DEROGADO POR DECRETO 602/10
DECRETO 2681/04
VISTO: Que por expediente Nº 21.100-17.313/04
el Ministerio de Seguridad de
CONSIDERANDO:
Que por Decreto 712/04 se aprobó
la desagregación mínima del Ministerio de Seguridad, en concordancia con las
competencias fijadas en
Que el Art. 5° del Decreto nº
712/04 faculta a constituir
Que el responsable de
Que es conveniente proceder a la
aprobación de la propuesta de configuración definitiva y estructura
organizativa de
Que ha tomado intervención
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase en el ámbito del Ministerio de Seguridad,
la estructura organizativa de
ARTÍCULO 2°.- Determínanse para la
estructura organizativa aprobada en el artículo primero, los siguientes cargos:
Responsable de
ARTÍCULO 3°.- Exceptúase del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto 18/91, en cuanto a la presentación de los Anexos correspondientes, los cuales quedarán conformados de la siguiente manera: ANEXO 1 Organigramas - ; ANEXO 2 -OBJETIVOS, METAS, ACCIONES y TAREAS - de cada una de las dependencias, según corresponda.
ARTÍCULO 4.- Limítanse las designaciones del personal cuyas funciones no se correspondan con las Unidades Orgánicas que se aprueban por el presente debiendo formalizarse mediante el dictado de los actos administrativos correspondientes.
ARTÍCULO 5.- El Ministerio de Seguridad propondrá al Ministerio de
Economía las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento al
presente acto administrativo, las que deberán ajustarse a las previsiones del
ejercicio presupuestario vigente.
ARTÍCULO 6.- Derógase toda norma que se oponga al presente.
ARTÍCULO 7..- El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Seguridad y Economía.
ARTÍCULO 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.
ANEXO 1
MINISTERIO DE SEGURIDAD
UNIDAD DE CONTROL DE GESTION
RESPONSABILIDADES ESPECIFICAS
1. Asistir y asesorar al señor Ministro en la implementación del sistema de auditoría y control de gestión, a fin de facilitar el control y la evaluación de la implementación de la política y funcionamiento de áreas administrativas específicas que contribuyan a posibles aumentos de ingresos y/o reducción de costos.
2. Diseñar y proponer el Plan Anual de Auditoría y Control de Gestión, ponderando los proyectos y evaluando los posibles riesgos.
3. Proponer la conformación de
equipos interdisciplinarios para la implementación de las distintas auditorías
y control de gestión contable, económica, financiera, patrimonial, legal,
operativa, productos, procesos, resultados y servicios
administrativos-contables.
4. Coordinar la ejecución de las distintas auditorias y verificar la aplicación
de normas y procedimientos.
5. Elaborar informes formulando las observaciones y recomendaciones
pertinentes.
6. Proponer al Sr. Ministro las medidas que sean necesarias, en caso de inobservamcia de las recomendaciones y observaciones
recibidas por el Directos General de Control de Gestión.
7. Coordinar con
8. Entender en las relaciones entre el Ministro de Seguridad y el Honorable
Tribunal de Cuentas de
9. Velar por el cuidado y conservación de los bienes patrimoniales a su cargo.
MINISTERIO DE SEGURIDAD
UNIDAD DE CONTROL DE GESTION
DIRECCION GENERAL DE CONTROL DE GESTION
METAS
1. Planificar y dirigir las
auditorías sobre los programas, proyectos y operaciones de las distintas áreas
comprendidas en el Ministerio de Seguridad, con el propósito de evaluar el
grado de concreción de sus objetivos y metas, la eficiencia y eficacia con que
obtienen y aplican sus recursos y el cumplimiento de las disposiciones legales
y reglamentarias.
2. Coordinar y supervisar tareas de auditoría relativas a la gestión
económico-financiera, jurídica y operativa y demás actividades que deban
cumplir las áreas bajo su dependencia.
3. Verificar la aplicación y el cumplimiento de las normas de auditoría,
procedimiento y control interno en todas las dependencias del Ministerio de
Seguridad.
4. Supervisar el cumplimiento de
5. Producir informes trimestrales
de avances del Plan Anual de Auditoría y Control de Gestión y un informe anual
sobre la labor desarrollada, poniéndolas en ambos casos en conocimiento de
6. Poner en conocimiento de
7. Efectuar el seguimiento y verificar que se realicen las correcciones
dispuestas en virtud de las recomendaciones y observaciones realizadas y
proponer al Responsable de
8. Elaborar Informes sobre actos y conductas que impliquen irregularidades,
formulando las observaciones y recomendaciones pertinentes.
9. Velar por el cuidado y conservación de los bienes patrimoniales a su cargo.
ANEXO 2
MINISTERIO DE SEGURIDAD
UNIDAD DE CONTROL DE GESTION
DIRECCION GENERAL DE CONTROL DE GESTION
DIRECCIÓN DE CONTROL DE GESTION LEGAL
ACCIONES
1. Controlar el cumplimiento de las normas y procedimientos administrativos dictados por autoridad competente en sus aspectos legales y formales.
2. Revisar y evaluar la aplicación de los controles de legalidad.
3. Elaborar dictámenes sobre actos y conductas que impliquen irregularidades.
4. Intervenir en el dictado de normas de carácter administrativo, siempre que las mismas puedan afectar el control interno.
5. Informar sobre la normativa aplicable al personal policial en cuestiones que sean solicitadas a su consulta.
6. Proponer la elaboración de normas y procedimientos administrativos, tendientes al mejoramiento de la gestión administrativa y su plan de acción anual.
7. Elevar los informes de asesoramiento al Auditor General.
8. Velar por el cuidado y conservación de los bienes patrimoniales a su cargo.
MINISTERIO DE SEGURIDAD
UNIDAD DE CONTROL DE GESTION
DIRECCION GENERAL DE CONTROL DE GESTION
AUDITORÍA DE CONTROL ECONOMICO-FINANCIERO
ACCIONES
1. Programar, ejecutar y
supervisar las acciones necesarias para evaluar la gestión económico
financiera de las distintas áreas dependientes del Ministerio de Seguridad.
2. Realizar el control sobre los ingresos, gastos, inversiones y pasivos de las
áreas sujetas a control.
3. Examinar los estados contables y financieros del Ministerio.
4. Analizar datos de ejecución económico y financieros.
5. Elaborar informes de gestión económico financiera.
6. Proponer el Plan de Acción
Anual de
7. Elaborar la planificación específica de las auditorías y exámenes previstos
en
8. Elevar los informes de asesoramiento al Auditor General.
9. Velar por el cuidado y conservación de los bienes patrimoniales a su cargo.
MINISTERIO DE SEGURIDAD
UNIDAD DE CONTROL DE GESTION
DIRECCION GENERAL DE CONTROL DE GESTION
DIRECCIÓN DE CONTROL DE GESTION OPERATIVA
ACCIONES
1. Elevar a
2. Proponer el Plan de Acción
Anual de
3. Elaborar la planificación específica de las auditorías y exámenes especiales a practicar según el plan de auditoría aprobado.
4. Proponer la elaboración de normas y procedimientos tendientes al mejoramiento de la gestión operativa.
5. Elevar los informes de
asesoramiento al Director General de Control de Gestión.
6. Velar por el cuidado y conservación de los bienes patrimoniales a su cargo.
MINISTERIO DE SEGURIDAD
UNIDAD DE CONTROL DE GESTION
DIRECCION GENERAL DE CONTROL DE GESTION
DEPARTAMENTO COORDINACION DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS
TAREAS
1. Organizar, supervisar y
registrar la recepción, entrada y salida de todas las actuaciones giradas a
2. Aplicar y controlar el cumplimiento de las normativas y reglamentaciones dictadas para el sector.
3. Programar, supervisar e
instrumentar las actividades necesarias al buen funcionamiento del despacho de
actuaciones administrativas, giradas o iniciadas en
4. Asistir, mediante la realización de tareas administrativas, al Responsable
de
5. Elevar informes al señor
titular de
MINISTERIO DE SEGURIDAD
UNIDAD DE CONTROL DE GESTION
DIRECCION GENERAL DE CONTROL DE GESTION
INSPECTOR DE CONTROL DE GESTION
ACCIONES
1. Ejecutar las acciones que conformen el sistema de inspección y control de gestión de las áreas administrativas.
2. Efectuar, por disposición del Sr. Director General de Control de Gestión la realización de visitas de inspección de carácter sorpresivo.
3. Proponer la conformación de equipos interdisciplinarios para la implementación de las distintas inspecciones.
4. Elevar, para su consideración,
los informes emergentes de las inspecciones efectuadas.
5. Efectuar el seguimiento y verificación de las correcciones dispuestas en
virtud de las órdenes, recomendaciones y observaciones realizadas y proponer,
en caso de inobservancia, las medidas que estime necesarias.