LEY 14860

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,  SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1°.- Declárase personalidad destacada de la cultura (post-mortem) al Arquitecto e Ingeniero Francisco Salamone.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.