LEY  6390

 

Declarando de utilidad pública fracciones de terrenos en Punta Alta, Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, para ampliación de ejido y creación del parque y vivero municipal.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetas a expropiación las fracciones de terrenos correspondientes a las Secciones I y II de Ciudad Atlántida, Punta Alta, en el Partido de Coronel de Ma­rina Leonardo Rosales, con una superficie total de 302 hectáreas, 30 áreas, 7 centiáreas y 50 decímetros cuadrados, cuyas caracterís­ticas que lo individualizan son las siguientes:

1º Quintas 1/4, 7/16, 19/36, 38/48 y 51/60, de la Circunscripción VI, Sección "O", de propiedad de Selcio Jacobo Bohoslavsky, y cuyo dominio se halla inscripto bajo el número 529, del año 1958;

2º Parcelas 1/32, de la Manzana 37a., de la Circunscripción VI, Sección "O", de propiedad de Luis Gervasio Dignani y Guillermo Mon Alvarez, y cuyo dominio se halla inscripto bajo el número 464 del año 1948;

3º Parcelas 1/18, 22, 24, 28, 29, 31 y 32, de la Circunscripción VI, Sección "O", de la Manzana 37b., de propiedad de Luis Gervasio Dig­nani y Guillermo Mon Alvarez, y cuyo dominio se halla inscripto ba­jo el número 464, del año 1948;

4º Parcela 19, de la Manzana 37b., de la Circunscripción VI, Sección "O", de propiedad de Angel Morán, y cuyo dominio se halla inscripto bajo el número 19 del año 1950;

5º Parcelas 20 y 21 de la Manzana 37b., de la Circunscripción VI, Sección "O", de propiedad de Alfredo Florindo Caporicci y cuyo do­minio se halla inscripto bajo el número 411 del año 1949;

6º Parcelas 23 y 25 de la Manzana 37b., de la Circunscripción VI, Sección "O", de propiedad de Osias Kancepolski y cuyo dominio se halla inscripto bajo el número 359 del año 1950;

7º Parcelas 26 y 27 de la Manzana 37b., de la Circunscripción VI, Sección "O", de propiedad de Paphen Zovikian y cuyo dominio se ha­lla inscripto bajo el número 480 del año 1956;

8º Parcela 30 de la Manzana 37b de la Circunscripción VI, Sec­ción "O", de propiedad de Magdalena Giuliani de Sommer, y cuyo dominio se halla inscripto bajo el número 586 del año 1955;

9º Parcelas 1/2, 4/5, 7/19, 22/23 y 26/30, de la Manzana 37c., de la Circunscripción VI, Sección "O" de propiedad de Luis Gervasio Dig­nani y Guillermo Mon Alvarez y cuyo dominio se halla inscripto bajo el número 464 del año 1948;

10. Parcelas 3 y 6 de la Manzana 37c., de la Circunscripción VI, Sección "O", de propiedad de José María Palacio, y cuyo dominio se halla inscripto bajo el número 6 del año 1960;

11. Parcelas 20 y 21, de la Manzana 37c., de la Circunscripción VI, Sección "O", de propiedad de Eliseo Ventura y cuyo dominio se halla inscripto bajo el número 301 del año 1951;

12. Parcelas 24 y 25, de la Manzana 37c., de la Circunscripción VI, Sección "O", de propiedad de Juana Montenegro y cuyo dominio se halla inscripto bajo el número 572 del año 1957;

13. Parcelas 31 y 32 de la Manzana 37c., de la Circunscripción VI, Sección "O", de propiedad de Juan Dello Russo y cuyo dominio se halla inscripto bajo el número 531 del año 1956;

14. Quintas 37 y 49 de la Circunscripción VI, Sección "O", de propiedad de Carlos Schiaffini y cuyo dominio se halla inscripto ba­jo el folio 27.963, 266/B/1905, hay doble inscripción por los folios 464 año 1948, 112/949, 411/949 y 144/947;

15. Parcelas 1 y 2 de la Quinta 50, Circunscripción VI, Sección "O", de propiedad de Francisco Clarc, y cuyo dominio se halla ins­cripto bajo el número 345, del año 1919, hay doble inscripción por folio 74/949;

16. Quinta 50 de la Circunscripción VI, Sección "O", de propie­dad de Pedro Andrade y cuyo dominio se halla inscripto bajo el nú­mero 74, del año 1947, hay doble dominio por folio 345/919;

17. Quinta 49 de la Circunscripción VI, Sección "O", de propie­dad de Arenera del Sud S. R. L., cuyo dominio se halla inscripto bajo el número 335 del año 1949;          

18. Quintas 5, 6, 17 y 18, de la Circunscripción VI, Sección "O", de propiedad de Luis Gervasio Dignani y Antolín Merino, cuyo do­minio se halla inscripto bajo el número 179 del año 1957;

19. Parcelas 3/6 y 10/30, de la Manzana 37d., de la Circunscripción VI, Sección "O", de propiedad de Luis Gervasio Dignani y de Guillermo Mon Alvarez, y cuyo dominio se halla inscripto bajo el nú­mero 464, del año 1948;

20. Parcelas 1/2 y 31/32, de la Circunscripción VI, Sección "O", de la Manzana 37d., de propiedad de Joaquín Alberto Albanesi y Vicente Arzenio Romero, cuyo dominio se halla inscripto bajo el número 423 del año 1951;

21. Parcelas 7/9, de la Manzana 37d., de la Circunscripción VI, Sección "O", de propiedad de Antonio Roque Fortunato, cuyo domi­nio se halla inscripto bajo el número 412 del año 1949.

Todas las inscripciones de dominio corresponden al Registro, del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales.

 

ARTÍCULO 2.- Los inmuebles expropiados se destinarán para futuras ampliaciones del ejido de Punta Alta, creación de un Parque y Vi­vero Municipales e instalación de dependencias para servicios co­munales.

 

ARTÍCULO 3.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma.

 

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.