DEPARTAMENTO DE JUSTICIA
DECRETO 889
Visto el expediente N° 2305-2792/09 por
el que tramita un proyecto de Decreto relacionado con
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 78 de
Que el Decreto N° 3260/08 reglamentario de
Que las Jurisdicciones Auxiliares “Administración de Justicia” y “Ministerio
Público” dependientes del Poder Judicial manifiestan que el porcentaje aludido
resulta altamente insuficiente para el normal funcionamiento de sus
dependencias;
Que en función de lo solicitado por ambas Jurisdicciones Auxiliares corresponde
incrementar el porcentaje que nos ocupa en hasta el veinticinco por ciento
(25%);
Que ha tomado intervención Contaduría General de
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por
Por ello,
El GOBERNADOR DE
Artículo 1°.
Establecer, para las Jurisdicciones Auxiliares “Administración de Justicia” y
“Ministerio Público” dependientes del Poder Judicial, en hasta el veinticinco
por ciento (25%) el porcentaje a que alude el Artículo 78 inciso d) del Decreto
N° 3260/08 reglamentario de
Artículo 2°. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios
en los Departamentos de Justicia, de Jefatura de Gabinete de Ministros y de
Economía.
Artículo 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA,
pasar al Ministerio de Economía y a
Alejandro G. Arlía |
Daniel Osvaldo Scioli |
Ministro de Economía |
Gobernador |
Alberto Pérez |
Ricardo Casal |
Ministro de Jefatura de |
Ministro de Justicia |
Gabinete de Ministros |
|