DECRETO 1673/08

 

La Plata, 26 de agosto de 2008.

 

VISTO el  expediente Nº 4061-84007/06, mediante el cual la Municipalidad de La Plata modifica el Código de Planeamiento vigente en el partido, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Municipio citado propicia la modificación de los artículos 102 inciso a), 108, 122, 125, 210, 238 inciso a), 243 inciso a), 244 incisos b) y d), 249 inciso d), 262 inciso d), 267 inciso b), 363 y 375 de la Ordenanza Nº 9231/00, mediante la Ordenanza Nº 9878/04 y su Decreto de Promulgación de fecha 17 de enero de 2005, obrantes a fojas 67 a 72;

 

Que por los artículos 15 y 16 se desafecta de la Zona de Esparcimiento EZE el sector comprendido entre las calles 122, 52, vías del Ferrocarril, 41 y diagonal 115 que se afecta a la Zona Corredor de Servicio UC6;

 

Que por los artículos 17 y 18 se desafecta de la  Zona de Esparcimiento EZE el sector comprendido entre las calles 460, 135, 467 y 138 y se afecta la Zona de Reserva Urbana CRU;

 

Que por los artículos 19 y 20 se desafecta del rol de Conectora Secundaria a la calle 515 en el tramo comprendido por las calles 133 y 137 y se afecta con el rol de Conectora Secundaria a la calle 514 en el tramo comprendido por las calles 133 y 139 y a la calle 139 en el tramo comprendido por las calles 512 y 515;

 

Que por los artículos 21 y 22 se desafecta del rol de Conectora Principal proyectada a la calle 26 en el tramo comprendido por las calles 501 y 485 y en el tramo comprendido por las calles 476 y 426 y se afecta con el rol de Conectora Principal proyectada a calle 25 en el tramo comprendido por las calles 501 y 485 y a la calle 24 en el tramo comprendido por las calles 476 y 426;

 

Que por el artículo 23 se modifica el artículo 3º de la Ordenanza Nº 9231/00, inciso 3a, plano zonificación general 01: General, Bosque y Country Estudiantes, 3b, plano zonas especiales 02: Bosque y Country Estudiantes, 3d, plano Nº 4: Estructura Vial, 3f, plano detalles 11: Country Estudiantes y 3f, planos detalles 13: Bosque;

 

Que se excluye de la aprobación que se propicia el artículo 2º de la Ordenanza Nº 9878/04, modificatoria del artículo 108 de la Ordenanza Nº 9231/00 por no ajustarse a lo establecido por el Decreto-Ley 8912/77 (T.O. por Decreto Nº 3389/87) y modificatorios, y los artículos 3º, 4º y 14 de la Ordenanza citada por ser estricta competencia municipal;

 

Que los organismos técnicos competentes se han expedido favorablemente bajo su exclusiva responsabilidad a fojas 56 a 59, 61, 122 y vta. y 126;

 

Que a fojas 64 y vta. y 123 ha dictaminado la Asesoría General de Gobierno;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 83 del Decreto-Ley 8912/77 (T.O. por Decreto Nº 3389/87) y modificatorios;

 

Por ello;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la propuesta presentada por la Municipalidad de La Plata, por la que se modifica el Código de Planeamiento vigente en el partido, conforme la Ordenanza Nº 9878/04 y su Decreto de Promulgación de fecha 17 de enero de 2005, que forman parte integrante de este Decreto como Anexo Único compuesto de 6 fojas, bajo la exclusiva responsabilidad de los organismos técnicos intervinientes.

 

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto excluye de su aprobación 2º de la Ordenanza Nº 9878/04 por no ajustarse a lo establecido por el Decreto-Ley 8912/77 (T.O. por Decreto Nº 3389/87) y modificatorios, y los artículos 3º, 4º y 14 de la Ordenanza citada por ser estricta competencia municipal.

 

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete y Gobierno.

 

ARTÍCULO 4º.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar al Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno. Cumplido, archivar.

 

NOTA: El Anexo puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.