DECRETO 9200/86

 

La Plata, 12 de diciembre de 1986.

 

Visto el Expediente Nº 2702-182/86, del Ministerio de Asuntos Agrarios, por medio del cual se tramita la designación de Vocales Titulares y Alternos, ante la Comisión de Emergencia y Desastre Agropecuario (Ley 10390); y

 

 CONSIDERANDO:

 

Que dichos miembros de la Comisión, cumplirán su cometido en representación de la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (CARBAP), de la Confederación Intercooperativa Agropecuaria Cooperativa Limitada (CONINAGRO) y de la Federación Agraria Argentina (FAA);

 

Que los mismos actuarán por el primer período de dos años (30-X-86 al 31-X-87);

 

Que en tal sentido y atento lo dispuesto en el Artículo 3º, del Decreto Nº 7282/86, reglamentario de la Ley 10390, las instituciones de cita han propuesto sus respectivos representantes;

 

Por ello,

 

EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.- Desígnanse en carácter de Vocales Titulares y Alternos de la Comisión de Emergencia y Desastre Agropecuario (Ley 10390), a los representantes de las distintas instituciones, cuyos nombres se consignan a continuación:

 

1º Por Confederación Intercooperativa Agropecuaria Cooperativa Limitada (CONINAGRO)

-Titular: Alberto Luis Duce C.I. 5.314.159

-Alterno: José María Rossi L.E. 5.238.059

 

2º Por Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (CARBAP.)

-Titular: Pedro Apaolaza DNI 5.216.898

-Alterno: Jorge Asurmendi DNI 11.691.866

 

3º Por Federación Agraria Argentina (FAA)

-Titular: Alfredo Ricardo Laffaye L.E 5.240.999

-Alterno: Carlos Erreguerena L.E 5.395.732

 

ARTÍCULO 2º.-. El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Asuntos Agrarios.

 

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial” y pase al Ministerio de Asuntos Agrarios a sus efectos.