LEY 4896
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Acuérdase en calidad de subsidio y por una sola vez, a la Sociedad Popular de Educación Antonio Mentruyt de Lomas de Zamora, la suma de cinco mil pesos moneda nacional ($ 5.000m/n) para la adquisición de una máquina cinematográfica para proyecciones y equipo de alto parlantes.
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande la presente ley se tomará de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.