DECRETO 201/17 E

 

 

 

 

 

LA PLATA, 15 de junio de 2017.

 

 

 

 

 

Referencia: expediente Nº 2360-202723/09 Modificar el artículo 2° del Decreto N° 401/15 DIMA

 

 

 

 

 

VISTO el expediente Nº 2360-202723/09 y su agregado Nº 2360-236165/10 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires –ARBA-, por el cual tramitan actuaciones relacionadas con bienes inmuebles ubicados en el Partido de San Isidro, y

 

 

 

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

 

 

 

Que los bienes identificados catastralmente como Circunscripción VI, Sección A, Fracción V, Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, del Partido de San Isidro, se encuentran inscriptos en la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad en las Matrículas N° 6196, N° 6197, N° 6198, N° 6199, N° 6200, N° 6201 y N° 6202 (97), a nombre de la Provincia de Buenos Aires;

 

 

 

 

 

Que mediante el Decreto N° 401/15 se revoca en todos sus términos la concesión de uso aprobada por Decreto N° 3.943/91 a favor de la Asociación Civil “Derechos Iguales para la Mujer Argentina” –DIMA- con relación a las parcelas 1, 2, 3, 6 y 7 de los mencionados inmuebles, estableciendo en su artículo 2° el plazo de restitución de los mismos en dieciocho (18) meses contados desde la notificación del Decreto;

 

 

 

 

 

Que asimismo la citada norma, afecta estos inmuebles al uso de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires a los efectos de lo dispuesto en la Ley N° 13795 de Emergencia Edilicia;

 

 

 

 

 

Que oportunamente el Presidente del Máximo Tribunal, solicita la modificación del Decreto N° 401/15 en cuanto a la duración del plazo conferido para la restitución de los inmuebles, sugiriendo su reducción a tres (3) meses, fundamentado en la demora excesiva que pudiera ocasionar el plazo previsto originalmente;

 

 

 

 

 

Que han dictaminado Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y emitido vista Fiscalía de Estado;

 

 

 

 

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 –proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y el Decreto Ley N° 9533/80;

 

 

 

 

 

Por ello,

 

 

 

 

 

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

 

 

 

 

 

DECRETA:

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 1°. Modificar el artículo 2° del Decreto N° 401/15, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Establecer que la Asociación Civil “Derechos Iguales para la Mujer Argentina” – DIMA- deberá restituir los inmuebles, libres de todo ocupante y en los términos dispuestos en el Convenio ratificado por el Decreto N° 3943/91, en el plazo perentorio de tres (3) meses contados desde la notificación del presente y autorizar a Fiscalía de Estado a iniciar las acciones pertinentes en caso de incumplimiento de lo dispuesto”.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 2°. Establecer que la Dirección de Recursos Inmobiliarios Fiscales del Ministerio de Economía, previo relevamiento, formalizará la entrega de posesión de las porciones de los inmuebles que no se hallen ocupadas, disponiendo asimismo todos aquellos actos y medidas que fueran necesarias para perfeccionar lo dispuesto por el presente.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 3°. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía y Jefatura de Gabinete de Ministros.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al señor Fiscal de Estado, notificar a la Asociación Civil “Derechos Iguales para la Mujer Argentina” –DIMA-, publicar, dar al Boletín Oficial. Pasar a la Dirección de Recursos Inmobiliarios Fiscales. Cumplido, archivar.

 

 

 

 

 

Hernán Lacunza                                          María Eugenia Vidal

 

 

Ministro de Economía                                   Gobernadora

 

 

 

 

 

Federico Salvai

 

 

Ministro de Jefatura de

 

 

Gabinete de Ministros