DECRETO
1814/02
LA PLATA, 2 de AGOSTO de 2002.
VISTO: La necesidad
de modificar e incorporar unidades orgánicas a las Subsecretarías de Gobierno,
de Asuntos Municipales y a la Dirección General de Administración del
Ministerio de Gobierno, y
CONSIDERANDO:
Que en esta
instancia resulta necesario adecuar la estructura organizativa en forma parcial
y acorde a lo establecido en la Ley de Ministerios 12856 y hasta tanto se
apruebe el diseño organizacional definitivo;
Que a tales fines se
propicia la supresión del cargo de Coordinador del Registro Único de
Infractores de Tránsito, que fuera aprobado por el Decreto 35/99, juntamente
con sus desagregaciones funcionales que fueran aprobadas por Decreto 2107/98, e
incorporar en el ámbito de la Dirección Provincial del Registro de las Personas
dependiente de la Subsecretaría de Gobierno a la Dirección del Registro Único
de Infractores de Tránsito y sus correspondientes unidades estructurales;
Que resulta menester
reasignar la autoridad de aplicación de la Ley 12485 y su Decreto Reglamentario
2785/01, referida a la Oficina de Personas con Paradero Desconocido
(O.R.P.Pa.De.) de la órbita del Ministerio de Gobierno Dirección Provincial del
Registro de las Personas al ámbito de actuación de la Secretaría de Derechos Humanos;
Que siguiendo el principio de economía
se propone como medida tendiente a la contención del gasto público, suprimir de
la estructura organizativa del Ministerio de Gobierno, la Subsecretaría de
Tierras, juntamente con sus desagregaciones funcionales que fueran aprobadas
mediante los Decretos 2107/98 y 35/99;
Que a fin de
mantener la prestación de los servicios esenciales de la Subsecretaría a
suprimir, se propone aprobar en la órbita de la Subsecretaría de Asuntos
Municipales, la Dirección Provincial de Tierras, la Dirección de Regularización
Dominial, la Dirección de Programa Familia Propietaria y la Dirección de
Análisis y Planificación Dominial, con sus correspondientes desagregaciones
estructurales;
Que por otra parte,
es necesario aprobar la Dirección Técnica-Administrativa a fin de incorporar un
nivel de responsabilidad y decisión en las actividades propias de apoyo
técnico-administrativo al organismo;
Que las
modificaciones propuestas no representan un incremento presupuestario en las
partidas pertinentes para el ejercicio económico-financiero del año en curso;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Suprímense de la
estructura organizativa del Ministerio de Gobierno aprobada por Decretos
2107/98, 35/99 y 2082/01, la Subsecretaría de Tierras y su correspondiente
desagregación y cargos estructurales; y en la Subsecretaría de Gobierno, el
cargo de Coordinador del Registro Único de Infractores de Tránsito equiparado
al cargo de Director Provincial de la Ley 10430 con sus unidades y cargos
estructurales desagregados.
ARTÍCULO 2.- Apruébase e
incorpórase al ámbito del Ministerio de Gobierno - Subsecretaría de Asuntos
Municipales-, la Dirección Provincial de Tierras con su correspondiente
desagregación estructural: Dirección de Regularización Dominial, Dirección de
Programa de Familia Propietaria, Dirección de Análisis y Planificación
Dominial, Departamento Relevamiento y Análisis, Departamento Social,
Departamento Técnico, Departamento Estudios Técnicos, Departamento Agrimensura,
y Departamento Social, acorde al organigrama, objetivos, metas, acciones y
tareas que como Anexos 1a, 2, 3, 4, y 6, forman parte del presente.
ARTÍCULO 3.- Apruébase e
incorpórase al ámbito del Ministerio de Gobierno -Subsecretaría de Gobierno,
Dirección Provincial del Registro de las Personas-, la Dirección del Registro
Único de Infractores de Tránsito; la Subdirección Registro de Antecedentes de
Tránsito; y los Departamentos Administrativo, y Antecedentes de Tránsito, de
acuerdo con organigrama, metas, acciones, responsabilidades y tareas que como
Anexos 1b, 3, 4, 5, y 6, forman parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 4.- Apruébase e
incorpórase a la Dirección General de Administración del Ministerio de
Gobierno, la Dirección Técnica Administrativa, la Subdirección Administrativa,
el Departamento Despacho y Protocolización y el Departamento Mesa General de
Entradas, de acuerdo al organigrama, metas, acciones, responsabilidades y
tareas, que como Anexos 1c, 3, 4, 5 y 6 forman parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 5.- Determínanse para
la estructura organizativa incorporada y aprobada en el Ministerio de Gobierno
de acuerdo con los artículos 2°, 3° y 4° del presente acto los siguientes
cargos: Director Provincial de Tierras; Director Técnico-Administrativo;
Director de Regularización Dominial; Director de Programa Familia Propietaria;
Director de Análisis y Planificación Dominial; Director del Registro Único de
Infractores de Tránsito; Subdirector Administrativo; Subdirector Registro de
Antecedentes de Tránsito; Jefe de Departamento Despacho y Protocolización; Jefe
de Departamento Mesa General de Entradas; Jefe de Departamento Relevamiento y
Análisis; Jefe de Departamento Social; Jefe de Departamento Técnico; Jefe de
Departamento Estudios Técnicos; Jefe de Departamento Agrimensura; Jefe de
Departamento Social; Jefe de Departamento Administrativo; y Jefe de
Departamento Antecedentes de Tránsito; todos ellos conforme a los cargos
vigentes que rigen para la Administración Pública Provincial.
ARTÍCULO 6.- Derógase a partir
de la vigencia del presente acto administrativo el Decreto 2784/01.
ARTÍCULO 7.- La Secretaría de
Derechos Humanos, será la Autoridad de Aplicación de la Ley Provincial 12485, y
tendrá a su cargo su cumplimiento y el de las normas que se dicten en su
consecuencia; debiendo dicha área, adecuar su estructura organizativa al
contenido de las nuevas disposiciones.
ARTÍCULO 8.- El Ministerio de
Gobierno deberá arbitrar los medios necesarios para la elaboración de la estructura
organizativa integral del organismo, con las plantas de personal innominadas y
nominadas, en un plazo de noventa (90) días y previa intervención de los
organismos y dependencias competentes e involucrados.
ARTÍCULO 9.- El Ministerio de
Gobierno propondrá al Ministerio de Economía las adecuaciones presupuestarias
necesarias para dar cumplimiento a las adecuaciones aprobadas en el presente
acto administrativo, las que deberán ajustarse a las posibilidades
económicas-financieras existentes para el ejercicio presupuestario del año en
curso.
ARTÍCULO 10.- El presente Decreto
será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno
y de Economía.
ARTÍCULO 11.- Regístrese,
publíquese, dése al Boletín Oficial, comuníquese a la Secretaría para la
Modernización del Estado, cumplido, archívese.
ANEXO 2
OBJETIVOS DE LAS
SUBSECRETARÍAS
MINISTERIO DE
GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS MUNICIPALES
- Proponer
planes y programas tendientes a la optimización de las relaciones entre el
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y las Municipalidades.
- Atender
temas referidos a asistencia técnica a brindar a cada uno de los
Municipios, de acuerdo con sus particularidades y problemáticas
específicas.
- Coordinar
con los Municipios la aplicación de la normativa vigente en relación a sus
respectivos funcionamientos y la fiscalización del cumplimiento de las
mismas.
- Programar
los análisis y estudios necesarios, a fin de realizar las evaluaciones
requeridas para compatibilizar las propuestas programáticas con los
recursos propios, tendiendo a determinar necesidades de complementación
presupuestaria y coordinando pautas con el Ministerio de Economía.
- Planificar
y coordinar las actividades conducentes al desarrollo del interior de la
Provincia y el Conurbano Bonaerense elaborando, cursos de acción,
implementando mecanismos apropiados para su mejor administración y
concertando criterios comunes y afines con otras jurisdicciones del
Gobierno Provincial.
- Participar
en las cuestiones que hacen a la territorialidad, ordenamiento y uso del
suelo, según las especificidades propias de cada comuna, atendiendo a la
política global determinada por las mismas y en coordinación con los
organismos provinciales vinculados a la temática.
- Coordinar
las acciones tendientes a evaluar la prestación y las necesidades en
materia de servicios públicos que surjan como pertinentes de acuerdo a la
capacidad económico-financiera y a la densidad poblacional de cada
Municipio.
- Participar
en el seguimiento y evaluación de la gestión económico-financiera en el
ámbito regional y municipal de la Provincia, en coordinación con el
Ministerio de Economía.
- Participar
y centralizar la información referida a la actuación municipal con los
niveles provinciales, nacionales, internacionales y organismos
supranacionales en los aspectos económico-financieros.
- Coordinar
acciones a fin de establecer la definición e integración de las regiones
que conforman la Provincia de Buenos Aires, a partir de los indicadores y
series de tiempo económico-financiero gestión municipal.
- Promover
el análisis y estudio de la autonomía municipal a fin de adaptar la
estructura político institucional de los Municipios bonaerenses a lo
establecido en el artículo 123 de la Constitución Nacional.
- Establecer
los criterios sobre los aspectos técnicos necesarios para la
regularización dominial.
- Establecer
mecanismos y cursos de acción para lograr la regularización dominial en el
territorio provincial.
- Desarrollar
cursos de acción con el fin de recuperar y reestructurar el fenómeno
dominial de los asentamientos, barrios carecientes y sectores marginados.
- Elaborar
y diseñar los planes que contemplen el acceso a la vivienda familiar de
los segmentos sociales carecientes a través del Plan Familia Propietaria,
coordinando acciones con los organismos competentes e involucrados.
- Convenir
con los Municipios la ejecución de dicho Programa.
ANEXO 3
METAS DE LAS
DIRECCIONES GENERALES Y PROVINCIALES
MINISTERIO DE
GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
- Programar,
controlar y ejecutar los actos administrativos vinculados con la gestión
contable, económica y financiera en el ámbito del Ministerio.
- Elaborar
el proyecto de presupuesto anual de los organismos de la jurisdicción
ministerial y controlar su ejecución, realizando los reajustes contables
pertinentes.
- Organizar,
controlar y gestionar los ingresos y egresos de fondos y valores de las
Subsecretarías y dependencias de la jurisdicción de acuerdo a las
normativas y reglamentaciones vigentes y en un todo de acuerdo con las
instrucciones que imparte el Ministerio de Economía.
- Ejecutar,
supervisar y controlar las acciones relacionadas con el registro de los
bienes patrimoniales y con la organización, programación y prestación de
los servicios auxiliares necesarios al buen funcionamiento de la
jurisdicción, como así también, organizar, controlar y gestionar los actos
vinculados a compras, contrataciones, actos licitatorios, liquidación de
haberes y demás actividades vinculadas a su competencia.
- Coordinar
todas las actividades relacionadas con la administración del personal y el
tratamiento y resolución de los temas laborales, ejerciendo el debido
control de la asistencia, confección y archivos de legajos y demás
actividades vinculadas al tema.
- Organizar,
mantener y prestar el servicio técnico administrativo necesario a los
organismos de la jurisdicción diligenciando las actividades propias a la
Mesa General de Entradas, protocolización y despacho, bibliotecas técnicas
y archivos de documentación, sistemas de informática, control y registro
de redes y PC hardware y software, elaboración de mapas e índices de
telefonía y todo lo relacionado con los procedimientos y diligenciamientos
de los actos administrativos.
SUBSECRETARÍA DE
GOBIERNO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL REGISTRO DE
LAS PERSONAS
1. Proponer, elaborar y
coordinar los anteproyectos normativos o reglamentarios relativos al
funcionamiento ordenado del registro del estado civil, capacidad,
identificación, estadística demográfica y domicilio de las personas,
coordinando pautas y acciones con organismos tanto nacionales como
provinciales.
- Atender
las necesidades que hacen al debido registro de las personas realizando
las funciones del registro civil y de estadística, la descripción de los
hechos vitales promoviendo las acciones judiciales necesarias, realizar la
identificación personal, ordenar la modificación del contenido de los
asientos y, en general, coordinar y disponer las acciones indispensables a
la buena realización del cometido encomendado.
- Organizar
y mantener un registro de médicos, obstetras, traductores y demás
profesionales vinculados y partícipes con las actividades propias de la
repartición, supervisando la actuación de dichos profesionales y
coordinando pautas y acciones con otras áreas de gobierno dentro o fuera
de la jurisdicción.
- Presidir
el Organismo de Coordinación Permanente de los Registros Civiles de la
República Argentina, cuya titularidad ejerce por mandato de los demás
Registros Civiles del país.
- Ejercer
la superintendencia administrativa, funcional y jerárquica en el ámbito de
la estructura funcional del Registro, promover sus actividades y organizar
y publicar un Boletín Informativo.
- Organizar
y programar el digesto de normas de aplicación y promover la política de
relaciones públicas del sector, como asimismo, promover la enseñanza de la
dactiloscopia y la estadística.
- Organizar,
supervisar y coordinar la actividad administrativa y operativa en la tarea
de expedición de licencias de conductor en el ámbito territorial de la
Provincia, así como llevar el Registro Único de Antecedentes de
Infractores de Tránsito, a tenor de lo establecido por la normativa de
tránsito vigente.
SUBSECRETARÍA DE
ASUNTOS MUNICIPALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TIERRAS
- Intervenir
en los procedimientos de regularización y acceso a la titularidad dominial
en coordinación con otras autoridades de aplicación de las normas
respectivas y organismos especiales si los hubiere.
- Establecer
mecanismos y cursos de acción para lograr la regularización dominial y
urbana en el territorio provincial; así como desarrollar cursos de acción
con el fin de recuperar y reestructurar el fenómeno urbano y dominial de
los asentamientos, barrios carecientes y sectores marginados.
- Llevar
un Registro Provincial de Tierras para la regulación urbana, vivienda,
equipamiento social, y desarrollo urbano.
- Asesorar,
planificar, promover, realizar y convalidar proyectos particularizados en
materia de desarrollo urbano y efectuar el apoyo técnico, urbanístico, en
especial respecto de viviendas de programas sociales.
- Identificar,
registrar, evaluar y categorizar predios de origen público y/o privado que
fueren considerados aptos para la concreción de planes y programas de
desarrollo y mejoramiento de hábitat, determinando pautas para el
desarrollo urbano y la planificación territorial.
- Realizar
la gestión de compra y/o expropiación de tierras en coordinación con la
autoridad de aplicación en la materia con destino a un fin social.
- Elaborar
y diseñar los planes que contemplen el acceso a la vivienda familiar de
los segmentos sociales carecientes en todo el ámbito de la Provincia y
convenir con los Municipios la ejecución de dichos Programas, coordinando
con los organismos competentes e involucrados.
- Coordinar
la tarea de las regiones y Casas de Tierras.
- Diseñar
y ejecutar el Programa Familia Propietaria, así como diferentes programas.
- Será
la autoridad de aplicación de la Ley Nacional 24374 y del Decreto
Provincial 2815/96.
- Programar
y ejecutar urbanizaciones de Interés Social que posibiliten el acceso a la
propiedad de la tierra de sectores de escasos recursos.
- Promover
y participar en investigaciones, congresos y estudios vinculados con la
problemática de tierras, el acceso a las mismas, la regularización
dominial y el mejoramiento del hábitat.
- Coordinar
actividades e interactuar con Organismos no gubernamentales en orden a los
temas de su competencia.
ANEXO 4
ACCIONES DE LAS DIRECCIONES
MINISTERIO DE
GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN TÉCNICA ADMINISTRATIVA
1. Programar, coordinar
e implementar los actos administrativos necesarios a la atención del despacho
de la jurisdicción, elaborando y proponiendo los proyectos de decretos,
resoluciones, disposiciones, notas, convenios y otros inherentes a la gestión,
verificando el estricto cumplimiento de las normas legales de aplicación.
- Organizar,
implementar y controlar el debido registro y protocolización de los actos
administrativos que se dicten en el área, como así también, organizar y
fiscalizar las tareas de la Mesa General de Entradas, el Registro de
Actuaciones que ingresan y egresan de la jurisdicción y el movimiento
interno de las mismas y su archivo.
- Coordinar
y supervisar el funcionamiento de bibliotecas técnicas, archivo de
material bibliográfico y documentación, como asimismo, la organización de
índices y mapas telefónicos, carteleras e indicadores.
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS MUNICIPALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TIERRAS
DIRECCIÓN DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL
1. Establecer los
criterios sobre los aspectos técnicos necesarios a la regularización dominial,
según Ley Nacional 24374.
- Convenir
y concertar pautas y acciones comunes con organismos nacionales,
provinciales y municipales en los temas de su competencia.
- Coordinar
las tareas de las Regiones y Casas de Tierras.
- Atender
y administrar la implementación de las soluciones técnico-jurídicas, que
permitan resolver las solicitudes de regularización dominial, que revistan
carácter generalizado, coordinando acciones con entidades de bien público
y otros organismos.
- Evaluar,
resolver la procedencia y dictaminar, sobre los pedidos particulares de
regularización dominial.
- Programar,
proyectar e implementar las acciones tendientes a resolver las situaciones
de irregularidad jurídico-dominiales y ocupacionales de la tierra,
coordinando dichas acciones con otros organismos.
- Analizar,
evaluar y dictaminar en las solicitudes de interpretación o encuadre de
situaciones particulares, de acuerdo con la legislación, planes y
programas vigentes, en materia de regularización dominial.
- Programar,
gestionar y desarrollar las acciones necesarias para la aplicación de la
normativa nacional y provincial en la materia.
- Confeccionar
y mantener actualizado un registro de normas jurídicas vinculadas con la
materia, de orden nacional, provincial y municipal.
- Implementar,
mantener y actualizar registros de beneficiarios de las acciones
vinculadas a las distintas operatorias que se desarrollan.
- Programar
y ejecutar acciones de capacitación dirigidas a Municipios y
organizaciones no gubernamentales, para la difusión de normas y
procedimientos de la regularización dominial, y de las vinculadas a ellas,
coordinando acciones con los organismos provinciales competentes e
involucrados.
DIRECCIÓN DE
PROGRAMA FAMILIA PROPIETARIA
- Elaborar
y diseñar los planes que contemplen el acceso a la vivienda familiar de
los segmentos sociales carecientes en todo el ámbito de la Provincia,
coordinando acciones con otros organismos competentes e involucrados.
- Coordinar
la ejecución del Programa Familia Propietaria.
- Proponer
el método necesario para obtener las inversiones que requiera la ejecución
de dicho Programa en el marco previsto por la Ley 11376.
- Elaborar
un cronograma en el que consten las metas y objetivos contemplados para
los diversos proyectos y el plan familia propietaria y la concreta
explicitación de los medios propuestos para llevarlos a cabo con expresa
indicación circunstanciada del destino de las inversiones.
- Estudiar
y proponer los distintos componentes del Programa Familia Propietaria.
Analizar y proponer las alternativas para obtener las inversiones que requiera
la ejecución del Programa. Realizar estudios económicos financieros
relacionados con la aplicación del Programa y elaborar la proyección
correspondiente. Elaborar normas atinentes, para lograr el mejor
desarrollo y ejecución del Programa. Implementar los mecanismos necesarios
para efectuar los estudios técnicos en relación a la puesta en marcha del
Programa. Establecer pautas y criterios para la implementación de los
distintos ítem que componen el programa.
- Programar
las distintas tareas de campo, en coordinación con los organismos
municipales, provinciales y nacionales.
- Implementar,
mantener y actualizar registros de beneficiarios de los planes y programas
que se desarrollen.
- Propiciar
y gestionar la transferencia de tierras fiscales a favor de la Provincia o
Municipios. Mantener un registro de los bienes transferidos.
DIRECCIÓN DE
ANÁLISIS Y PLANIFICACIÓN DOMINIAL
- Relevar
y sistematizar la información sobre la localización de asentamientos
poblacionales en estado de precariedad e irregularidad dominial y urbana,
a fin de permitir su recuperación e integración.
- Proponer
y formular lineamientos y metodologías que permitan orientar el
ordenamiento del territorio. Programando acciones urbanísticas, encausando
la gestión de estudios y proyectos urbanos referidos al hábitat social,
coordinando con otros organismos competentes e involucrados.
- Crear,
mantener y actualizar un registro provincial de tierras aptas para el
establecimiento y radicación de familias de escasos recursos, evaluando su
estado dominial, aptitudes y potencialidades, coordinando con otros
organismos competentes e involucrados.
- Proponer
y desarrollar proyectos integrales de regularización urbana,
relocalización y localización de nuevas urbanizaciones de interés social,
de acuerdo con organismos gubernamentales y no gubernamentales.
- Estudiar
y dictaminar en las solicitudes de encuadre normativo de proyectos de
regularización urbana, de conjuntos habitacionales o asentamientos
poblacionales irregulares, de acuerdo con la legislación y proyectos
vigentes.
- Programar
y ejecutar acciones de capacitación dirigidas especialmente a Municipios y
Organizaciones no Gubernamentales.
SUBSECRETARÍA DE
GOBIERNO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL REGISTRO DE
LAS PERSONAS
DIRECCIÓN DEL REGISTRO ÚNICO DE
INFRACTORES DE TRÁNSITO
1. Organizar,
supervisar y coordinar la actividad administrativa y operativa en la tarea de
expedición de licencias de conductor en todo el ámbito de la Provincia de
Buenos Aires.
- Fiscalizar
el pago de las tasas que correspondan a la Provincia.
- Elaborar,
mantener, actualizar y administrar la base de datos provincial de
antecedentes de tránsito que permita operativizar el instituto de la
reincidencia.
- Archivar
electrónicamente las minutas de sentencias firmes emanadas de los Juzgados
de Faltas de los distintos Municipios de la Provincia, con el objeto de
validar toda la información contenida en la base de datos, manteniendo la
imagen del documento original.
- Poner
a disposición y brindar información a los distintos Juzgados de Faltas,
Direcciones de Tránsito de las Municipalidades y a los organismos
competentes, a través del diseño e implementación de sistemas de
comunicación necesarios.
- Fiscalizar
el cobro efectivo de los montos de las multas y administrar la base de
datos que resuma dicha información y ponerla a disposición de los
organismos a los que la Ley Provincial de Tránsito les otorga competencia.
ANEXO 5
RESPONSABILIDADES DE
LAS SUBDIRECCIONES
MINISTERIO DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN TÉCNICA ADMINISTRATIVA
SUBDIRECCIÓN
ADMINISTRATIVA
1. Administrar las
tareas correspondientes a los Departamentos: Despacho y Protocolización y Mesa
General de Entradas.
SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL REGISTRO DE
LAS PERSONAS
DIRECCIÓN DEL REGISTRO ÚNICO DE
INFRACTORES DE TRÁNSITO
SUBDIRECCIÓN REGISTRO DE ANTECEDENTES
DE TRÁNSITO
- Administrar
las tareas correspondientes a los Departamentos: Administrativo; y
Antecedentes de Tránsito.
ANEXO 6
TAREAS DE LOS DEPARTAMENTOS
MINISTERIO DE
GOBIERNO
GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN TÉCNICA ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO DESPACHO Y
PROTOCOLIZACIÓN
1.
Programar,
supervisar e instrumentar las actividades necesarias al buen funcionamiento del
despacho de actuaciones administrativas, giradas o iniciadas en la Unidad
Ministro y prestar asistencia y asesoramiento a las distintas dependencias de
la Jurisdicción.
2.
Atender
la recepción, distribución y gestión de los proyectos y actos administrativos,
como asimismo, verificar la correcta aplicación de las normas y
reglamentaciones vigentes en la elaboración de los mismos y efectuar su
prestación para la firma de las autoridades.
3.
Supervisar
y ejecutar los actos de protocolización, archivo, aplicación y control de
resoluciones, decretos, leyes, mensajes y las publicaciones en el Boletín Oficial.
4.
Implementar
las acciones necesarias a fin de mantener y actualizar los registros y ficheros
de control de la gestión administrativa del sector y atender las consultas de
otros organismos y reparticiones, como así también, asistir a las áreas de apoyo
administrativo de las Subsecretarías y Direcciones Provinciales de la
Jurisdicción coordinando y concertando pautas y criterios comunes.
5.
Verificar
y controlar el cumplimiento de las pautas formales determinadas para la
confección y el trámite a todas las actuaciones a dar salida.
DEPARTAMENTO MESA
GENERAL DE ENTRADAS
- Organizar,
supervisar y atender la recepción y entrada de todas las actuaciones
giradas a la Jurisdicción, como así también, su salida.
- Programar,
implementar y mantener un registro actualizado de las actuaciones entradas
y su movimiento interno, suministrando la información que requieran sobre
el destino dado a las mismas, tanto las dependencias y reparticiones del
área como los organismos externos.
- Caratular
los expedientes necesarios al trámite de los actos administrativos que se
inicien en la Jurisdicción, llevando un registro numérico y temático de
los mismos, y confeccionar los sistemas de fichado y movimientos
requeridos para un buen orden de dichas actuaciones.
- Aplicar
y controlar el cumplimiento de las normativas y reglamentaciones dictadas
por el sector.
- Atender
el archivo de actuaciones concluidas llevando un registro pormenorizado de
las mismas.
- Organizar,
mantener e implementar el servicio de gestoría y correos para todas las
dependencias de la Jurisdicción, realizar las actividades necesarias a fin
de verificar la entrega en tiempo y forma de expedientes, actuaciones y
sobre, en los lugares de destinos determinados.
- Implementar
y mantener un registro actualizado de todo el movimiento de actuaciones
producidas en el sector, administrando la información que cada dependencia
requiera sobre las gestiones realizadas.
- Recibir
la devolución de las actuaciones giradas por defectos en su transmisión,
remitiéndolas a su dependencia de origen.
- Atender
el trámite de proyectos de decretos originado en la jurisdicción, como así
también, efectuar el seguimiento de los mismos hasta su conclusión.
SUBSECRETARÍA DE
ASUNTOS MUNICIPALES
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TIERRAS
DIRECCIÓN DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL
DEPARTAMENTO RELEVAMIENTO Y ANÁLISIS
- Estudiar
y promover soluciones técnico-jurídicas, a las solicitudes de
regularización dominial que revistan el carácter generalizado.
- Efectuar
el seguimiento de los programas en ejecución coordinando acciones con organismos
nacionales, provinciales y municipales.
- Relevar
las situaciones dominiales y ocupacionales de bienes, a fin de
confeccionar y mantener actualizado un registro permanente.
- Elaborar
los anteproyectos de actos administrativos correspondientes, tendientes a
implantar los procesos de regularización dominial.
- Asesorar
a las Organizaciones Sociales y/o Municipios, acerca de las distintas
alternativas posibles para propiciar la regularización dominial de predios
ocupados.
- Estudiar
los antecedentes dominiales y catastrales de bienes donde se desarrollan
tareas de regularización dominial.
- Gestionar
las tasaciones de bienes objeto de la regularización dominial ante los
organismos pertinentes.
- Gestionar
los certificados de dominio de anotaciones personales ante la Dirección
Provincial del Registro de la Propiedad.
- Realizar,
en concordancia con los distintos organismos intervinientes, las acciones
tendientes a la concreción de la expropiación de bienes con destino a sus
actuales ocupantes, que emanan del Poder Legislativo y efectuar el
seguimiento de las mismas.
DEPARTAMENTO SOCIAL
- Propiciar
la unificación de criterios de intervención con los distintos organismos
provinciales, para lograr una acción coordinada complementaria y
eficiente, tomando como eje articulador la problemática social de la
población afectada.
- Afianzar
los procesos de reorganización de los barrios, fortaleciendo las
organizaciones sociales existentes y promoviéndolas donde no existan, a
través de las tareas que permitan un buen grado de representatividad y
legitimidad de las mismas, coordinando con otros organismos competentes e
involucrados.
- Ejecutar
los relevamientos necesarios, tendientes a detectar el déficit
habitacional en la Provincia, y en particular en los distritos
considerados en estado de emergencia habitacional, a fin de confeccionar
registros de tal situación, permanentes y actualizados, en coordinación
con los organismos competentes e involucrados en el tema.
- Recibir
y analizar para su posterior tratamiento, las solicitudes de regularización
dominial.
- Establecer
las condiciones y requisitos que deberán reunir los beneficiarios de los
programas que se ejecuten, cuando las mismas no hayan sido establecidas
con anterioridad.
- Ejecutar
y evaluar los relevamientos sociales, a fin de determinar la población
beneficiaria de los distintos programas.
- Confeccionar
los listados de adjudicatarios correspondientes a cada programa.
- Proponer
las adjudicaciones de lotes de terreno generados por los programas
implementados y sus desadjudicaciones, cuando existen razones para ello.
- Efectuar
los relevamientos de datos personales de los beneficiarios, a los efectos
de proceder a las adjudicaciones.
- Elaborar
y proponer los instrumentos de pago de los bienes adjudicados.
DEPARTAMENTO TÉCNICO
- Efectuar
relevamientos planialtimétricos y de hechos existentes necesarios a los
fines de la regularización dominial.
- Elaborar
y ejecutar los proyectos de reordenamiento urbano en villas y
asentamientos existentes, coordinando acciones con otros organismos
competentes e involucrados.
- Gestionar
ante los organismos correspondientes la factibilidad hidráulica y
urbanística de los distintos barrios involucrados en los procesos de
regularización dominial.
- Confeccionar
los planos de mensura y subdivisión, y gestionar las planillas de revalúos
inmobiliarios y porcentuales correspondientes.
- Coordinar
con el área competente la fijación de pautas de carácter general para la
aprobación de los planos de mensura y subdivisión a los fines de
regularización dominial.
- Coordinar
la fiscalización con el organismo competente en la materia, en forma
conjunta con los Municipios, la propaganda sobre venta de tierras
provenientes de subdivisiones o mensura, loteos y fraccionamientos.
- Coordinar
acciones con el organismo competente sobre la aprobación de los planos de
mensura y/o subdivisión de la tierra, en ejercicio de la fiscalización de
los procesos de alteración del estado parcelario, verificando el
cumplimiento de la normativa vigente, a los fines de la regularización
dominial.
- Realizar
inspecciones a los efectos de verificar el cumplimiento de las obras de
infraestructura de servicios básicos, exigibles en los planos de mensura y
subdivisión, juntamente con el organismo competente.
- Estudiar
y analizar soluciones técnicas alternativas para los casos de emergencia
habitacional extrema, coordinando para ello la provisión de materias y/o
módulos de emergencia habitacional, como así también su puesta en terreno.
- Intervenir,
en coordinación con los organismos provinciales pertinentes, en los proyectos
de dotación de infraestructura básica y equipamiento urbano, necesario
para el saneamiento de los barrios involucrados en los procesos de
regularización dominial.
DIRECCIÓN DE
PROGRAMA FAMILIA PROPIETARIA
DEPARTAMENTO ESTUDIOS TÉCNICOS
1. Recibir, analizar y
diagnosticar aquellos antecedentes recibidos a fin de formalizar la compra a
favor de Municipios y/o entidades intermedias para la implementación del
Programa Familia Propietaria.
- Gestionar
ante los Organismos correspondientes la obtención de la factibilidad
hidráulica y urbanística de los predios propuestos.
- Realizar
los estudios de títulos.
- Analizar
el precio de cada fracción a fin de obtener subsidios.
- Elaborar
el Boleto de Compraventa a ser suscripto entre el Vendedor y el Municipio
y/o entidad intermedia.
- Coordinar
con la Escribanía General de Gobierno la confección de la Escritura
Traslativa del Dominio a favor del Municipio y/o Entidad Intermedia.
DEPARTAMENTO
AGRIMENSURA
- Confeccionar
los planos de mensura y subdivisiones a través de personal técnico de la
Dirección y/o el personal de la Dirección Provincial de Catastro.
-
Gestionar
las planillas de revalúo inmobiliario y porcentuales correspondientes.
-
Asesorar
a los Municipios y/o entidades intermedias sobre proyectos de
subdivisiones.
-
Coordinar
con los Organismos Provinciales en las tareas de subdivisión de fracciones
para el cumplimiento de este Programa.
DEPARTAMENTO SOCIAL
- Coordinar
con los Municipios, realizar y mantener actualizado el censo de
necesidades de familias que no cuentan con un lote de terreno donde
construir vivienda única y permanente.
-
Brindar
apoyo a través de personal de la Dirección y concurrir a aquellos
Municipios que así lo requieran, para realizar el censo de necesidades.
-
Realizar
tareas de asesoramiento en el Área Social con personal de la Dirección,
para la implementación del Programa, en aquellos Distritos que lo
soliciten.
-
Evaluar
y analizar las necesidades planteadas por las familias a los efectos de la
asignación del puntaje, de acuerdo a las pautas de la Resolución 005/95.
-
Solicitar
a los Municipios y/o entidades intermedias la Nómina de preadjudicatarios
de acuerdo a la cantidad de lotes que surgen de cada subdivisión de las
parcelas al Programa.
-
Remitir
la nómina de preadjudicatarios a la Dirección Provincial del Registro de
la Propiedad a fin de verificar la situación de los mismos.
-
Informar
a los Municipios y/o entidades intermedias el resultado de la información
suministrada por la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad.
-
Coordinar
con los Municipios y/o Entidades Intermedias la regularización en aquellos
casos en que corresponda, de lo informado por la Dirección Provincial del
Registro de la Propiedad.
-
Solicitar
a los Municipios el dictado de la Ordenanza respectiva de la adjudicación
con el lote que le ha correspondido según sorteo.
-
Asesorar
a los Municipios y/o Entidades Intermedias en la confección del Boleto de
Compraventa a suscribirse entre el Municipio y/o entidades intermedias y
cada adjudicatario.
-
Coordinar
con los Municipios y/o Entidades Intermedias la fecha de Firma de los
Boletos y la entrega por parte de esta Dirección de los Certificados
emitidos por la misma a favor de cada adjudicatario.
-
Solicitar
a cada Municipio y/o entidad intermedia y verificar los datos completos de
los adjudicatarios para proceder a confeccionar las escrituras.
-
Elevar
todos los antecedentes: Escrituras originales, plano de subdivisión y
datos personales de los adjudicatarios, a la Escribanía General de
Gobierno y/o Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires.
-
Coordinar
la relación entre la Escribanía General de Gobierno y/o el Colegio de
Escribanos de la Provincia y el Municipio y/o entidades intermedias, a fin
de instrumentar las firmas de las escrituras a favor de los adjudicatarios
de los lotes afectados al Programa.
-
Recopilar
antecedentes dominiales de las tierras que los Municipios desean adquirir
con subsidio de esta Dirección.
-
Solicitar
dominio y anotaciones personales de aquellas parcelas y sus propietarios,
a fin de otorgar el subsidio para su compra.
-
Tramitar
el informe de la valuación fiscal y de la deuda al Fisco de la Provincia
de aquellos predios que se intente afectar al Programa.
-
Consultar
a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad sobre la situación
ante el mismo, de los oferentes.
SUBSECRETARÍA DE
GOBIERNO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL REGISTRO DE
LAS PERSONAS
DIRECCIÓN DEL REGISTRO ÚNICO DE
INFRACTORES DE TRÁNSITO
SUBDIRECCIÓN REGISTRO ANTECEDENTES DE
TRÁNSITO
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
- Atender
el registro de entradas, salidas, trámites y movimiento interno y archivo
de las actuaciones giradas o iniciadas en la dependencia.
-
Controlar
y verificar el debido cumplimiento de la normativa vigente, tanto en los
aspectos formales como sustanciales, para el trámite de las actuaciones que
se gestionan en el área.
-
Organizar,
implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo y brindar la
información que se le sea requerida.
-
Sustanciar
los actos administrativos necesarios al control de gestión, cumplimiento
de plazos y observaciones sobre la debida aplicación de las normas.
-
Supervisar,
diligenciar viáticos, movilidades, gastos, tasas y servicios públicos y
llevar el registro de los bienes patrimoniales de la Dirección.
DEPARTAMENTO
ANTECEDENTES DE TRÁNSITO
- Supervisar
la actividad administrativa de expedición de licencias de conductor en
todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. Fiscalizar el pago de
tasas que correspondan a la Provincia.
-
Crear
y administrar una base de datos provincial de antecedentes de tránsito que
permita hacer funcionar el instituto de reincidencia.
-
Archivar
electrónicamente todas las minutas de sentencias firmes e implantar los
medios tecnológicos y vínculos de comunicación necesarios para que la
información contenida en la base de datos pueda ser accedida por los
Juzgados de Faltas y por las Direcciones de Tránsito Municipales y
organismos que cumplan con esta actividad.
-
Fiscalizar
el cobro efectivo de los montos de multas que se establezcan en las
sentencias firmes que dicten los Jueces de Faltas y su distribución en las
distintas cuentas establecidas en el Código de Tránsito.