DECRETO 517/17 E
LA PLATA 27 de septiembre de 2017.-
Referencia: Decreto aceptación renuncia Dra. ALMEIDA - Expte. 31045/17
VISTO el expediente N° 31045/17 mediante el cual la doctora María Edith ALMEIDA, eleva su renuncia al cargo de Juez del Juzgado de Familia Nº 9 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, y
CONSIDERANDO:
Que la doctora María Edith ALMEIDA fue designada Juez en el Tribunal Colegiado de Instancia Única del Fuero de Familia N° 2 del Departamento Judicial Lomas de Zamora (Ley Nº 11453), mediante Decreto Nº 1481 del 28 de mayo de 1996;
Que conforme lo dispuesto por la Ley N° 13634 y mediante el Decreto N° 1651/08, los entonces magistrados de los Tribunales Colegiados de Instancia Única del Fuero de Familia fueron designados en carácter de Jueces de Familia;
Que asimismo, en el marco de lo establecido por Resolución N° 558/13 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, la doctora ALMEIDA fue asignada como Juez del Juzgado de Familia N° 9 del Departamento Judicial Lomas de Zamora;
Que a fojas 1 del expediente citado en el exordio, la nombrada magistrada ha presentado la renuncia a dicho cargo con fines jubilatorios solicitando le sea aceptada a partir del 1 de agosto de 2017;
Que a fojas 3 se expide la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires informando que no obran en esa Secretaría actuaciones en el marco de la Ley 13661 y sus modificatorias, relacionadas con la doctora ALMEIDA;
Que a fojas 5 ha tomado intervención la Dirección de Asesoramiento Técnico a la Presidencia en relación a los Organismos de la Constitución de la Suprema Corte de Justicia señalando que no surgen actuaciones en trámite respecto de la mencionada magistrada;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Aceptar a partir del 1 de agosto de 2017, la renuncia presentada por la doctora María Edith ALMEIDA (D.N.I. Nº 11.205.807 – CLASE 1953) al cargo de Juez del Juzgado de Familia Nº 9 del Departamento Judicial Lomas de Zamora.
ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, notificar, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Gustavo Alberto Ferrari Federico Salvai
Ministro de Justicia Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros
María Eugenia Vidal
Gobernadora