DEPARTAMENTO DE
ECONOMIA
DECRETO 1.969
La Plata, 16 septiembre de 2008.
VISTO el expediente N° 5400-12513/08 mediante el cual tramita la modificación de la Estructura Organizativa de la Contaduría General de la Provincia y la designación de determinados funcionarios;
CONSIDERANDO:
Que a fin de avanzar hacia la implementación de los sistemas integrales e
integrados de contabilidad y control de gestión, se impulsa en la órbita de la
Contaduría General de la Provincia, la creación de la Secretaría de Contabilidad
y Control de Gestión, la Dirección General de Autorizaciones de Pagos, la
Dirección General de Contrataciones, la Dirección General de Procedimientos
Especiales, todas ellas con sus respectivas dependencias, por lo que
corresponde proceder a modificar en forma parcial la actual Estructura Orgánico
Funcional aprobada mediante Decreto N° 4273/94, Texto Ordenado y actualizado
por Decretos N° 2483/01 y N° 3076/01;
Que a los fines de atender los requerimientos funcionales y facilitar el
adecuado logro de sus acciones, la Secretaría de Contabilidad y Control de
Gestión, tendrá bajo su órbita a la Dirección General de Autorizaciones de
Pagos la cual trasladará a su ámbito a la actual Dirección Recursos y Pagos.
Asimismo dicha Secretaría absorberá en su totalidad a las actuales Direcciones
Generales de Auditoría y de Control Contable como así también a la Dirección
General de Contabilidad e Información con todas sus unidades orgánicas
inferiores a excepción de la Dirección Recursos y Pagos;
Que, con la premisa de contribuir a la transparencia, eficacia y eficiencia en
los sistemas y procedimientos de compras y contrataciones de bienes y servicios
por parte de la Administración Pública Provincial, se crea bajo la dependencia
directa del Contador y Subcontador General de la Provincia, la Dirección
General de Contrataciones que estará conformada por la Dirección de Compras y
Contrataciones Públicas, y la Dirección de Servicios al Usuario y Acceso a la
Información;
Que, corresponde suprimir en la actual estructura organizativa de dicha
Jurisdicción, la Dirección Registro de Proveedores y Licitadores de la
Dirección General de Dictámenes, toda vez que las acciones y tareas
encomendadas a la misma serán absorbidas y redefinidas bajo el ámbito de la
Dirección General de Contrataciones que por el presente se crea;
Que a efectos de garantizar que los procesos sumariales satisfagan los
requerimientos de control normativo, de gestión, patrimonial y económico, se
impulsa en la Secretaría Legal y Técnica de la Contaduría General, la creación
de la Dirección General de Procedimientos Especiales, la cual trasladará a su
dependencia a la actual Dirección de Sumarios de la Dirección General de
Dictámenes;
Que en consecuencia se requiere la sustitución parcial de la estructura actual por
una nueva que recepte las modificaciones propuestas;
Que la presente modificación estructural no implica incremento en la erogación
presupuestaria ni aumento de la planta de personal aprobada para la
Jurisdicción toda vez que, a fin de resolver el trámite impulsado, se afectan
cargos vacantes existentes en ese Organismo Constitucional;
Que se propone al contador Gustavo Héctor Luis BRITO, para desempeñar el cargo
de Secretario de Contabilidad y Control de Gestión, a la contadora María
Cecilia CALDERON como Directora General de Autorizaciones de Pagos, a la
contadora María Angélica PAZ como Directora de Recursos y Pagos; al Licenciado
Roberto Damián REALE como Director General de Contrataciones, a la contadora
Liliana Analía RONCALLO como Directora de Compras y Contrataciones Públicas, a
la doctora Marta Isabel RAMOS como Directora de Servicios al Usuario y Acceso a
la Información y a la doctora Marcela Nelba LUGONES como Directora General de
Procedimientos Especiales;
Que el contador Gustavo Héctor Luis BRITO se desempeña actualmente como
Subsecretario Administrativo de la Coordinación General Unidad Gobernador,
designado mediante Decreto N° 387/07, por lo que corresponde disponer el cese
en dicho cargo;
Que a fin de no afectar el normal desempeño de la Coordinación General Unidad
Gobernador, se gestiona la designación de Rodolfo Oscar GARRIDO en el cargo de
Subsecretario Administrativo, quien se desempeña como Supervisor General en la
Contaduría General de la Provincia, cargo en el que fuera designado mediante
Decreto N° 326/07, correspondiendo limitar tal desempeño;
Que los funcionarios propuestos reúnen los requisitos necesarios para
desempeñar las tareas inherentes a dichos cargos;
Que razones de oportunidad y conveniencia tornan menester flexibilizar los
lineamientos dispuestos por el Decreto N° 1322/05 en la diagramación de la
estructura, sin que tal excepción altere los patrones de austeridad y eficacia
en materia administrativa establecidos por dicho acto;
Que se hace necesario recurrir a un mecanismo de excepción a las disposiciones
del Decreto Nº 2658/00 y sus modificatorios (Decretos Nº2809/00, Nº3167/00, Nº
3477/05 y N° 3485/06), prorrogado en todos sus términos mediante Decretos Nº
1842/01, Nº 1581/02, Nº 1134/03, Nº 1473/04, Nº 3477/05, N° 3485/06 y N°
357/07;
Que el artículo 144 - proemio de la Constitución de la Provincia de Buenos
Aires faculta al Poder Ejecutivo como Jefe de la Administración a proveer a la
estructura de sus jurisdicciones;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTICULO 1º. Modificar el
artículo 3° y los Anexos VI, VI.1 del Decreto N° 4273/94, Texto Ordenado y
actualizado por Decretos N°2483/01 y N° 3076/01, dejando establecido que la
cantidad de Contadores Mayores aprobados para la Jurisdicción 11109 - Organismo
de la Constitución Contaduría General de la Provincia se fijará en dos (2)
cargos.
ARTICULO 2º. Modificar el artículo 3° y los Anexos VI, VI.1 del Decreto N°
4273/94, Texto Ordenado y actualizado por Decretos N°2483/01 y N° 3076/01, dejando
establecido que la cantidad de Supervisores Generales aprobados para la
Jurisdicción 11109 - Organismo de la Constitución Contaduría General de la
Provincia se fijará en tres (3) cargos.
ARTICULO 3°. Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2008 Ley N°
13.786 Sector Público Provincial no Financiero Administración Provincial
Administración Central, la transferencia de cargos que a continuación se
detalla:
DEBITO:
Jurisdicción 11109 Categ. de Programa 001 Finalidad 1 Función 6 Fuente
de Financiamiento 11 Partida Principal 1 Partida Subprincipal 1 Régimen
Estatutario 12:
Agrupamiento Ocupacional 15 Autoridades Superiores 4 cargos
Régimen Estatutario 01 :
Agrupamiento Ocupacional 15 Autoridades Superiores 2 cargos
Total débito 6 cargos
CREDITO:
Jurisdicción 11109 Categ. de Programa 001 Finalidad 1 Función 6 Fuente
de Financiamiento 11 Partida Principal 1 Partida Subprincipal 1 Régimen
Estatutario 12:
Agrupamiento Ocupacional 15 Autoridades Superiores
Régimen Estatutario 01 : 1 cargo
Agrupamiento Ocupacional 15 Autoridades Superiores 5 cargos
Total crédito 6 cargos
ARTICULO 4º. Modificar,
en la Jurisdicción 11109 - Organismo de la Constitución - Contaduría General de
la Provincia, el Plantel Básico aprobado por Decreto N° 3076/01 y
modificatorios, suprimiendo: Cuatro (4) cargos Contador Mayor Régimen
Estatutario 12: Jerarquizado Superior Agrupamiento Ocupacional 15:
Autoridades Superiores; Un (1) cargo de Director de Proveedores y Licitadores;
Un (1) cargo de Supervisor General, ambos pertenecientes al Régimen Estatutario
01 Agrupamiento Ocupacional 15: Autoridades Superiores.
ARTICULO 5º. Modificar la Estructura Orgánico-Funcional de la Contaduría
General de la Provincia, incorporando la Secretaría de Contabilidad y Control
de Gestión, la Dirección General de Autorizaciones de Pagos; la Dirección
General de Contrataciones, la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, y
la Dirección de Servicios al Usuario y Acceso a la Información; la Dirección
General de Procedimientos Especiales y suprimiendo la Dirección Registro de
Proveedores y Licitadores, todo ello de acuerdo al Organigrama, Objetivos,
Metas y Acciones que como Anexos 1, 1.a, 1.b, 1.c, 1.d y 2, 2.a, 2.b forman
parte integrante del presente y reemplazan y/o complementan en su parte
pertinente a los oportunamente aprobados por Decreto N° 4273/94, Texto Ordenado
y actualizado por Decretos N° 2483/01 y N° 3076/01.
ARTICULO 6º. Determinar para las unidades estructurales aprobadas en el artículo
precedente, los siguientes cargos: UN (1) Secretario de Contabilidad y Control
de Gestión con rango y remuneración equivalente a Subsecretario, UN (1)
Director General de Autorizaciones de Pago, UN (1) Director General de
Contrataciones, UN (1) Director de Compras y Contrataciones Públicas, UN (1)
Director de Servicios al Usuario y Acceso a la Información; UN (1) Director
General de Procedimientos Especiales, todos ellos conforme a los cargos
vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial de acuerdo al
Régimen Estatutario que en cada caso corresponda.
ARTICULO 7°. Dentro del plazo de noventa (90) días hábiles, a partir de la
fecha de publicación en el Boletín Oficial del presente, el Contador General de
la Provincia, deberá efectuar la desagregación integral de la totalidad de la
estructura orgánica funcional, como así también arbitrar los medios necesarios
para la elaboración de las plantas de personal innominadas y nominadas, con
sujeción a la estructura organizativa modificada por los artículos precedentes
y previa intervención de los organismos y dependencias competentes.
ARTICULO 8º. Dejar establecido que durante el plazo fijado por el artículo
anterior mantendrán su vigencia aquellas unidades orgánico funcionales con
nivel inferior a Dirección, oportunamente aprobadas para la Contaduría General
de la Provincia.
ARTICULO 9°. Designar en la Jurisdicción 11109 -Organismo de la Constitución
Contaduría General de la Provincia, a partir de la fecha de notificación, en el
cargo de Secretario de Contabilidad y Control de Gestión, al contador Gustavo
Héctor Luis BRITO (DNI 14.117.092 Clase 1960), a quien se le limita la
designación como Subsecretario Administrativo de la Coordinación General Unidad
Gobernador, dispuesta por Decreto N° 387/07.
ARTICULO 10. Designar en la Jurisdicción 11109 - Organismo de la Constitución
Contaduría General de la Provincia, a partir de la fecha de notificación, con
encuadre legal en los términos de los artículos 107, 108 y 109 de la Ley Nº
10.430, Texto Ordenado mediante Decreto Nº 1869/96 y su Decreto Reglamentario
N° 4161/96 y de conformidad con el artículo 2° de la Ley N° 13.375, en el cargo
de Director General de Autorizaciones de Pagos, a la contadora María Cecilia
CALDERON (DNI 14.723.618 Clase 1961 Legajo 270.694), quien atento lo
normado por el artículo 3° de la Ley N° 13.375 reserva cargo de Directora, en
esa repartición.
ARTICULO 11. Designar interinamente, en la Jurisdicción 11109 - Organismo de la
Constitución Contaduría General de la Provincia, a partir de la fecha de
notificación, en cumplimiento de lo normado por el artículo 2° de la Ley N°
13.375, en el cargo de Directora de Recursos y Pagos, a la contadora María
Angélica PAZ (DNI 13.909.661 Clase 1960 Legajo 233.950), a quien se le
limitan las funciones interinas de Relator Jefe de Departamento Auditoría
Contable, encomendadas por Decreto N° 316/03 y revista como Planta Permanente
en el cargo de Inicial Profesional Categoría 8, del Agrupamiento Personal
Profesional.
ARTICULO 12. Designar en la Jurisdicción 11109 - Organismo de la Constitución
Contaduría General de la Provincia, a partir de la fecha de notificación, con
encuadre legal en los términos de los artículos 107, 108 y 109 de la Ley Nº
10.430, Texto Ordenado mediante Decreto Nº 1869/96 y su Decreto Reglamentario
N° 4161/96 y de conformidad con el artículo 2° de la Ley N° 13.375, en el cargo
de Director General de Contrataciones, al licenciado Roberto Damián REALE (DNI
26.338.043 Clase 1977), a quien se le limita la designación como Supervisor
General dispuesta por Decreto N° 1228/08.
ARTICULO 13. Designar interinamente, en la Jurisdicción 11109 - Organismo de la
Constitución Contaduría General de la Provincia, a partir de la fecha de
notificación y hasta tanto el mencionado cargo sea cubierto mediante concurso,
en cumplimiento de lo normado por el artículo 2° de la Ley N° 13.375, en el
cargo de Directora de Compras y Contrataciones Públicas, a la contadora Liliana
Analía RONCALLO (DNI 22.416.176 Clase 1971 Legajo 311.984), a quien se le
limitan las funciones interinas de Relator Jefe de Departamento Ley de
Contabilidad, encomendadas por Decreto N° 316/03 y revista como Planta
Permanente en el cargo de Inicial Administrativo Categoría 4, del
Agrupamiento Personal Administrativo.
ARTICULO 14. Designar interinamente, en la Jurisdicción 11109 - Organismo de la
Constitución Contaduría General de la Provincia, a partir de la fecha de
notificación y hasta tanto el mencionado cargo sea cubierto mediante concurso,
en cumplimiento de lo normado por el artículo 2° de la Ley N° 13.375, en el
cargo de Directora de Servicios al Usuario y Acceso a la Información, a la
doctora Marta Isabel RAMOS (DNI 10.253.784 Clase 1952 Legajo 190.119),
quien revista como Planta Permanente en el cargo de Gerente Subdirector
Regímenes de Personal, Categoría 24 del Agrupamiento Personal Jerárquico.
ARTICULO 15. Designar en la Jurisdicción 11109 - Organismo de la Constitución
Contaduría General de la Provincia, a partir de la fecha de notificación, con
encuadre legal en los términos de los artículos 107, 108 y 109 de la Ley Nº
10.430, Texto Ordenado mediante Decreto Nº 1869/96 y su Decreto Reglamentario
N° 4161/96 y de conformidad con el artículo 2° de la Ley N° 13.375, en el cargo
de Director General de Procedimientos Especiales, a la doctora Marcela Nelba
LUGONES (DNI 11.714.421 Clase 1955 Legajo 224.700), a quien se le limita la
designación como Directora de Registro de Proveedores y Licitadores dispuesta
por Decreto N° 2929/06 quien atento lo normado por el artículo 3° de la Ley N°
13.375 reserva cargo de Directora en esa repartición.
ARTICULO 16. Designar en la Jurisdicción Coordinación General Unidad
Gobernador, a partir de la fecha de notificación, en el cargo de Subsecretario
Administrativo al señor Rodolfo Oscar GARRIDO (DNI 12.795.784 Clase 1958), a
quien se le limita la designación como Supervisor General de la Contaduría
General de la Provincia dispuesta por Decreto N° 326/07.
ARTICULO 17. Exceptuar lo dispuesto en los artículos precedentes, de los
alcances del Decreto Nº 2658/00 y sus modificatorios (Decretos Nº 2809/00, Nº
3167/00, Nº 3477/05 y N° 3485/06), prorrogado en todos sus términos mediante
Decretos Nº 1842/01, Nº 1581/02, Nº 1134/03, Nº 1473/04, Nº 3477/05, N° 3485/06
y Nº 357/07, como así también de lo dispuesto por Decreto N° 1322/05 en razón
de las observaciones vertidas en los considerandos del presente.
ARTICULO 18. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios
en los Departamentos de Economía y de Jefatura de Gabinete y Gobierno.
ARTICULO 19. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, al SINBA y
pasar a la Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archivar.
Rafael Perelmiter
Daniel
Osvaldo Scioli
Ministro de Economía Gobernador
Alberto Pérez
Ministro de Jefatura de
Gabinete y Gobierno
ANEXO 1
Contaduría General de la Provincia
ANEXO 1a
Contaduría General de la Provincia
Secretaría Legal y Técnica
ANEXO 1b
Contaduría General de la Provincia
Secretaría Contabilidad y Control de Gestión
Dirección General de Contabildad e Información
ANEXO 1c
Contaduría General de la Provincia
Secretaría Contabilidad y Control de Gestión
Dirección General de Recursos y Pagos
ANEXO 1d
Contaduría General de la Provincia
Dirección General de Contrataciones
Anexo 2
SECRETARIA DE
CONTABILIDAD Y CONTROL DE GESTION
OBJETIVOS:
1. Coordinar y Supervisar
las acciones de las Direcciones Generales de Autorizaciones de Pagos,
Contabilidad e Información, Auditoría y Control Contable en cumplimiento de los
objetivos y metas institucionales.
2. Desarrollar el modelo de control integral e integrado que abarque aspectos
presupuestarios, económicos, financieros, patrimoniales, normativos y de
gestión.
3. Evaluar programas, proyectos y operaciones fundadas en criterios de economía,
eficiencia y eficacia.
4. Mejorar permanentemente los procesos de contabilización y registro que
permitan el logro de la mayor eficiencia en la fiscalización del gasto público
emitiendo normas claras capacitando y orientando a los distintos organismos del
Sector Público Provincial y de los Poderes Legislativo y Judicial.
5. Proponer el Plan de Auditoría a ser desarrollado, de acuerdo con normas y
procedimientos generalmente aceptados, considerando la integridad de los
procesos de registración, información y control.
Anexo 2.a
METAS DE LAS DIRECCIONES GENERALES
SECRETARIA DE
CONTABILIDAD Y CONTROL DE GESTION
DIRECCION GENERAL DE AUTORIZACIONES DE PAGOS
1. Autorizar todo trámite
de pago que deba operarse por intermedio de la Tesorería General de la Provincia
y controlar la documentación que avale u origine dicho egreso.
2. Dirigir el sistema de registración del Mandado a Pagar por la Tesorería
General de la Provincia.
3. Dirigir el sistema de registración de los recursos.
4. Consentir o disponer en las órdenes de libramiento de pago que operen por
intermedio de la Tesorería General de la Provincia, siempre que no afecte el
total librado en su correcto destino: las omisiones o errores formales y la
adecuación de dichos documentos conforme la real situación vigente en el
momento de su intervención.
5. Asesorar como así también evacuar consultas emanadas de los Organismos y/o
Dependencias de la Administración Provincial; en materia de pagos que deban
cancelarse por intermedio de la Tesorería General de la Provincia.
6. Organizar, motivar, coordinar y verificar las tareas de control que se
efectúan en relación a los expedientes que se remiten en pago por la Tesorería
General de la Provincia.
7. Determinar metodologías y criterios de trabajo de la Dirección General.
8. Propiciar, de corresponder, con la Dirección General Centro de Sistemas e
Informática modificaciones en el sistema de registración del Mandado a Pagar
con el fin de facilitar la gestión operativa de esta Dirección General y
brindar información para la toma de decisiones.
9. Asignar los recursos humanos a fin de optimizar los rendimientos laborales.
10. Analizar los resultados de la gestión laboral y proponer si fuese necesario
modificaciones.
11. Intervenir en las actuaciones por pago de capital e intereses de la Deuda
Pública.
12. Controlar y autorizar los expedientes que se remitan al pago por la
Tesorería General, originados en el suministro de bienes y/o servicios
verificando la aprobación del gasto por autoridad competente, el cumplimiento
en tiempo y forma del contrato y la aplicación de multas en caso de
corresponder.
13. Controlar y autorizar los expedientes por los cuales se tramitan pagos por
la Tesorería General, originados en la ejecución de la obra pública,
verificando el cumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones
contractuales, las retenciones por garantías e intereses moratorios
establecidos en los artículos 45 y 46 de la Ley de Obras Públicas.
14. Controlar y autorizar la liquidación de entrega de fondos con imputación a
la Partida Principal 1 Erogaciones en Personal; como así también aquellos
expedientes por los cuales tramitan pagos a empresas de servicios públicos y
pagos a diversos organismos nacionales, provinciales y municipales y verificar
todos aquellos pagos no originados en trámite interno previo, tales como
débitos de intereses.
15. Velar por el cumplimiento de las normas, procedimientos y sistemas
relativos a todo trámite de pago que deba operarse por intermedio de la
Tesorería General de la Provincia.
SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA
DIRECCION GENERAL DE PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
1. Supervisar a la
Dirección de Sumarios
2. Instruir y encauzar a la Dirección de Sumarios a los fines de asegurar que
el sumario de responsabilidad patrimonial satisfaga los requerimientos de control
normativo, de gestión, patrimonial y económico previsto en el art. 103 de la
Ley N° 13.767.
3. Orientar la actividad procedimental a una reparación oportuna y
satisfactoria de los perjuicios fiscales y a la prevención de éstos.
4. Centralizar los fallos del Tribunal de Cuentas en los sumarios
administrativos de responsabilidad, así como las referencias a dichos sumarios
en los fallos de rendiciones de cuentas, manteniendo informadas a las áreas a
su cargo sobre la jurisprudencia en la materia.
5. Consolidar los registros llevados por las áreas a su cargo para la
elaboración y seguimiento de los indicadores de gestión.
6. Elaborar la memoria anual de gestión de la Dirección General.
DIRECCION GENERAL DE CONTRATACIONES
1. Proponer y ejecutar
políticas, sistemas y procedimientos que contribuyan a la transparencia,
eficacia y eficiencia de las compras y contrataciones de bienes y servicios del
Sector Público Provincial.
2. Administrar la información en materia de compras y contrataciones públicas
en la Provincia para un adecuado seguimiento y evaluación de las mismas.
3. Proyectar y proponer las normas que tengan por objeto instrumentar las
políticas, sistemas y procedimientos propuestos.
4. Propiciar, de corresponder, las reformas legislativas que se consideren
necesarias para el perfeccionamiento del Sistema de Compras y Contrataciones.
5. Difundir la normativa vigente en la materia y capacitar a los organismos del
Sector Público Provincial en su aplicación y en la utilización de los
instrumentos diseñados a tales fines.
6. Velar por el cumplimiento de las normas, procedimientos y sistemas relativos
a las contrataciones públicas.
7. Diseñar, en coordinación con la Dirección General Centro de Sistemas e
Informática, sistemas destinados a facilitar la gestión operativa de las
contrataciones públicas y a difundir los actos administrativos referidos a las
mismas.
8. Asesorar y asistir técnica, operativa y jurídicamente a las jurisdicciones
en materia de compras y contrataciones.
9. Proponer y gestionar la suscripción de convenios con Universidades,
Institutos, Organismos de la Administración Pública Nacional, Provincial o
Extranjera y/o Entidades de Derecho Privado, con el objeto de contribuir a la
mejora de los sistemas y procedimientos de compras y contrataciones en la
Provincia de Buenos Aires.
Anexo 2.b
ACCIONES DE LAS DIRECCIONES
SECRETARIA DE
CONTABILIDAD Y CONTROL DE GESTION
DIRECCION GENERAL DE AUTORIZACIONES DE PAGOS
DIRECCION RECURSOS Y PAGOS
1. Autorizar todo trámite
de pago que deba operarse por intermedio de la Tesorería General de la
Provincia y controlar la documentación que avale u origine dicho egreso.
2. Consentir o disponer en las órdenes de libramiento de pago que operen por
intermedio de la Tesorería General de la Provincia, siempre que no afecte el
total librado en su correcto destino: las omisiones o errores formales y la
adecuación de dichos documentos conforme la real situación vigente en el
momento de su intervención.
3. Determinar metodologías y criterios de trabajo en el área de su competencia.
4. Analizar los resultados de la gestión laboral y proponer si fuese necesario
modificaciones.
5. Intervenir en las actuaciones por pago de capital e intereses de la Deuda
Pública.
6. Controlar y autorizar los expedientes que se remitan al pago por la
Tesorería General, originados en el suministro de bienes y/o servicios
verificando la aprobación del gasto por autoridad competente, el cumplimiento
en tiempo y forma del contrato y la aplicación de multas en caso de
corresponder.
7. Controlar y autorizar los expedientes por los cuales se tramitan pagos por
la Tesorería General, originados en la ejecución de la obra pública,
verificando el cumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones
contractuales, las retenciones por garantías e intereses moratorios
establecidos en los artículos 45 y 46 de la Ley de Obras Públicas.
8. Controlar y autorizar la liquidación de entrega de fondos con imputación a
la Partida Principal 1 Erogaciones en Personal; como así también aquellos
expedientes por los cuales tramitan pagos a empresas de servicios públicos y
pagos a diversos organismos nacionales, provinciales y municipales y verificar
todos aquellos pagos no originados en trámite interno previo, tales como
débitos de intereses.
9. Motivar a los niveles jerárquicos inferiores a efectuar sugerencias para
realizar mejoras en el proceso operativo y productividad administrativa.
10. Analizar, proyectar y evaluar las propuestas que se le presenten.
11. Analizar los resultados de la gestión laboral y proponer si fuese necesario
modificaciones.
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
DIRECCION GENERAL DE PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
DIRECCION SUMARIOS
1.
Intervenir en actuaciones administrativas en las que exista presunción o
certeza de perjuicios fiscales.
2. Dictaminar en las actuaciones donde surja la presunta comisión de ilícitos.
3. Instruir o promover la delegación de la instrucción de sumarios de
responsabilidad, de acuerdo a lo que disponga el Contador General de la
Provincia.
4. Determinar la forma y condiciones que deben reunir las actas y
certificaciones a cargo de los instructores.
5. Autorizar la designación de Secretarios de Instrucción.
6. Ampliar los distintos plazos de sustanciación de los sumarios, excepto el
acordado para alegar, sin exceder el máximo previsto para cada situación en
especial.
7. Analizar lo actuado por el instructor designado, ordenar medidas para mejor
proveer y adoptar todo otro recaudo que estime necesario.
8. Emitir el informe conclusivo del sumario y elevar lo actuado a la
consideración del señor Contador General.
9. Centralizar la información sobre el estado de los sumarios delegados en
cuanto a su instrucción.
REQUISITO: Ser Abogado
DIRECCION GENERAL DE
CONTRATACIONES
DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
1. Organizar y registrar
la información necesaria para un adecuado seguimiento y evaluación del Sistema
de Compras y Contrataciones Públicas Provinciales.
2. Actualizar los registros necesarios a tales fines.
3. Administrar el Sistema de Identificación de Bienes y Servicios de la
Provincia de Buenos Aires (SIBySPBA).
4. Proyectar las normas que se consideren necesarias para el perfeccionamiento
del Sistema de Compras y Contrataciones.
5. Asesorar y asistir técnica, operativa y jurídicamente en materia de su
competencia.
6. Verificar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de compras y
contrataciones públicas.
7. Verificar el cumplimiento de las pautas y estándares establecidos en el uso
de la Firma Digital en los procedimientos de compras y contrataciones públicas.
8. Entender en la aplicación de los Sistemas de Precios Testigo o Referenciales
y de Precios Relevados.
DIRECCION DE SERVICIOS AL USUARIO Y ACCESO A LA INFORMACION
1. Generar y proponer
acciones para una fluida comunicación con los distintos usuarios del Sistema de
Compras y Contrataciones: Sector Público Provincial (Poder Ejecutivo, Poder
Legislativo, Poder Judicial, entes descentralizados y autárquicos, en tanto
tengan injerencia en materia de compras públicas), Proveedores -actuales y
potenciales- del Estado y Ciudadanía, incluidas las Organizaciones de la
Sociedad Civil.
2. Dirigir, organizar y administrar el Registro Unico de Proveedores y
Licitadores de la Provincia de Buenos Aires.
3. Organizar y gestionar el sistema de ayuda en línea (centro de atención
telefónica) con el fin de facilitar y promover el uso del Sistema de Compras y
Contrataciones por parte de sus usuarios.
4. Participar en la definición de requerimientos de nuevos diseños que
optimicen el Sistema de Compras y Contrataciones y faciliten el cumplimiento de
las normas vigentes en la materia.
5. Realizar acciones tendientes a promover el incremento del número de
integrantes del Registro de Proveedores y la cantidad de ofertas de los
distintos llamados realizadas en la Provincia de Buenos Aires.
6. Realizar acciones tendientes a incentivar la participación ciudadana en
materia de contrataciones públicas.
7. Generar y proponer mecanismos, electrónicos y no electrónicos, que permitan
un acceso fácil y rápido a información fidedigna y actualizada sobre las
compras y contrataciones del Estado Provincial, promoviendo la transparencia de
los actos de gobierno en la materia.
8. Generar y proponer mecanismos que permitan recibir inquietudes, quejas y
sugerencias de los Organismos del Sector Público Provincial, los proveedores
del Estado y la ciudadanía en general sobre el desempeño del Sistema de Compras
y Contrataciones.
9. Generar y proponer mecanismos de comunicación institucional de la Dirección
General de Contrataciones.
10. Administrar el sistema informático que soporta las compras y contrataciones
públicas en la Provincia.
11. Establecer los requerimientos del software, como así también del hardware,
necesarios para un correcto funcionamiento de la Dirección General de
Contrataciones.
12. Administrar el Portal de Compras y Contrataciones Públicas de la Provincia
de Buenos Aires.
13. Entender en lo referente a la aplicación de la Firma Digital en relación
con las compras y las contrataciones públicas.