FUNDAMENTOS DE LA LEY 14501

Se somete a consideración el proyecto de ley que se fundamenta en la necesidad de proceder a la prórroga de la Ley 13.776, mediante por la cual se declararon de utilidad pública y sujetos a expropiación las maquinarias, instalaciones, vehículos, muebles, herramientas, útiles, enseres, productos y mercaderías pertenecientes a la empresa Electrozyk S.A., ubicada en la localidad de Villa Granaderos Gral. San Martín, del partido de San Martín.

La citada norma legal ha determinado que los inmuebles, maquinarias e instalaciones objeto de expropiación, sean adjudicados en propiedad y a título oneroso a la Cooperativa de Trabajo Electrounión Limitada.

A modo de antecedente corresponde señalar que la Ley 13.076 fue sancionada definitivamente el día 21 de noviembre de 2.007, y promulgada por el Poder Ejecutivo el 17 de diciembre de 2.007 y publicada el 24 de diciembre de ese mismo año (B.O. № 25.807) Cabe destacar el esfuerzo y la labor que viene desarrollando la Cooperativa de Trabajo Electrounión Limitada, en forma ininterrumpida desde el año 2.004 a la fecha

Atento el vencimiento del plazo que establecido el artículo 7 en la Ley 13.776, de cinco

(5) años para llevar a cabo la expropiación y manteniéndose en la actualidad el mismo interés social que oportunamente fundamentó la sanción de la referida norma, resulta procedente la extensión del término señalado en dos años para que pueda concluirse la expropiación y evitar que la misma pueda considerarse abandonada, según lo establecido por el artículo 47 de la Ley General de Expropiaciones 5.708 y sus modificatorias.

En concordancia con el espíritu de la Ley 13.776 y atendiendo el requerimiento de los trabajadores nucleados en la aludida cooperativa de trabajo, que cuenta con el aval expreso de la municipalidad de San Martín, dado la implicancia del mantenimiento de la fuente laboral, corresponde desde este ámbito provincial, brindar la herramienta legal que permita la ampliación del plazo de vigencia de la mencionada ley de expropiación.

A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicito acompañen las Senadoras y los Senadores el presente proyecto de ley.