Fundamentos de la
Ley 10788
El
presente proyecto de ley tiene por objeto subsanar un errar de carácter formal
que se deslizó en el texto original de
El artículo séptimo de la norma, vetado por el Poder Ejecutivo, atribuía el carácter de organismo de aplicación al “Instituto de Ordenamiento Urbano y Vivienda”, ente inexistente al tiempo de su promulgación.
La
modificación que se propone a este Honorable Cuerpo consiste en el reemplazo
del mencionado organismo por
Las
no poco frecuentes variaciones en el organigrama del Poder Administrador como
así también la premura con que fue sancionada
Por lo expuesto solicitamos a Vuestra Honorabilidad la acogida favorable de la presente iniciativa.