FUNDAMENTOS DE LA LEY 14817

Se somete a consideración de vuestra honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se propicia la modificación del artículo 6 de la Ley № 14.710, referido al modo de designación de los integrantes del Directorio del Comité de Cuenca del Río Luján.

El Comité de Cuenca del Río Luján, como ente autárquico institucional, resulta ser el actor principal en la mejora de las condiciones de calidad de vida, ambientales y de salubridad en la Cuenca del Río Luján, como así también una red de control y alerta que fomenta la participación de la comunidad en actividades de educación sanitaria y ambiental, propiciando la gestión integral y la preservación del recurso hídrico de la Cuenca.

Por ello resulta imperioso que el Comité comience a funcionar, para lo cual es necesario modificar el artículo 6 de la Ley № 14.710, que omitió establecer de manera clara y precisa el procedimiento de designación de los integrantes de su Directorio.

Esta modificación posibilitará su correcto funcionamiento y generará las herramientas para satisfacer las necesidades que surgen de la actual realidad que afecta a toda la Cuenca y poblaciones aledañas.

A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita de ese honorable cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto.

Dios guarde a vuestra honorabilidad.