LEY 11750


EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE


LEY

 

ARTICULO 1.-  Declárase Monumento Natural al Cerro de la Ventana ubicado en la localidad de Sierra de la Ventana, partido de Torquinst.


ARTICULO 2.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley de acuerdo con lo establecido en la Ley 10.907.


ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.