así también, la identificación de los mismos con los fines, objetivos y metas de la Agencia.

5. Evaluar el impacto de los distintos medios de comunicación utilizados con el objeto de generar información que ayude a la Gerencia de Comunicación en la elaboración de las estrategias y tácticas comunicacionales pertinentes.

6. Llevar a cabo las campañas de comunicación interna que fueran aprobadas  oportunamente en función de las demandas de las distintas áreas y dependencias de esta Agencia.

7. Materializar programas literarios y/u otras manifestaciones artísticas, concursos y juegos de integración que estimulen y refuercen el sentido de pertenencia en la organización.

8. Conformar un equipo de capacitadores que ofrezcan, juntamente con el Departamento de Capacitación y Desarrollo del Personal, asesoramiento a las distintas áreas y  dependencias de la Agencia en materia comunicacional.

 

ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar a la Secretaría General de la Gobernación y al Ministerio de Economía, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

Martín Di Bella

Director Ejecutivo

C.C. 8.335