LEY 14849
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1°.- Suspéndese por el término de noventa (90) días corridos a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, todas las acciones judiciales, trámites, y/o diligencias que tengan por objetivo ordenar y/o ejecutar al desalojo de los miembros de la Cooperativa de Trabajo Néstor Kirchner Limitada, ocupantes del inmueble sito en la calle Maipú N° 676, de la localidad de Bernal, partido de Quilmes, designado catastralmente como Circunscripción II, Sección K, Manzana 37, Parcela 4ta. Inscripto en la Matrícula N° 96423/24/25/26, Partidas 16006/35776 y 16026, ordenadas en los autos “Lisia S.A. s/ Oficio” Expediente 11.283 en trámite por ante el Juzgado Civil y Comercial N° 9 del Departamento Judicial de Quilmes.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los catorce días del mes de septiembre de dos mil dieciséis.