Fundamentos de la Ley 14566
Honorable Legislatura: Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, por el cual se propicia, atento el requerimiento efectuado por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, rectificar el último párrafo de la Ley 14.346. Al respecto, cabe mencionar que a través de la Ley 14.205 se creó un (1) juzgado de Garantías en el departamento judicial de La Plata, con asiento en la ciudad de Saladillo y con competencia en los partidos de Saladillo, Lobos y Roque Pérez. De los fundamentos de la ley mencionada precedentemente, surge que no obstante la creación por parte de la Legislatura provincial de una fiscalía con sede en Saladillo y la radicación de una defensoría, las que se encuentran funcionando, restaba la radicación de un juzgado de Garantías, para así completar el conjunto de organismos que intervienen en la investigación penal preparatoria del procedimiento penal de la provincia de Buenos Aires. Tanto la fiscalía como la defensoría de Saladillo tienen competencia en los partidos de Saladillo, Lobos y Roque Pérez. Con posterioridad, mediante la Ley 14.346, que se propone rectificar, se creó un (1) juzgado de Garantías con asiento en la ciudad de Cañuelas y con competencia en los partidos de Cañuelas, lobos, San Vicente, Presidente Perón, Saladillo y Roque Pérez en el departamento judicial La Plata, absorbiendo la competencia territorial de Saladillo, oportunamente establecida. Atento lo expuesto y fin de mantener congruencia con la fiscalía y defensoría oportunamente creadas en Saladillo, resulta necesario rectificar la competencia del juzgado de Garantías creado en Cañuelas, estableciendo su competencia en los partidos de Cañuelas, San Vicente y Presidente Perón. A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita de ese Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto. Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.
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