DEPARTAMENTO DE ECONOMIA

DECRETO 177/05

La Plata, 18 de febrero de 2005.

VISTO el Expediente 2305-0013/05 del registro del Ministerio de Economía por el cual se propicia el dictado de un Decreto relacionado con los ingresos de los agentes del Estado Provincial, y

CONSIDERANDO:

Que dentro de los objetivos de la política salarial encarada por el Poder Ejecutivo Provincial se ha previsto el otorgamiento de una bonificación remunerativa y no bonificable a los agentes del Servicio Penitenciario Bonaerense,Que el Artículo 23 de la Ley 13.154 de Presupuesto General 2004, prorrogada para el Ejercicio 2005, autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar este tipo de adecuaciones salariales;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIADE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTICULO 1º: Inclúyase, a partir del 1º de enero de 2005, al Servicio Penitenciario Bonaerense en las disposiciones del Artículo 2º del Decreto 52/05. -

ARTICULO 2º: Establécese que el adicional salarial que resulte en función de lo dispuesto en el artículo anterior, será absorbido por los nuevos adicionales que se determinen al momento de definir una nueva estructura salarial para el Personal del Servicio Penitenciario.

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía.

ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial, pase al Ministerio de Economía y a la Contaduría General de la Provincia y archívese.

SOLAG. A Otero.