DEPARTAMENTO DE ASUNTOS AGRARIOS Y PRODUCCION
DECRETO 834

La Plata, 5 de mayo de 2008.

VISTO el expediente Nº 21600-4675/2005, por intermedio del cual la Municipalidad de Bahía Blanca solicita la aprobación de la Etapa de Ampliación de su proyecto de Desarrollo Urbanístico Interno del PARQUE INDUSTRIAL BAHIA BLANCA, y

CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1623/1973 el PARQUE INDUSTRIAL BAHIA BLANCA fue reconocido y aprobado como parque industrial existente, y caracterizado como “De Desarrollo”;
Que por Ley N° 8996, la Provincia transfirió a la Municipalidad de Bahía Blanca los inmuebles fiscales correspondientes al Parque mencionado, con el compromiso de continuar ésta con las obras de ejecución y de acuerdo al plan previsto para el Parque Industrial Bahía Blanca;
Que en la actualidad el Municipio de Bahía Blanca ha desarrollado el proyecto urbanístico interno de la ampliación de acuerdo a lo solicitado por el Decreto – Ley 10.119/1983 y Decreto N° 3487/1991;
Que los antecedentes agregados al expediente se corresponden con lo exigido en la legislación vigente, y en consecuencia la Autoridad de Aplicación se manifestó favorablemente a la viabilidad del proyecto, tal como consta a fojas 156/157;
Que según plano de mensura y subdivisión de características 7-0002-04, aprobado el 13 de enero de 2004, se individualiza como perteneciente al emprendimiento a los terrenos que corresponden a la siguiente nomenclatura catastral: Partido de Bahía Blanca, Circunscripción II, - Sección D – Chacra 385a - Fracción VIII: Parcelas 1 a 41 inclusive – Fracción IX: Parcelas 1 a 15 inclusive – Fracción X – Fracción XI: Parcelas 1 a 15 inclusive – Fracción XII: 1 a 15 inclusive – Fracción XIII: 1 a 14 inclusive;
Que de conformidad con lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno a foja 311, lo informado por Contaduría General de la Provincia a foja 312, y la vista de Fiscalía de Estado a foja 313, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto – Ley N° 10.119/1983 y Decreto N° 3487/91;
Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTICULO 1º. Aprobar el DESARROLLO URBANISTICO INTERNO de la Etapa de Ampliación del PARQUE INDUSTRIAL BAHIA BLANCA, oportunamente creado por Decreto N° 1623/1973.

ARTICULO 2º. A los fines de su individualización y aplicación de leyes provinciales de promoción se determinan como pertenecientes al citado agrupamiento industrial a los terrenos designados catastralmente como: Partido de Bahía Blanca - Circunscripción II - Sección D – Fracción VIII: Parcelas 1 a 41 inclusive – Fracción IX: Parcelas 1 a 15 inclusive – Fracción X – Fracción XI: Parcelas 1 a 15 inclusive – Fracción XII: 1 a 15 inclusive – Fracción XIII: 1 a 14 inclusive, de acuerdo al plano de mensura y subdivisión de característica 7-0002-04, aprobado el 13 de enero de 2004.
ARTICULO 3º. El presente decreto será refrendado por la Ministra Secretaria en el Departamento de Asuntos Agrarios y Producción.
ARTICULO 4º. Registrar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar al Ministerio de Asuntos Agrarios y Producción. Cumplido, archivar.

Débora Giorgi                                        Daniel Osvaldo Scioli
Ministra de Asuntos Agrarios              Gobernador
y Producción