DECRETO 8505/87
Visto que mediante el dictado del decreto nº 2279/86, se creó el Consejo Asesor Interministerial de Informática y Telemática, y
CONSIDERANDO:
Que
Que el redimensionamiento
sistémico de
Que todo cambio que se geste tendrá su fundamento y viabilidad en el aprovechamiento de la infraestructura disponible en el Estado Provincial, reforzada con una alta capacitación de los Recursos Humanos, desde lo gerencial y con énfasis en los distintos niveles de usuarios,
Que el logro de la modernización del Estado está condicionada por el compromiso político, los recursos técnicos, la administración, gestión y control que se asumen en el mismo, para que tengan continuidad y alcance los niveles de concreción y ajuste en el mediano y largo plazo,
Que el Estado como usuario de
Que los proyectos comunes
planteados a nivel interjurisdiccional posibilitan iniciar en
Atento lo informado por las Comisiones Técnica y Política del Consejo Asesor Interministerial de Informática y Telemática,
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
Artículo 1º: Créase el Comité Ejecutivo de Informática y Telemática
como Autoridad Informática en
Artículo 2º: Constituirán el Comité Ejecutivo de Informática y Telemática
los señores Ministros de Gobierno, Ministro de Economía y
Secretario General de
Artículo 3º: El Comité Ejecutivo se regirá por
los lineamentos políticos
establecidos para
Artículo 4º: El Consejo Interministerial de Informática y Telemática tendrá a su cargo la coordinación, control y administración de los proyectos informáticos, asumiendo funciones ejecutivas de gerencia de proyecto.
Artículo 5º: Facúltase al Comité Ejecutivo de Informática y Telemática a la designación y/o afectación de los Recursos Humanos necesarios para la ejecución de cada proyecto prioritario.
Artículo 6º: En cada proyecto el líder deberá garantizar la participación de representantes de las áreas técnicas y usuarias, incluyendo dentro del conjunto de responsables a un especialista científico-tecnológico perteneciente a una Institución de reconocido predicamento en el tema sujeto a tratamiento
Artículo 7º: En el término perentorio de quince (15) días a partir de la fecha del dictado del presente decreto, todas las jurisdicciones y organismos deberán informar al Comité Ejecutivo:
- Estado de ejecución de todos los proyectos informáticos, encaminados en las deferentes áreas;
- Sistemas y aplicaciones informáticas existentes;
- Equipamiento disponible instalado;
- Equipamiento contratado a instalar;
- Condiciones de contratación de hardware y software de proveedores.
Artículo 8º:
Artículo 9º:
Artículo 10º: Todo proyecto de contratación de bienes y servicios
informáticos de las distintas jurisdicciones u organismo deberá ser canalizado por ante
Artículo 11º: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese
ANEXO II
LINEAMIENTOS POLÍTICOS
1 Reconocer las tecnologías de avanzada como medios instrumentales que acompañen el proceso de modernización del estado.
2 Las aplicaciones informáticas adquieren valor cuando dan respuestas adecuadas y oportunas a necesidades reales o prevén la resolución de problemas que pueden generarse a partir de una adecuada y fundamentada prospectiva institucional en los ámbitos, tanto intrajurisdiccionales como interjurisdiccionales.
3 Interpretar la extensión de la política informática a todo el ámbito del sector público, como recurso estratégico para aumentar la autonomía de decisión de las áreas.
4 Procurar el aprovechamiento inteligente en cruzamiento, intercambio y control de información de cada jurisdicción, estableciendo controles de producción y desvíos en pro de la real efectividad del Estado.
5 El proceso de informatización del Estado puede y debe ser un modo de movilización de la industria nacional, para lo que se recomienda prioritar el uso y adquisición de equipamiento con bajo contenido importado.
6 El equipamiento informático requiere aplicar racionalidad en su uso, optimizando los actuales niveles de utilización, de contratación de las aplicaciones y las nuevas instalaciones que sean imprescindibles.
7
El programa que se aplica a
8 Promover el procesamiento distribuido, evitando propiciar la conservación y creación de centros de cómputos basados en grandes computadoras, atendiendo a la producción latinoamericana, costos, vulnerabilidad de la información, derechos individuales, etc.
9 Descentralizar el procesamiento aplicando las metodologías necesarias para efectivizar la compatibilidad de equipamiento, sistema y aplicación.
10 Implementar en las adquisiciones y contrataciones que se hagan a partir de la fecha, la exigencia de compatibilidad indicada en el punto anterior.
11
Diseñar y hacer operativa la red de teleprocesamiento
propia de
12 Realizar esfuerzos en el desarrollo de software de comunicaciones y redes locales, acorde con las necesidades de aplicación de informática distribuida, previendo los mecanismos adecuados.
13 Promover el uso de software de base y de aplicación, estandarizado y transportable para las principales aplicaciones, a efectos de evitar la duplicidad en el desarrollo y facilitar las interconexiones.
14 Realizar intercambio de software entre organismos y propiciar el desarrollo cooperativo, en los casos que se requiera y represente un interés común.
15 Coordinar, seleccionar y optimizar los sistemas existentes en función de garantizar la eficiencia en el proceso de modernización del Estado.
16
Generar y actualizar el marco legal-normativo de manera
que se compadezca con la utilización de nuevas tecnologías (Informática-management) en el redimensionamiento racional de
17 Concentrar por parte del Gobierno el poder de negociación, articulando las decisiones políticas, desconcentrando y descentralizando las fases operativas.
18 Reconceptualizar el criterio de seguridad, a partir de los múltiples accesos, con lo que en ello está en riesgo: volatilidad, transacciones, hurtos, vulnerabilidad específicas de archivos, bases, información.
19 Establecer los niveles de competencia, responsabilidad y seguridad de la información por organismos y jurisdicción
20 Posibilitar los cambios funcionales y estructurales a través de una adecuada capacitación de los recursos humanos disponibles, desde la sensibilización al reciclaje profesional, tanto en el área administrativa como informática.
21 Generar una masa crítica respecto de las tecnologías de avanzada a efectos de facilitar la desmitificación y el desarrollo de una conciencia colectiva en la reconceptualización de la realidad, a través de los nuevos servicios instalados o a instalarse, tanto en el empleado público como en la población en general.
22
Instrumentar mecanismos para que las unidades
informáticas respondan en su accionar cotidiano a la política informática
provincial, contribuyendo en y para el Sistema
de Información de
23 Concebir sistemáticamente toda creación, expansión, crecimiento y desarrollo de cada unidad informática, cuando sea necesario, para responder al macrosistema, teniendo en cuenta la ecuación costo-beneficio.